Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible. III. Otras disposiciones. Comunidad Autónoma de Cataluña. Convenio. (BOE-A-2024-26654)
Resolución de 21 de noviembre de 2024, de la Autoridad Portuaria de Tarragona, por la que se publica el Convenio con la Universidad Rovira i Virgili, para el desarrollo de un proyecto de investigación para un doctorado industrial relativo al «Análisis de los riesgos en las operaciones portuarias y coordinación de su cobertura aseguradora. Sistematización y propuestas de eficiencia y mejora».
15 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 306
Viernes 20 de diciembre de 2024
Sec. III. Pág. 175275
Obligaciones para el entorno empresarial y para el entorno académico:
Proveer al estudiante de doctorado de las 30 horas de formación en competencias
transversales de interés empresarial que deben facilitar ambas instituciones de manera
coordinada a lo largo del periodo de ejecución del proyecto. La temática debe estar
alineada con las áreas que se establezcan en el Plan:
a) Liderazgo, coordinación y gestión de proyectos de I+D+I y negociación.
b) Transferencia de resultados de la investigación.
c) Desarrollo de nuevas empresas: emprendimiento, gestión empresarial, fuentes
de financiamiento.
d) Patentes, propiedad intelectual e industrial.
Séptima. Mecanismos para el seguimiento de los progresos del proyecto.
Para el correcto seguimiento de los progresos del proyecto de investigación, se
constituirá una comisión de seguimiento del proyecto, formada como mínimo por las
personas responsables de la dirección empresarial y académica, y el doctorando o
doctoranda. La comisión debe reunirse, presencial o telemáticamente, al menos dos
veces al año y pueden asistir otras personas relacionadas con el proyecto. Esta comisión
de seguimiento se establece de manera complementaria y sin perjuicio de las
obligaciones académicas que debe atender el doctorando o doctoranda de acuerdo con
la normativa vigente en materia de estudios de doctorado. En todo caso, además de
cumplir con las regulaciones normativas referidas a los estudios de doctorado, el
estudiante de doctorado está obligado a seguir las recomendaciones que se deriven
tanto de la comisión de seguimiento del proyecto como de la Comisión Académica del
programa de doctorado. El entorno empresarial y académico se comprometen a hacer un
seguimiento del proyecto de tesis del doctorado industrial basado en la presentación de
los siguientes entregables (ver también anexo 2. Plan de trabajo):
– Un resumen del estado de la investigación cada seis meses.
– Un informe parcial cada doce meses.
– La memoria de la tesis.
La gestión de estos entregables dependerá del responsable técnico de la APT o del
director o directora de la tesis, según si las actividades implican las tareas desarrolladas
en los laboratorios de investigación de la APT o de la URV. Los entregables, excepto la
memoria de la tesis, son confidenciales. Igualmente, el responsable técnico de la APT, el
director o directora de la tesis, y el estudiante de doctorado deben reunirse de forma
regular, como mínimo, cada tres meses para evaluar el estado del proyecto.
Por otra parte, anualmente se debe redactar un informe, según el modelo facilitado
por la Generalitat, que debe certificar que la actividad del doctorando o doctoranda sigue
el curso previsto en relación con el proyecto, así como una relación de los gastos que
deben justificarse al finalizar la ayuda.
Publicaciones.
Cuando una de las partes firmantes quiera utilizar los resultados parciales o finales,
en parte o totalmente, para difundirlos o publicarlos como artículo, conferencia, etc.,
deberá solicitar la conformidad de la otra parte por escrito (puede ser por correo
electrónico). Esta deberá comunicar la autorización o manifestar su desacuerdo en un
plazo máximo de treinta días. Transcurrido este plazo sin respuesta, se entenderá que el
silencio es la autorización tácita para la difusión.
