Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2024-26680)
Resolución de 5 de diciembre de 2024, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se desestima la solicitud de Solaria Promoción y Desarrollo Fotovoltaico, SLU, de autorización administrativa previa, del parque solar fotovoltaico Carmina Solar 2, de 92,799 MW de potencia instalada, y de su infraestructura de evacuación, en las provincias de Toledo y Madrid.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 306
Viernes 20 de diciembre de 2024
Sec. III. Pág. 175584
Conforme a lo dispuesto en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, y en la
Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, la solicitud de autorización
administrativa previa, acompañada del proyecto y estudio de impacto ambiental se
somete a información pública, con la debida publicación en el «Boletín Oficial del
Estado» y Boletín Oficial de las provincias afectadas, habiéndose solicitado igualmente
los correspondientes informes a las distintas administraciones, organismos y empresas
de servicio público o de servicios de interés general en la parte que la instalación pueda
afectar a bienes y derechos a su cargo, así como a los organismos que deben presentar
informe conforme a la Ley 21/2013, de 9 de diciembre.
Con fecha 27 de julio de 2023, complementado posteriormente, se recibe el informe y
el expediente de tramitación del Área de Industria y Energía de la Delegación del
Gobierno en Madrid.
Con fecha 1 de agosto de 2023, complementado posteriormente, se recibe el informe
y el expediente de tramitación del Área de Industria y Energía de la Subdelegación del
Gobierno en Toledo.
Cuarto.
Evaluación de impacto ambiental practicada.
Con fecha 28 de julio de 2023 se remite a la Subdirección General de Evaluación
Ambiental (SGEA) dicho expediente para inicio del procedimiento de evaluación de
impacto ambiental ordinaria, según lo dispuesto en el artículo 39 de la Ley 21/2013, de 9
de diciembre, de evaluación ambiental.
La Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental emite, con fecha 25 de
marzo de 2024, Resolución por la que formula la declaración de impacto ambiental del
proyecto Planta Solar Fotovoltaica Carmina Solar 2 y su infraestructura de evacuación
asociada, en las provincias de Toledo y Madrid, al haberse identificado la posibilidad de
impactos negativos significativos sobre el medio ambiente para los que las medidas
propuestas no presentan garantía suficiente de su adecuada prevención, corrección o
compensación (en adelante, Declaración de Impacto Ambiental desfavorable). La citada
resolución se encuentra disponible en el siguiente enlace:
https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2024-6932
Quinto.
Permisos de acceso y conexión.
El proyecto obtuvo permiso de acceso a la red de transporte mediante la emisión de
Informe de Viabilidad de Acceso a la Red (IVA), así como Informe de Cumplimiento de
Condiciones Técnicas de Conexión (ICCTC) e Informe de Verificación de las
Condiciones Técnicas de Conexión (IVCTC) en la subestación Fuenlabrada 220 kV,
propiedad de Red Eléctrica de España, SAU.
Con fecha de 27 de octubre de 2023 tiene entrada, en el Registro de este Ministerio,
escrito de Red Eléctrica de España, SAU, por el que se declara la caducidad de los
permisos de acceso y conexión otorgados en aplicación de lo dispuesto en el Real
Decreto-ley 23/2020, de 23 de junio, por el que se aprueban medidas en materia de
energía y en otros ámbitos para la reactivación económica.
Trámite de audiencia.
Con fecha de 4 de noviembre de 2024 se notifica el trámite de audiencia sobre la
propuesta de resolución por la que se desestima la solicitud de autorización
administrativa previa del proyecto con expediente SGIISE/PFot-711. No se ha recibido
respuesta por parte del promotor.
Analizada la documentación recibida, esta Dirección General de Política Energética y
Minas dicta la presente propuesta de resolución.
cve: BOE-A-2024-26680
Verificable en https://www.boe.es
Sexto.
Núm. 306
Viernes 20 de diciembre de 2024
Sec. III. Pág. 175584
Conforme a lo dispuesto en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, y en la
Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, la solicitud de autorización
administrativa previa, acompañada del proyecto y estudio de impacto ambiental se
somete a información pública, con la debida publicación en el «Boletín Oficial del
Estado» y Boletín Oficial de las provincias afectadas, habiéndose solicitado igualmente
los correspondientes informes a las distintas administraciones, organismos y empresas
de servicio público o de servicios de interés general en la parte que la instalación pueda
afectar a bienes y derechos a su cargo, así como a los organismos que deben presentar
informe conforme a la Ley 21/2013, de 9 de diciembre.
Con fecha 27 de julio de 2023, complementado posteriormente, se recibe el informe y
el expediente de tramitación del Área de Industria y Energía de la Delegación del
Gobierno en Madrid.
Con fecha 1 de agosto de 2023, complementado posteriormente, se recibe el informe
y el expediente de tramitación del Área de Industria y Energía de la Subdelegación del
Gobierno en Toledo.
Cuarto.
Evaluación de impacto ambiental practicada.
Con fecha 28 de julio de 2023 se remite a la Subdirección General de Evaluación
Ambiental (SGEA) dicho expediente para inicio del procedimiento de evaluación de
impacto ambiental ordinaria, según lo dispuesto en el artículo 39 de la Ley 21/2013, de 9
de diciembre, de evaluación ambiental.
La Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental emite, con fecha 25 de
marzo de 2024, Resolución por la que formula la declaración de impacto ambiental del
proyecto Planta Solar Fotovoltaica Carmina Solar 2 y su infraestructura de evacuación
asociada, en las provincias de Toledo y Madrid, al haberse identificado la posibilidad de
impactos negativos significativos sobre el medio ambiente para los que las medidas
propuestas no presentan garantía suficiente de su adecuada prevención, corrección o
compensación (en adelante, Declaración de Impacto Ambiental desfavorable). La citada
resolución se encuentra disponible en el siguiente enlace:
https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2024-6932
Quinto.
Permisos de acceso y conexión.
El proyecto obtuvo permiso de acceso a la red de transporte mediante la emisión de
Informe de Viabilidad de Acceso a la Red (IVA), así como Informe de Cumplimiento de
Condiciones Técnicas de Conexión (ICCTC) e Informe de Verificación de las
Condiciones Técnicas de Conexión (IVCTC) en la subestación Fuenlabrada 220 kV,
propiedad de Red Eléctrica de España, SAU.
Con fecha de 27 de octubre de 2023 tiene entrada, en el Registro de este Ministerio,
escrito de Red Eléctrica de España, SAU, por el que se declara la caducidad de los
permisos de acceso y conexión otorgados en aplicación de lo dispuesto en el Real
Decreto-ley 23/2020, de 23 de junio, por el que se aprueban medidas en materia de
energía y en otros ámbitos para la reactivación económica.
Trámite de audiencia.
Con fecha de 4 de noviembre de 2024 se notifica el trámite de audiencia sobre la
propuesta de resolución por la que se desestima la solicitud de autorización
administrativa previa del proyecto con expediente SGIISE/PFot-711. No se ha recibido
respuesta por parte del promotor.
Analizada la documentación recibida, esta Dirección General de Política Energética y
Minas dicta la presente propuesta de resolución.
cve: BOE-A-2024-26680
Verificable en https://www.boe.es
Sexto.