Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Cuerpo Nacional de Médicos Forenses. (BOE-A-2024-26633)
Orden PJC/1446/2024, de 10 de diciembre, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, mediante oposición, en el Cuerpo Nacional de Médicos Forenses.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 20 de diciembre de 2024
2.
Sec. II.B. Pág. 175148
Proceso selectivo
2.1 El proceso selectivo tendrá lugar por el sistema selectivo de oposición que se
desarrollará con los ejercicios, puntuaciones y valoraciones que se especifican en el
anexo I-A de esta convocatoria.
2.2 El proceso selectivo incluirá la superación de un curso selectivo teórico-práctico
en el Centro de Estudios Jurídicos o en los centros, institutos o servicios de formación o
centros de destino de las Comunidades Autónomas por las que concurran las personas
aspirantes. Quienes hayan superado las fases de oposición, cuyo número no podrá ser
superior al de plazas convocadas en cada ámbito territorial, a excepción de lo señalado
en la base 1.3, serán nombrados funcionarios en prácticas por la autoridad competente
del Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes.
2.3 La calificación final del proceso selectivo vendrá determinada por la suma de
las puntuaciones finales obtenidas en cada uno de los ejercicios de la fase de oposición.
La valoración del idioma y Derecho Foral sólo se tendrá en cuenta para determinar el
orden de puntuación en su respectivo ámbito territorial.
2.4 En ningún caso podrá declararse superado el proceso selectivo en cada ámbito
a un número mayor de aspirantes que el de plazas objeto de esta convocatoria, siendo
nulas de pleno derecho las propuestas de personas aprobadas que contravengan esta
limitación.
2.5 En el supuesto de que dos o más aspirantes obtuvieran la misma calificación
total en la oposición, se deshará el empate: primero, atendiendo a la mayor calificación
obtenida en el primer ejercicio; segundo: atendiendo a la mayor calificación obtenida en
el segundo ejercicio; tercero: atendiendo a la mayor calificación obtenida en el tercer
ejercicio. Por último, si aún persistiera el empate primará la primera letra del primer
apellido empezando por la letra «V», de acuerdo con la Resolución de 25 de julio
de 2024, de la Secretaría de Estado de Función Pública, por la que se publica el
resultado del sorteo a que se refiere el Reglamento General de Ingreso del Personal al
Servicio de la Administración del Estado (BOE de 29 de julio). En el supuesto de que no
exista ninguna persona aspirante cuyo primer apellido comience por la letra «V», el
empate se dirimirá por aquellos cuyo primer apellido comience por la letra «W», y así
sucesivamente.
3.
Programa
El programa que han de regir en la oposición se contiene en el anexo II de esta
convocatoria. El contenido del temario para todos los ejercicios de la oposición se
ajustará a la normativa publicada en el «Boletín Oficial del Estado» en la fecha de la
presente convocatoria, aun cuando no hubiese entrado en vigor.
4. Titulación y otros requisitos de participación
Para ser admitidas o admitidos a la realización del proceso selectivo, las personas
aspirantes deberán poseer en el día de finalización del plazo de presentación de
solicitudes y mantener hasta el momento de la toma de posesión como funcionario o
funcionaria de carrera, los siguientes requisitos de participación:
4.1 Nacionalidad: tener la nacionalidad española.
4.2 Edad: tener cumplidos dieciséis años y no haber alcanzado la edad legal de
jubilación forzosa.
4.3 Titulación: estar en posesión, o en condiciones de obtener en la fecha de
finalización del plazo de presentación de solicitudes, el título de Licenciado o Graduado
en Medicina.
En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de
la credencial que acredite su homologación o, en su caso, del correspondiente certificado
de equivalencia. Este requisito no será de aplicación a los aspirantes que hubieran
cve: BOE-A-2024-26633
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 306
Viernes 20 de diciembre de 2024
2.
Sec. II.B. Pág. 175148
Proceso selectivo
2.1 El proceso selectivo tendrá lugar por el sistema selectivo de oposición que se
desarrollará con los ejercicios, puntuaciones y valoraciones que se especifican en el
anexo I-A de esta convocatoria.
2.2 El proceso selectivo incluirá la superación de un curso selectivo teórico-práctico
en el Centro de Estudios Jurídicos o en los centros, institutos o servicios de formación o
centros de destino de las Comunidades Autónomas por las que concurran las personas
aspirantes. Quienes hayan superado las fases de oposición, cuyo número no podrá ser
superior al de plazas convocadas en cada ámbito territorial, a excepción de lo señalado
en la base 1.3, serán nombrados funcionarios en prácticas por la autoridad competente
del Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes.
2.3 La calificación final del proceso selectivo vendrá determinada por la suma de
las puntuaciones finales obtenidas en cada uno de los ejercicios de la fase de oposición.
La valoración del idioma y Derecho Foral sólo se tendrá en cuenta para determinar el
orden de puntuación en su respectivo ámbito territorial.
2.4 En ningún caso podrá declararse superado el proceso selectivo en cada ámbito
a un número mayor de aspirantes que el de plazas objeto de esta convocatoria, siendo
nulas de pleno derecho las propuestas de personas aprobadas que contravengan esta
limitación.
2.5 En el supuesto de que dos o más aspirantes obtuvieran la misma calificación
total en la oposición, se deshará el empate: primero, atendiendo a la mayor calificación
obtenida en el primer ejercicio; segundo: atendiendo a la mayor calificación obtenida en
el segundo ejercicio; tercero: atendiendo a la mayor calificación obtenida en el tercer
ejercicio. Por último, si aún persistiera el empate primará la primera letra del primer
apellido empezando por la letra «V», de acuerdo con la Resolución de 25 de julio
de 2024, de la Secretaría de Estado de Función Pública, por la que se publica el
resultado del sorteo a que se refiere el Reglamento General de Ingreso del Personal al
Servicio de la Administración del Estado (BOE de 29 de julio). En el supuesto de que no
exista ninguna persona aspirante cuyo primer apellido comience por la letra «V», el
empate se dirimirá por aquellos cuyo primer apellido comience por la letra «W», y así
sucesivamente.
3.
Programa
El programa que han de regir en la oposición se contiene en el anexo II de esta
convocatoria. El contenido del temario para todos los ejercicios de la oposición se
ajustará a la normativa publicada en el «Boletín Oficial del Estado» en la fecha de la
presente convocatoria, aun cuando no hubiese entrado en vigor.
4. Titulación y otros requisitos de participación
Para ser admitidas o admitidos a la realización del proceso selectivo, las personas
aspirantes deberán poseer en el día de finalización del plazo de presentación de
solicitudes y mantener hasta el momento de la toma de posesión como funcionario o
funcionaria de carrera, los siguientes requisitos de participación:
4.1 Nacionalidad: tener la nacionalidad española.
4.2 Edad: tener cumplidos dieciséis años y no haber alcanzado la edad legal de
jubilación forzosa.
4.3 Titulación: estar en posesión, o en condiciones de obtener en la fecha de
finalización del plazo de presentación de solicitudes, el título de Licenciado o Graduado
en Medicina.
En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de
la credencial que acredite su homologación o, en su caso, del correspondiente certificado
de equivalencia. Este requisito no será de aplicación a los aspirantes que hubieran
cve: BOE-A-2024-26633
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 306