Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Cuerpo Especial de Técnicos Especialistas del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses. (BOE-A-2024-26632)
Orden PJC/1445/2024, de 3 de diciembre, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, al Cuerpo Especial de Técnicos Especialistas del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 306

Viernes 20 de diciembre de 2024

Sec. II.B. Pág. 175132

El Tribunal Calificador Único valorará los méritos según las certificaciones aportadas
y publicará en la página web del Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con
las Cortes las relaciones de aspirantes que acceden por promoción interna con la
valoración provisional de méritos de la fase de concurso, con indicación de la puntación
obtenida en cada mérito y la total. Las personas aspirantes que no estén de acuerdo
dispondrán de un plazo de diez días hábiles a partir del siguiente al de la publicación de
dichas relaciones, para efectuar las alegaciones pertinentes.
Concluido el plazo y vistas y resueltas las alegaciones, el Tribunal publicará la
relación con la valoración definitiva de la fase de concurso.
7.4

Embarazo de riesgo o parto.

Si a causa de una situación debidamente acreditada de embarazo de riesgo o parto
alguna de las personas aspirantes no pudiera completar el proceso selectivo, su
situación quedará condicionada a la finalización del proceso y a la superación de las
fases que hayan quedado aplazadas. La realización de estas pruebas no podrá conllevar
una demora que menoscabe el derecho del resto de las demás personas aspirantes a
una resolución del proceso ajustada a tiempos razonables, lo que deberá ser valorado
por el órgano convocante, oído el Tribunal Calificador Único. En todo caso, la realización
de las citadas pruebas tendrá lugar antes de la publicación de la lista de personas que
han superado el proceso selectivo.
En situaciones de maternidad reciente con un hijo o hija lactante, se habilitará un
espacio o sala anexa donde la persona de confianza de la mujer acerque al bebé para
que ésta pueda amamantarlo, y una persona designada por el Tribunal Calificador Único
controlará el tiempo empleado para ello, a los efectos de recuperar el tiempo en el
desarrollo de las pruebas.
7.5 En el supuesto de que alguna de las personas aspirantes con discapacidad que
se haya presentado por este cupo de reserva superase los ejercicios correspondientes,
pero no obtuviera plaza, y su puntuación final fuera superior a la obtenida por los
aspirantes del sistema general, será incluida por su orden de puntuación en este turno.
7.6 Propuesta de personas aspirantes aprobadas. Finalizado el proceso selectivo,
el Tribunal elevará al Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes
propuesta con la relación de personas que superan el proceso selectivo, cuyo número no
podrá exceder el de plazas convocadas, que se publicará en el «Boletín Oficial del
Estado» con indicación del número de orden, apellidos y nombre, DNI anonimizado,
puntuación obtenida en cada uno de los ejercicios, y total de todos los ejercicios
obligatorios.
Las personas aspirantes que no se encuentren incluidas en dicha relación, se
entenderá que no han superado el proceso selectivo y no podrán ser nombradas
personal funcionario de carrera.
Presentación de documentación

8.1 Quienes figuren en la relación definitiva de personas aprobadas, en el plazo de
diez días hábiles contados a partir de la publicación de ésta en el «Boletín Oficial del
Estado», presentarán en el Registro General del Ministerio de la Presidencia, Justicia y
Relaciones con las Cortes (calle Bolsa, núm. 8, 28071 Madrid) o por cualquiera de los
medios previstos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, dirigida a la Unidad
EA0041037-Oficina O00011588-Medios Personales. Procesos Selectivos, la documentación
siguiente:
a) Solicitud de destino ajustada al modelo que se establezca por el Ministerio de la
Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes.
b) Las personas aspirantes que tengan la condición legal de persona con
discapacidad, con grado igual o superior al 33 por ciento deberán presentar certificación

cve: BOE-A-2024-26632
Verificable en https://www.boe.es

8.