Ministerio de Industria y Turismo. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Escala de Titulados Superiores de Organismos Autónomos del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo. (BOE-A-2024-26634)
Resolución de 9 de diciembre de 2024, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para el ingreso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, en la Escala de Titulados Superiores de Organismos Autónomos del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo, especialidad de Metrología, y se encomienda la gestión material de las pruebas selectivas al Centro Español de Metrología, O.A., M.P.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 20 de diciembre de 2024
Sec. II.B. Pág. 175176
4.6 La autoridad convocante podrá acordar, previa audiencia de la Dirección del
CEM, que una vez finalizado el curso selectivo, los funcionarios en prácticas realicen un
período de prácticas en el CEM hasta su nombramiento como funcionarios de carrera.
5.
Programas
El programa que han de regir el proceso selectivo es el que figura como anexo II a
esta convocatoria.
6.
Requisitos de los candidatos
6.1 Requisitos generales: Todos los aspirantes deberán reunir el día de finalización
del plazo de presentación de solicitudes todos los requisitos exigidos en la base décima
de la citada Orden HFP/688/2017, de 20 de julio, y mantenerlos hasta el momento de la
toma de posesión como funcionario de carrera.
6.2 Nacionalidad: En ambos procesos selectivos podrán participar, en igualdad de
condiciones que los españoles, los nacionales de los Estados miembros de la Unión
Europea y de otros Estados a los que es de aplicación el derecho a la libre circulación de
trabajadores.
6.3 Titulación:
a. Titulación exigida para participar en la convocatoria: De acuerdo con el
artículo 76 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba
el texto refundido del Estatuto Básico del Empleado Público para el acceso a esta escala
del subgrupo A1 se exigirá estar en posesión o cumplir los requisitos necesarios para
obtener el título universitario de grado en la fecha de finalización del plazo de
presentación de instancias.
Los aspirantes deberán estar en posesión, o en condiciones de obtener, el título de
graduado, licenciado, ingeniero o arquitecto en el ámbito de las ciencias experimentales
o de la técnica. A este respecto, se tendrá en cuenta que, de acuerdo con la disposición
adicional cuarta del Real Decreto 889/2022, de 18 de octubre, lo previsto en el mismo no
resulta de aplicación al régimen de titulaciones exigible para el ingreso en las
Administraciones Públicas, que se regirá por la normativa específica que resulte de
aplicación.
b. Titulaciones obtenidas en el extranjero: Los aspirantes con titulaciones
universitarias obtenidas en el extranjero deberán acreditar que poseen la
correspondiente credencial de homologación o, en su caso, del correspondiente
certificado de equivalencia. Este requisito no será de aplicación a los aspirantes que
hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las
profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones de derecho comunitario.
6.4 Requisitos específicos para el acceso por promoción interna: Los aspirantes
deberán cumplir los siguientes requisitos al finalizar el plazo de presentación de
instancias:
a. Pertenecer, como funcionario de carrera a alguno de los Cuerpos o Escalas de la
Administración General del Estado del subgrupo A2, a Cuerpos o Escalas Postales y
Telegráficas adscritos al subgrupo A2 o a Cuerpos o Escalas del subgrupo A2 del resto
de los ámbitos incluidos en el artículo 2.1 del citado Real Decreto Legislativo 5/2015,
de 30 de octubre, y estar desempeñando como destino definitivo un puesto de trabajo de
funcionario/a de carrera en la Administración General del Estado.
b. Haber prestado servicios efectivos al menos durante dos años como
funcionario/a de carrera en alguno de los cuerpos o escalas de la Administración General
del Estado del subgrupo A2 mencionados y en los términos previstos en el apartado a).
cve: BOE-A-2024-26634
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 306
Viernes 20 de diciembre de 2024
Sec. II.B. Pág. 175176
4.6 La autoridad convocante podrá acordar, previa audiencia de la Dirección del
CEM, que una vez finalizado el curso selectivo, los funcionarios en prácticas realicen un
período de prácticas en el CEM hasta su nombramiento como funcionarios de carrera.
5.
Programas
El programa que han de regir el proceso selectivo es el que figura como anexo II a
esta convocatoria.
6.
Requisitos de los candidatos
6.1 Requisitos generales: Todos los aspirantes deberán reunir el día de finalización
del plazo de presentación de solicitudes todos los requisitos exigidos en la base décima
de la citada Orden HFP/688/2017, de 20 de julio, y mantenerlos hasta el momento de la
toma de posesión como funcionario de carrera.
6.2 Nacionalidad: En ambos procesos selectivos podrán participar, en igualdad de
condiciones que los españoles, los nacionales de los Estados miembros de la Unión
Europea y de otros Estados a los que es de aplicación el derecho a la libre circulación de
trabajadores.
6.3 Titulación:
a. Titulación exigida para participar en la convocatoria: De acuerdo con el
artículo 76 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba
el texto refundido del Estatuto Básico del Empleado Público para el acceso a esta escala
del subgrupo A1 se exigirá estar en posesión o cumplir los requisitos necesarios para
obtener el título universitario de grado en la fecha de finalización del plazo de
presentación de instancias.
Los aspirantes deberán estar en posesión, o en condiciones de obtener, el título de
graduado, licenciado, ingeniero o arquitecto en el ámbito de las ciencias experimentales
o de la técnica. A este respecto, se tendrá en cuenta que, de acuerdo con la disposición
adicional cuarta del Real Decreto 889/2022, de 18 de octubre, lo previsto en el mismo no
resulta de aplicación al régimen de titulaciones exigible para el ingreso en las
Administraciones Públicas, que se regirá por la normativa específica que resulte de
aplicación.
b. Titulaciones obtenidas en el extranjero: Los aspirantes con titulaciones
universitarias obtenidas en el extranjero deberán acreditar que poseen la
correspondiente credencial de homologación o, en su caso, del correspondiente
certificado de equivalencia. Este requisito no será de aplicación a los aspirantes que
hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las
profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones de derecho comunitario.
6.4 Requisitos específicos para el acceso por promoción interna: Los aspirantes
deberán cumplir los siguientes requisitos al finalizar el plazo de presentación de
instancias:
a. Pertenecer, como funcionario de carrera a alguno de los Cuerpos o Escalas de la
Administración General del Estado del subgrupo A2, a Cuerpos o Escalas Postales y
Telegráficas adscritos al subgrupo A2 o a Cuerpos o Escalas del subgrupo A2 del resto
de los ámbitos incluidos en el artículo 2.1 del citado Real Decreto Legislativo 5/2015,
de 30 de octubre, y estar desempeñando como destino definitivo un puesto de trabajo de
funcionario/a de carrera en la Administración General del Estado.
b. Haber prestado servicios efectivos al menos durante dos años como
funcionario/a de carrera en alguno de los cuerpos o escalas de la Administración General
del Estado del subgrupo A2 mencionados y en los términos previstos en el apartado a).
cve: BOE-A-2024-26634
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Núm. 306