Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2024-26584)
Resolución de 5 de diciembre de 2024, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Biovent Energía, SA, autorización administrativa previa para el módulo de generación fotovoltaica Tarayuela, de 30 MW de potencia instalada, y sus infraestructuras para evacuación de energía eléctrica, para su hibridación con el parque eólico existente Tarayuela, de 30 MW de potencia instalada, en Alentisque, Momblona y Morón de Almazán (Soria).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 19 de diciembre de 2024
Sec. III. Pág. 174921
Las características principales de esta planta fotovoltaica son las siguientes, de
acuerdo al documento «Proyecto Instalación Híbrida Tarayuela», fechado en 1 de
diciembre de 2021:
– Tipo de tecnología: Solar fotovoltaica.
– Potencia instalada, según artículo 3 del Real Decreto 413/2014, de 6 de junio: 30 MW.
– Potencia total de módulos: 36,175 MW correspondiente a 66990 módulos
de 540 W de silicio monocristalino, modelo Longi LR5-72HBD-540M.
– Potencia total de inversores: 30 MW correspondiente a 20 inversores tipo inversor
central de 1500 kVA, modelo FIMER R18615TL.
– Capacidad de acceso, según lo estipulado en los permisos de acceso y conexión,
otorgados por Red Eléctrica de España, SAU: 30 MW.
– Soporte: Estructura fija 3V9 y 3V10.
– Centros de transformación: Siete, de los cuales tres, incluyen 4 inversores (6 MVA),
dos, incluyen tres inversores (4,5 MVA), y otros dos, con un único inversor (1,5 MVA).
– Término municipal afectado: Alentisque (Soria).
Las infraestructuras de evacuación autorizadas se componen de:
– Las líneas subterráneas a 20 kV tienen como origen los centros de transformación
de la planta, discurriendo hasta la subestación Tarayuela 20/132 kV. Conductor tipo
Cable de aluminio 20 kV HEPRZ.
– Ampliación de la subestación eléctrica Tarayuela 20/132 kV, ubicada en el término
municipal de Morón de Almazán (Soria), que supone la instalación de tres nuevas
posiciones de 20 kV, que permitan la conexión de los tres circuitos a 20 kV procedentes
del módulo de generación fotovoltaica Tarayuela.
Son parte asimismo de las infraestructuras de evacuación, que no forma parte del
alcance de este expediente, las siguientes:
– Línea eléctrica aérea doble circuito de 132 kV SET Alentisque – SET Tarayuela –
SET Almazán (REE) y derivación SET Morón de Almazán, que cuenta con resolución de
autorización administrativa y aprobación del proyecto de ejecución de fecha 2 de enero
de 2006 y con Acta de comprobación y Autorización de Puesta en Servicio Parcial de
fecha 16 de marzo de 2006.
El promotor deberá cumplir las condiciones aceptadas durante la tramitación, así
como las condiciones impuestas y en los términos previstos en el citado Informe
de Determinación de Afección Ambiental (IDAA), emitido por la Dirección General
de Calidad y Evaluación Ambiental del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto
Demográfico.
Asimismo, deberá cumplir las normas técnicas y procedimientos de operación que
establezca el Operador del Sistema.
Para las modificaciones al proyecto que se debieran presentar, será de aplicación lo
establecido en el artículo 115 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
Esta autorización se concede sin perjuicio de cualesquiera concesiones y
autorizaciones que sean necesarias de acuerdo con otras disposiciones que resulten
aplicables, en especial, las relativas a ordenación del territorio y medio ambiente, así
como sin perjuicio del resto de autorizaciones y permisos que sean necesarios para la
ejecución de la obra.
De acuerdo con lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en
el artículo 62.2. i) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector
Público, contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, puede
interponerse recurso de alzada ante la persona titular de la Secretaria de Estado de
Energía en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la notificación o publicación
de la presente resolución, el último que se produzca.
cve: BOE-A-2024-26584
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 305
Jueves 19 de diciembre de 2024
Sec. III. Pág. 174921
Las características principales de esta planta fotovoltaica son las siguientes, de
acuerdo al documento «Proyecto Instalación Híbrida Tarayuela», fechado en 1 de
diciembre de 2021:
– Tipo de tecnología: Solar fotovoltaica.
– Potencia instalada, según artículo 3 del Real Decreto 413/2014, de 6 de junio: 30 MW.
– Potencia total de módulos: 36,175 MW correspondiente a 66990 módulos
de 540 W de silicio monocristalino, modelo Longi LR5-72HBD-540M.
– Potencia total de inversores: 30 MW correspondiente a 20 inversores tipo inversor
central de 1500 kVA, modelo FIMER R18615TL.
– Capacidad de acceso, según lo estipulado en los permisos de acceso y conexión,
otorgados por Red Eléctrica de España, SAU: 30 MW.
– Soporte: Estructura fija 3V9 y 3V10.
– Centros de transformación: Siete, de los cuales tres, incluyen 4 inversores (6 MVA),
dos, incluyen tres inversores (4,5 MVA), y otros dos, con un único inversor (1,5 MVA).
– Término municipal afectado: Alentisque (Soria).
Las infraestructuras de evacuación autorizadas se componen de:
– Las líneas subterráneas a 20 kV tienen como origen los centros de transformación
de la planta, discurriendo hasta la subestación Tarayuela 20/132 kV. Conductor tipo
Cable de aluminio 20 kV HEPRZ.
– Ampliación de la subestación eléctrica Tarayuela 20/132 kV, ubicada en el término
municipal de Morón de Almazán (Soria), que supone la instalación de tres nuevas
posiciones de 20 kV, que permitan la conexión de los tres circuitos a 20 kV procedentes
del módulo de generación fotovoltaica Tarayuela.
Son parte asimismo de las infraestructuras de evacuación, que no forma parte del
alcance de este expediente, las siguientes:
– Línea eléctrica aérea doble circuito de 132 kV SET Alentisque – SET Tarayuela –
SET Almazán (REE) y derivación SET Morón de Almazán, que cuenta con resolución de
autorización administrativa y aprobación del proyecto de ejecución de fecha 2 de enero
de 2006 y con Acta de comprobación y Autorización de Puesta en Servicio Parcial de
fecha 16 de marzo de 2006.
El promotor deberá cumplir las condiciones aceptadas durante la tramitación, así
como las condiciones impuestas y en los términos previstos en el citado Informe
de Determinación de Afección Ambiental (IDAA), emitido por la Dirección General
de Calidad y Evaluación Ambiental del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto
Demográfico.
Asimismo, deberá cumplir las normas técnicas y procedimientos de operación que
establezca el Operador del Sistema.
Para las modificaciones al proyecto que se debieran presentar, será de aplicación lo
establecido en el artículo 115 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
Esta autorización se concede sin perjuicio de cualesquiera concesiones y
autorizaciones que sean necesarias de acuerdo con otras disposiciones que resulten
aplicables, en especial, las relativas a ordenación del territorio y medio ambiente, así
como sin perjuicio del resto de autorizaciones y permisos que sean necesarios para la
ejecución de la obra.
De acuerdo con lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en
el artículo 62.2. i) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector
Público, contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, puede
interponerse recurso de alzada ante la persona titular de la Secretaria de Estado de
Energía en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la notificación o publicación
de la presente resolución, el último que se produzca.
cve: BOE-A-2024-26584
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 305