Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2024-26584)
Resolución de 5 de diciembre de 2024, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Biovent Energía, SA, autorización administrativa previa para el módulo de generación fotovoltaica Tarayuela, de 30 MW de potencia instalada, y sus infraestructuras para evacuación de energía eléctrica, para su hibridación con el parque eólico existente Tarayuela, de 30 MW de potencia instalada, en Alentisque, Momblona y Morón de Almazán (Soria).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 305

Jueves 19 de diciembre de 2024

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III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
Resolución de 5 de diciembre de 2024, de la Dirección General de Política
Energética y Minas, por la que se otorga a Biovent Energía, SA, autorización
administrativa previa para el módulo de generación fotovoltaica Tarayuela, de
30 MW de potencia instalada, y sus infraestructuras para evacuación de
energía eléctrica, para su hibridación con el parque eólico existente
Tarayuela, de 30 MW de potencia instalada, en Alentisque, Momblona y
Morón de Almazán (Soria).

Biovent Energía, SA, en adelante el promotor, solicitó mediante escrito fechado a 11
de febrero de 2022, subsanado en fecha 21 de abril de 2022, autorización administrativa
previa, autorización administrativa de construcción, declaración de impacto ambiental y
declaración, en concreto, de utilidad pública para el módulo de generación fotovoltaica
Tarayuela de 30 MW de potencia instalada y sus infraestructuras de evacuación a la red,
en los términos municipales de Alentisque, Momblona y Morón de Almazán, en la
provincia de Soria, para su hibridación con el parque eólico existente Tarayuela,
de 30 MW de potencia instalada. Con fecha 26 de abril de 2023, el promotor solicita
acogerse al procedimiento simplificado de autorización de proyectos de energías
renovables, de conformidad con lo establecido en el artículo 7 del citado Real Decretoley 6/2022, de 29 de marzo.
El expediente fue incoado en el Área Funcional de Industria y Energía de la
Subdelegación del Gobierno en Soria y se tramitó de conformidad con lo previsto en el
artículo 127 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las
actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de
autorización de instalaciones de energía eléctrica, habiéndose solicitado los
correspondientes informes a las distintas administraciones, organismos y empresas de
servicio público o de servicios de interés general en la parte que la instalación pueda
afectar a bienes y derechos a su cargo.
Se ha recibido contestación de la que no se deprende oposición del Administrador de
Infraestructuras Ferroviarias (ADIF), de la Dirección General del Instituto Geográfico
Nacional del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible, de la Sección de
Urbanismo del Servicio Territorial de Movilidad y Transformación Digital de Soria de la
Junta de Castilla y León y de la Subdirección General de Planificación, Red
Transeuropea y Logística del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible. Se ha
dado traslado al promotor de dichas contestaciones, el cual expresa su conformidad con
las mismas.
Se han recibido contestaciones de la Diputación de Soria, de la Confederación
Hidrográfica del Duero, de la Dirección General de Carreteras e Infraestructuras de
la Consejería de Movilidad y Transformación Digital de la Junta de Castilla y León y
del Servicio Territorial de Cultura y Turismo de la Delegación Territorial de Soria de
la Junta de Castilla y León en las que se establecen condicionados técnicos y, en su
caso, la necesidad de solicitar autorización ante dichos organismos por la ocupación o el
cruzamiento de la instalación con bienes o servicios de sus competencias. Se ha dado
traslado al promotor de dichas contestaciones, el cual expresa su conformidad con las
mismas.
Se ha recibido contestación de E-Distribución Redes Digitales, SLU, en la que
informa condicionados sobre el proyecto dadas las afecciones existentes en varias
instalaciones de su propiedad. Se ha dado traslado al promotor de dicha contestación, el

cve: BOE-A-2024-26584
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