El doctorando o doctoranda puede redactar, previo consentimiento de la APT,
artículos o publicaciones sobre el proyecto. Para publicar o difundir los resultados totales
o parciales de la investigación en artículos, conferencias, memorias, etc., el estudiante
de doctorado debe obtener la autorización previa y expresa del responsable del proyecto
cve: BOE-A-2024-26654
Verificable en https://www.boe.es
Octava.
Núm. 306
Viernes 20 de diciembre de 2024
Sec. III. Pág. 175275
Obligaciones para el entorno empresarial y para el entorno académico:
Proveer al estudiante de doctorado de las 30 horas de formación en competencias
transversales de interés empresarial que deben facilitar ambas instituciones de manera
coordinada a lo largo del periodo de ejecución del proyecto. La temática debe estar
alineada con las áreas que se establezcan en el Plan:
a) Liderazgo, coordinación y gestión de proyectos de I+D+I y negociación.
b) Transferencia de resultados de la investigación.
c) Desarrollo de nuevas empresas: emprendimiento, gestión empresarial, fuentes
de financiamiento.
d) Patentes, propiedad intelectual e industrial.
Séptima. Mecanismos para el seguimiento de los progresos del proyecto.
Para el correcto seguimiento de los progresos del proyecto de investigación, se
constituirá una comisión de seguimiento del proyecto, formada como mínimo por las
personas responsables de la dirección empresarial y académica, y el doctorando o
doctoranda. La comisión debe reunirse, presencial o telemáticamente, al menos dos
veces al año y pueden asistir otras personas relacionadas con el proyecto. Esta comisión
de seguimiento se establece de manera complementaria y sin perjuicio de las
obligaciones académicas que debe atender el doctorando o doctoranda de acuerdo con
la normativa vigente en materia de estudios de doctorado. En todo caso, además de
cumplir con las regulaciones normativas referidas a los estudios de doctorado, el
estudiante de doctorado está obligado a seguir las recomendaciones que se deriven
tanto de la comisión de seguimiento del proyecto como de la Comisión Académica del
programa de doctorado. El entorno empresarial y académico se comprometen a hacer un
seguimiento del proyecto de tesis del doctorado industrial basado en la presentación de
los siguientes entregables (ver también anexo 2. Plan de trabajo):
– Un resumen del estado de la investigación cada seis meses.
– Un informe parcial cada doce meses.
– La memoria de la tesis.
La gestión de estos entregables dependerá del responsable técnico de la APT o del
director o directora de la tesis, según si las actividades implican las tareas desarrolladas
en los laboratorios de investigación de la APT o de la URV. Los entregables, excepto la
memoria de la tesis, son confidenciales. Igualmente, el responsable técnico de la APT, el
director o directora de la tesis, y el estudiante de doctorado deben reunirse de forma
regular, como mínimo, cada tres meses para evaluar el estado del proyecto.
Por otra parte, anualmente se debe redactar un informe, según el modelo facilitado
por la Generalitat, que debe certificar que la actividad del doctorando o doctoranda sigue
el curso previsto en relación con el proyecto, así como una relación de los gastos que
deben justificarse al finalizar la ayuda.
Publicaciones.
Cuando una de las partes firmantes quiera utilizar los resultados parciales o finales,
en parte o totalmente, para difundirlos o publicarlos como artículo, conferencia, etc.,
deberá solicitar la conformidad de la otra parte por escrito (puede ser por correo
electrónico). Esta deberá comunicar la autorización o manifestar su desacuerdo en un
plazo máximo de treinta días. Transcurrido este plazo sin respuesta, se entenderá que el
silencio es la autorización tácita para la difusión.
El doctorando o doctoranda puede redactar, previo consentimiento de la APT,
artículos o publicaciones sobre el proyecto. Para publicar o difundir los resultados totales
o parciales de la investigación en artículos, conferencias, memorias, etc., el estudiante
de doctorado debe obtener la autorización previa y expresa del responsable del proyecto
cve: BOE-A-2024-26654
Verificable en https://www.boe.es
Octava.