Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Cuerpo Especial de Técnicos Especialistas del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses. (BOE-A-2024-26632)
Orden PJC/1445/2024, de 3 de diciembre, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, al Cuerpo Especial de Técnicos Especialistas del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 20 de diciembre de 2024

Sec. II.B. Pág. 175138

– Los que formen parte de las enseñanzas del sistema educativo español, o sean
conducentes a la obtención de títulos de los susceptibles de valoración en el apartado A
de este baremo.
– Los derivados de procesos selectivos.
– Los diplomas de participación en jornadas, simposios, seminarios y similares.
A los aspirantes que aporten certificaciones de cursos que no forman parte de las
enseñanzas del sistema educativo español o sean conducentes a la obtención de un
título universitario, se les podrá solicitar certificado académico para comprobar que las
horas lectivas de dicho curso o cursos no han sido convalidadas en los apartados
anteriores.
En caso de que no presentarán la certificación académica, no se valorarán dentro de
este mérito.
B.2 Conocimiento de idiomas extranjeros. Se valorarán únicamente aquellos títulos
que consten en el cuadro de equivalencias de exámenes oficiales del Marco Europeo de
Referencia para las Lenguas, y el de categoría superior incluye el previo:
– Certificado de nivel C1 o C2 (usuario independiente): 1 punto.
– Certificado de nivel B1 o B2 (usuario competente): 0,5 puntos.
– No se valorarán los certificados de nivel básico o elemental.
La puntuación máxima para otorgar en este apartado B es de 15 puntos;
hasta 13 puntos en el apartado B.1 y hasta 2 punto en el apartado B.2.
C. Por exámenes aprobados en las dos últimas oposiciones de promoción interna
al Cuerpo Especial de Técnicos Especialistas de Laboratorio, un máximo de 1 punto, a
razón de 0,25 puntos por examen aprobados.
D. Servicios prestados como titular, interino o sustituto en los siguientes cuerpos de
la Administración de Justicia o como personal laboral de esta Administración (hasta un
máximo de 45 puntos):
D.1 Por cada mes completo en el Cuerpo de Técnicos Especialistas de
Laboratorio: 0.40 puntos.
D.2 Por cada mes completo en el Cuerpo de Ayudantes de Laboratorio del
INTCF: 0,37 puntos.
D.3 Por cada mes completo en el Cuerpo de Facultativos del INTCF: 0,15 puntos.
D.4 Por cada mes de servicios prestados en otros cuerpos de la Administración de
Justicia, cuerpos de otras Administraciones Públicas, como funcionario titular o interino,
personal laboral de la Administración de Justicia fijo o temporal: 0,05 puntos.
Los periodos inferiores al mes no se computarán, aunque, en el caso de ser varios,
se sumarán los prestados en el mismo cuerpo, despreciándose, en su caso, una única
fracción inferior al mes.
ANEXO II
Programa
1.

Parte general

1. La Constitución Española. Derechos y deberes fundamentales. División de
Poderes. Organización territorial del estado. Los derechos humanos en el ámbito
universal, europeo y español.
2. Derecho de igualdad y no discriminación por razón de género: especial
referencia a la Ley Orgánica 3/2007, para la Igualdad Efectiva de Mujeres y Hombres. La
Ley Orgánica 1/2004, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género.

cve: BOE-A-2024-26632
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Núm. 306