Ministerio Para La Transformación Digital y de La Función Pública. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Cuerpos y escalas de la Administración General del Estado. (BOE-A-2024-26520)
Resolución de 17 de diciembre de 2024, de la Secretaría de Estado de Función Pública, por la que se convocan con carácter excepcional procesos selectivos para ingreso, por el sistema de concurso, para la estabilización de empleo temporal, en Cuerpos y Escalas de la Administración General del Estado, para el cupo de reserva de personas con discapacidad.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 19 de diciembre de 2024
Sec. II.B. Pág. 174732
Una vez finalizados los procesos de esta convocatoria extraordinaria, las personas
aspirantes que lo hayan superado podrán escoger entre todos los destinos que se
ofertaron en el proceso del turno ordinario equivalente al cuerpo, escala o especialidad.
ANEXO II
Instrucciones para cumplimentar la solicitud
Este apartado se rellenará según lo establecido en la solicitud de admisión a pruebas
selectivas en la Administración Pública y liquidación de tasas de derechos de examen
(modelo 790) y en las siguientes instrucciones particulares.
En el recuadro «Centro Gestor», se seleccionará «Instituto Nacional de
Administración Pública».
En el recuadro 15, se deberá seleccionar el «Cuerpo o Escala», al que desea
inscribirse (solo uno por solicitud presentada):
– Escala Técnica de Gestión de Organismos Autónomos, Código 6000.
– Cuerpo de Gestión de la Administración Civil del Estado, Código 1122.
En el recuadro 17, «Forma de acceso», se seleccionará: «Estabilización/sólo
concurso» (ESC).
En el recuadro 18, «Ministerio/Órgano/Entidad convocante», se seleccionará:
«Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública».
En los recuadros 21 a 24:
– En el recuadro 21 «Grado» las personas aspirantes con discapacidad deberán
indicar el porcentaje de discapacidad que tengan acreditado.
– En el recuadro 22 «Reserva» las personas aspirantes con un grado de
discapacidad igual o superior al 33 % que deseen participar en el proceso selectivo por el
cupo de reserva para personas con discapacidad, deberán indicarlo señalando la opción
«Sí, general».
– En el recuadro 24, se indicará la Comunidad Autónoma en la que se ha reconocido
su condición de discapacidad.
En el recuadro 26, «Títulos académicos oficiales», se consignará el título académico
que posea o esté en condición de poseer.
En el caso de exención de pago de la tasa o de reducción de esta, deberá adjuntarse
escaneada, a través de IPS, la documentación justificativa relacionada a continuación:
Estarán exentas del pago de esta tasa:
a) Las personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33 %, debiendo
acompañar a la solicitud certificado acreditativo de tal condición.
No será necesario presentar este certificado cuando la condición de discapacidad
haya sido reconocida en alguna de las Comunidades Autónomas que figuran en la
dirección http://administracion.gob.es/PAG/PID. En este caso, y con el consentimiento
explícito del solicitante, el órgano gestor podrá verificar esta condición mediante el
acceso a la Plataforma de Intermediación de Datos de las Administraciones Públicas
ofrecido a través del servicio Inscripción en Pruebas Selectivas.
El abono de los derechos de examen o, en su caso, la justificación de la concurrencia
de alguna de las causas de exención total o parcial del mismo deberá hacerse dentro del
plazo de presentación de solicitudes. En caso contrario se procederá a la exclusión del
aspirante.
En ningún caso, el pago de la tasa de derecho de los derechos de examen o la
justificación de la concurrencia de alguna de las causas de exención total o parcial del
mismo, supondrá la sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la
solicitud de participación en el proceso selectivo.
cve: BOE-A-2024-26520
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 305
Jueves 19 de diciembre de 2024
Sec. II.B. Pág. 174732
Una vez finalizados los procesos de esta convocatoria extraordinaria, las personas
aspirantes que lo hayan superado podrán escoger entre todos los destinos que se
ofertaron en el proceso del turno ordinario equivalente al cuerpo, escala o especialidad.
ANEXO II
Instrucciones para cumplimentar la solicitud
Este apartado se rellenará según lo establecido en la solicitud de admisión a pruebas
selectivas en la Administración Pública y liquidación de tasas de derechos de examen
(modelo 790) y en las siguientes instrucciones particulares.
En el recuadro «Centro Gestor», se seleccionará «Instituto Nacional de
Administración Pública».
En el recuadro 15, se deberá seleccionar el «Cuerpo o Escala», al que desea
inscribirse (solo uno por solicitud presentada):
– Escala Técnica de Gestión de Organismos Autónomos, Código 6000.
– Cuerpo de Gestión de la Administración Civil del Estado, Código 1122.
En el recuadro 17, «Forma de acceso», se seleccionará: «Estabilización/sólo
concurso» (ESC).
En el recuadro 18, «Ministerio/Órgano/Entidad convocante», se seleccionará:
«Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública».
En los recuadros 21 a 24:
– En el recuadro 21 «Grado» las personas aspirantes con discapacidad deberán
indicar el porcentaje de discapacidad que tengan acreditado.
– En el recuadro 22 «Reserva» las personas aspirantes con un grado de
discapacidad igual o superior al 33 % que deseen participar en el proceso selectivo por el
cupo de reserva para personas con discapacidad, deberán indicarlo señalando la opción
«Sí, general».
– En el recuadro 24, se indicará la Comunidad Autónoma en la que se ha reconocido
su condición de discapacidad.
En el recuadro 26, «Títulos académicos oficiales», se consignará el título académico
que posea o esté en condición de poseer.
En el caso de exención de pago de la tasa o de reducción de esta, deberá adjuntarse
escaneada, a través de IPS, la documentación justificativa relacionada a continuación:
Estarán exentas del pago de esta tasa:
a) Las personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33 %, debiendo
acompañar a la solicitud certificado acreditativo de tal condición.
No será necesario presentar este certificado cuando la condición de discapacidad
haya sido reconocida en alguna de las Comunidades Autónomas que figuran en la
dirección http://administracion.gob.es/PAG/PID. En este caso, y con el consentimiento
explícito del solicitante, el órgano gestor podrá verificar esta condición mediante el
acceso a la Plataforma de Intermediación de Datos de las Administraciones Públicas
ofrecido a través del servicio Inscripción en Pruebas Selectivas.
El abono de los derechos de examen o, en su caso, la justificación de la concurrencia
de alguna de las causas de exención total o parcial del mismo deberá hacerse dentro del
plazo de presentación de solicitudes. En caso contrario se procederá a la exclusión del
aspirante.
En ningún caso, el pago de la tasa de derecho de los derechos de examen o la
justificación de la concurrencia de alguna de las causas de exención total o parcial del
mismo, supondrá la sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la
solicitud de participación en el proceso selectivo.
cve: BOE-A-2024-26520
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 305