Ministerio Para La Transformación Digital y de La Función Pública. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Cuerpos y escalas de la Administración General del Estado. (BOE-A-2024-26520)
Resolución de 17 de diciembre de 2024, de la Secretaría de Estado de Función Pública, por la que se convocan con carácter excepcional procesos selectivos para ingreso, por el sistema de concurso, para la estabilización de empleo temporal, en Cuerpos y Escalas de la Administración General del Estado, para el cupo de reserva de personas con discapacidad.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 305

Jueves 19 de diciembre de 2024

Sec. II.B. Pág. 174729

II. Valoración de Méritos en la Escala Técnica de Gestión de Organismos Autónomos,
Código 6000
La puntuación máxima de la fase de concurso será de 100 puntos.
1.

Méritos profesionales:

La valoración máxima de méritos profesionales, hasta la fecha de publicación de la
presente convocatoria, será de 60 puntos y se desglosará de la siguiente forma:
a) Valoración por mes completo de servicios efectivos prestados como personal
funcionario en la Escala Técnica de Gestión de Organismos Autónomos, Código 6000, o
en Cuerpos o Escalas de personal funcionario o como personal laboral de cualquier
Administración Pública u órganos constitucionales u órganos equivalentes de las
Comunidades Autónomas o en el resto de los organismos y entes del sector público con
funciones idénticas a las de la Escala Técnica de Gestión de Organismos Autónomos, a
razón de 0,50 puntos por mes completo hasta un máximo de diez años.
b) Valoración por mes completo de servicios efectivos prestados como personal
funcionario en Cuerpos o Escalas de personal funcionario o como personal laboral de
cualquier Administración Pública u órganos constitucionales y órganos equivalentes de
las Comunidades Autónomas con funciones diferentes a las de la Escala Técnica de
Gestión de Organismos Autónomos, a razón de 0,255 por mes completo hasta un
máximo de diez años.
A estos efectos, se computarán también en este apartado como servicios prestados, los
desempeñados en las Administraciones Públicas de los Estados miembros de la Unión
Europea así como la Administración Pública de aquellos Estados a los que, en virtud de
Tratados internacionales celebrados con la Unión Europea y ratificados por España, sea de
aplicación la libre circulación de trabajadores en los términos en que ésta se define en el
Tratado Constitutivo de la Comunidad Europea, siempre que se les reconozcan funciones
similares a las de la Escala Técnica de Gestión de Organismos Autónomos.
2.

Méritos académicos y de superación de ejercicios selectivos:

La valoración máxima de méritos académicos y de superación de ejercicios
selectivos, hasta la fecha de publicación de la presente convocatoria, será de 40 puntos
y se desglosará de la siguiente forma:
a) Por la superación en los últimos cinco años, a computar hasta la publicación de la
convocatoria, de uno o más ejercicios integrantes de los procesos selectivos para el acceso
a la Escala Técnica de Gestión de Organismos Autónomos, se otorgarán 20 puntos.
b) Por la realización de cursos de formación y de perfeccionamiento en los diez
años anteriores a la fecha de publicación de la convocatoria, con un máximo de 20
puntos; esta puntuación se otorgará de la forma siguiente:

Se valorarán únicamente aquellos cursos de formación y perfeccionamiento
debidamente acreditados, siempre que hayan sido desarrollados en el marco del
acuerdo de la formación para el empleo de las Administraciones Públicas, así como los
que estén incluidos en los planes o programas de formación interna de los distintos
Ministerios y Organismos de la Administración General del Estado.
Se valorará una sola vez la recepción o impartición de un curso sobre la misma materia.
No serán objeto de valoración en este apartado, las titulaciones o cursos
pertenecientes a una carrera universitaria, los de doctorado, los derivados de procesos
selectivos y los diplomas relativos a jornadas, seminarios, simposios, máster y similares.
Tampoco serán objeto de valoración aquellos cursos en cuya certificación no aparezca
su duración y fecha de realización.

cve: BOE-A-2024-26520
Verificable en https://www.boe.es

a. 5 puntos por cada curso recibido de una duración igual o superior a quince horas.
b. 5 puntos por cada curso impartido, con mínimo de dos horas de impartición.