Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades. III. Otras disposiciones. Conferencia General de Política Universitaria. Reglamento. (BOE-A-2024-26591)
Resolución de 9 de diciembre de 2024, de la Secretaría de Estado de Ciencia, Innovación y Universidades, por la que se publica el Acuerdo de la Conferencia General de Política Universitaria, por la que se aprueba su Reglamento de Organización y Funcionamiento.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 305
Jueves 19 de diciembre de 2024
Sec. III. Pág. 175003
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE CIENCIA, INNOVACIÓN Y UNIVERSIDADES
26591
Resolución de 9 de diciembre de 2024, de la Secretaría de Estado de
Ciencia, Innovación y Universidades, por la que se publica el Acuerdo de la
Conferencia General de Política Universitaria, por la que se aprueba su
Reglamento de Organización y Funcionamiento.
La Conferencia General de Política Universitaria, en su reunión de 7 de noviembre
de 2024, acordó aprobar el Reglamento interno de la Conferencia General de Política
Universitaria, para dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 147.3 de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Sometido el texto del reglamento a votación, el mismo quedó aprobado por unanimidad.
Por todo ello, y para general conocimiento, se dispone la publicación del Reglamento
Interno de la Conferencia General de Política Universitaria como anexo a esta
resolución.
Madrid, 9 de diciembre de 2024.–El Secretario de Estado de Ciencia, Innovación y
Universidades, Juan Cruz Cigudosa.
ANEXO
Reglamento Interno de la Conferencia General de Política Universitaria
CAPÍTULO I
Disposiciones generales
Artículo 1.
Naturaleza, adscripción y sede.
CAPÍTULO II
Composición, funciones y estructura
Artículo 2. Composición.
1. La Conferencia está constituida por la persona titular del Ministerio de Ciencia,
Innovación y Universidades, que la presidirá, por los responsables de la enseñanza
cve: BOE-A-2024-26591
Verificable en https://www.boe.es
1. La Conferencia General de Política Universitaria (en adelante, «la Conferencia»),
sin perjuicio de las funciones atribuidas a los órganos de coordinación universitaria de las
Comunidades Autónomas, es el órgano de cooperación y coordinación de la política
universitaria entre las distintas Administraciones Públicas.
2. La Conferencia tiene naturaleza jurídica de conferencia sectorial y está adscrita
al Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades.
3. La sede de la Conferencia se encuentra en la del Ministerio de Ciencia,
Innovación y Universidades, pudiendo celebrar sus reuniones en otro lugar por decisión
de la Presidencia o a solicitud de varios de sus miembros.
4. En todo lo no regulado expresamente en este reglamento será de aplicación
supletoria lo dispuesto en la Ley 40/2015, de 1 de octubre y en el Real Decreto 440/2024,
de 30 de abril, sobre criterios de funcionamiento de las Conferencias Sectoriales.
5. La Conferencia podrá reformar el reglamento por mayoría absoluta de sus miembros.
Núm. 305
Jueves 19 de diciembre de 2024
Sec. III. Pág. 175003
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE CIENCIA, INNOVACIÓN Y UNIVERSIDADES
26591
Resolución de 9 de diciembre de 2024, de la Secretaría de Estado de
Ciencia, Innovación y Universidades, por la que se publica el Acuerdo de la
Conferencia General de Política Universitaria, por la que se aprueba su
Reglamento de Organización y Funcionamiento.
La Conferencia General de Política Universitaria, en su reunión de 7 de noviembre
de 2024, acordó aprobar el Reglamento interno de la Conferencia General de Política
Universitaria, para dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 147.3 de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Sometido el texto del reglamento a votación, el mismo quedó aprobado por unanimidad.
Por todo ello, y para general conocimiento, se dispone la publicación del Reglamento
Interno de la Conferencia General de Política Universitaria como anexo a esta
resolución.
Madrid, 9 de diciembre de 2024.–El Secretario de Estado de Ciencia, Innovación y
Universidades, Juan Cruz Cigudosa.
ANEXO
Reglamento Interno de la Conferencia General de Política Universitaria
CAPÍTULO I
Disposiciones generales
Artículo 1.
Naturaleza, adscripción y sede.
CAPÍTULO II
Composición, funciones y estructura
Artículo 2. Composición.
1. La Conferencia está constituida por la persona titular del Ministerio de Ciencia,
Innovación y Universidades, que la presidirá, por los responsables de la enseñanza
cve: BOE-A-2024-26591
Verificable en https://www.boe.es
1. La Conferencia General de Política Universitaria (en adelante, «la Conferencia»),
sin perjuicio de las funciones atribuidas a los órganos de coordinación universitaria de las
Comunidades Autónomas, es el órgano de cooperación y coordinación de la política
universitaria entre las distintas Administraciones Públicas.
2. La Conferencia tiene naturaleza jurídica de conferencia sectorial y está adscrita
al Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades.
3. La sede de la Conferencia se encuentra en la del Ministerio de Ciencia,
Innovación y Universidades, pudiendo celebrar sus reuniones en otro lugar por decisión
de la Presidencia o a solicitud de varios de sus miembros.
4. En todo lo no regulado expresamente en este reglamento será de aplicación
supletoria lo dispuesto en la Ley 40/2015, de 1 de octubre y en el Real Decreto 440/2024,
de 30 de abril, sobre criterios de funcionamiento de las Conferencias Sectoriales.
5. La Conferencia podrá reformar el reglamento por mayoría absoluta de sus miembros.