Comunidad de Castilla y León. III. Otras disposiciones. Bienes de interés cultural. (BOE-A-2024-26691)
Acuerdo 116/2024, de 12 de diciembre, de la Junta de Castilla y León, por el que se declara la Suerte de Pinos bien de interés cultural de carácter inmaterial.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 306
Viernes 20 de diciembre de 2024
Sec. III. Pág. 175661
cve: BOE-A-2024-26691
Verificable en https://www.boe.es
ha sabido mantener y conservar estos conocimientos y valores a través de un
ordenamiento jurídico propio.
En este sentido se constata el uso de varias técnicas que han contribuido a la
conservación y sostenibilidad ambiental y social de la zona, como la obligación de
plantar varios pinos al cortar cada uno que correspondía a las suertes, la obligación de
marcar los pinos para evitar prácticas fraudulentas o la obligación entre otras de retirar
los despojos producidos tras la corta de los pinos.
En primer lugar, se llevaba a cabo la realización de los lotes, lo que se conocía como
«arreglar pinos», que consistía en realizar agrupaciones de pinos que por su calidad y
volumen resultasen equivalentes en valor. A fin de garantizar la máxima igualdad en los
lotes, cada pino del lote podía estar ubicado en diferentes y distantes puntos del monte y
posteriormente se sorteaba entre los beneficiarios, eliminando de este modo cualquier
tipo de discrecionalidad que pudiera producirse.
Desde al menos el siglo XVII se señalaban o remarcaban con un sello, marco o
martillo, según denominaciones locales, a fin de identificar la pertenencia de los pinos a
los lotes concedidos y su procedencia.
Para tener acceso a los pinos generalmente se exigía un pago, antiguamente una
cántara de vino o un carro de piedra, más tarde ya con una cantidad de dinero y
actualmente este pago ha desaparecido.
La mayoría de los montes con reparto fueron declarados de Utilidad Pública a lo
largo del siglo XIX. A lo largo del siglo XX, la administración forestal fue aprobando
proyectos de ordenación que han supuesto la consolidación de sistemas modernos de
gestión técnica que garantizan la sostenibilidad de los aprovechamientos.
Se incluyen en la presente declaración como bienes materiales asociados el conjunto
de documentos oficiales relacionados con esta manifestación cultural obrantes en los
archivos municipales, desde concesiones reales hasta ordenanzas especiales y libros de
actas municipales, así como los sellos, marcos o martillos con los que se marcaban los
pinos integrantes de las suertes.
La Suerte de Pinos es un peculiar sistema de reparto del aprovechamiento forestal
de maderas y leñas que se integra en la comunidad como una práctica social y jurídica
que se ha mantenido durante siglos de forma ininterrumpida gracias a la voluntad de los
ayuntamientos y de los habitantes de los pueblos, encargados de perpetuar este ritual
transmitiéndolo de generación en generación, como símbolo de identidad cultural y
pertenencia a la comunidad, enriqueciéndolo a lo largo del tiempo, con nuevos valores
como el desarrollo sostenible.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 306
Viernes 20 de diciembre de 2024
Sec. III. Pág. 175661
cve: BOE-A-2024-26691
Verificable en https://www.boe.es
ha sabido mantener y conservar estos conocimientos y valores a través de un
ordenamiento jurídico propio.
En este sentido se constata el uso de varias técnicas que han contribuido a la
conservación y sostenibilidad ambiental y social de la zona, como la obligación de
plantar varios pinos al cortar cada uno que correspondía a las suertes, la obligación de
marcar los pinos para evitar prácticas fraudulentas o la obligación entre otras de retirar
los despojos producidos tras la corta de los pinos.
En primer lugar, se llevaba a cabo la realización de los lotes, lo que se conocía como
«arreglar pinos», que consistía en realizar agrupaciones de pinos que por su calidad y
volumen resultasen equivalentes en valor. A fin de garantizar la máxima igualdad en los
lotes, cada pino del lote podía estar ubicado en diferentes y distantes puntos del monte y
posteriormente se sorteaba entre los beneficiarios, eliminando de este modo cualquier
tipo de discrecionalidad que pudiera producirse.
Desde al menos el siglo XVII se señalaban o remarcaban con un sello, marco o
martillo, según denominaciones locales, a fin de identificar la pertenencia de los pinos a
los lotes concedidos y su procedencia.
Para tener acceso a los pinos generalmente se exigía un pago, antiguamente una
cántara de vino o un carro de piedra, más tarde ya con una cantidad de dinero y
actualmente este pago ha desaparecido.
La mayoría de los montes con reparto fueron declarados de Utilidad Pública a lo
largo del siglo XIX. A lo largo del siglo XX, la administración forestal fue aprobando
proyectos de ordenación que han supuesto la consolidación de sistemas modernos de
gestión técnica que garantizan la sostenibilidad de los aprovechamientos.
Se incluyen en la presente declaración como bienes materiales asociados el conjunto
de documentos oficiales relacionados con esta manifestación cultural obrantes en los
archivos municipales, desde concesiones reales hasta ordenanzas especiales y libros de
actas municipales, así como los sellos, marcos o martillos con los que se marcaban los
pinos integrantes de las suertes.
La Suerte de Pinos es un peculiar sistema de reparto del aprovechamiento forestal
de maderas y leñas que se integra en la comunidad como una práctica social y jurídica
que se ha mantenido durante siglos de forma ininterrumpida gracias a la voluntad de los
ayuntamientos y de los habitantes de los pueblos, encargados de perpetuar este ritual
transmitiéndolo de generación en generación, como símbolo de identidad cultural y
pertenencia a la comunidad, enriqueciéndolo a lo largo del tiempo, con nuevos valores
como el desarrollo sostenible.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X