Ministerio Para La Transformación Digital y de La Función Pública. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2024-26595)
Resolución de 11 de diciembre de 2024, de la Secretaría de Estado de Función Pública, por la que se publica el Convenio con el Club Excelencia en Gestión, de colaboración y para la promoción de la excelencia y su reconocimiento.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 305
Jueves 19 de diciembre de 2024
Sec. III. Pág. 175035
3. Colaborar en el fomento de la realización de evaluaciones en organizaciones
públicas de forma conjunta con el Ministerio, según el procedimiento que se defina.
4. Atender, en su caso, las demandas del Ministerio en cuanto a formación de
empleados públicos para obtener las cualificaciones y acreditaciones como evaluadores
asesores EFQM, de acuerdo con el itinerario formativo correspondiente. Dicho itinerario
formativo se refiere a nuevos requerimientos de formación que a futuro pudieran
plantearse para empleados públicos de la Administración General del Estado, quedando
exceptuados del mismo los que a la firma de este convenio ya ostenten formación
acreditada por el Club.
La contratación, en su caso, de los cursos se realizará con sujeción a lo dispuesto en
la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se
transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del
Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, sin que por el presente
convenio el Ministerio asuma la obligación alguna de celebrarlos.
5. Facilitar a los empleados públicos propuestos por el Ministerio, teniendo en
cuenta lo previsto en el apartado anterior, materiales y recursos didáctico para impartir,
en su ámbito, sesiones de difusión y sensibilización sobre el Modelo EFQM y el proceso
de evaluación oficial y Sello EFQM.
6. Conceder condiciones especiales para acceder a la formación (no contemplada
en el punto 4) y para la incorporación al «Club de Evaluadores» de los funcionarios
propuestos por el Ministerio.
7. Informar periódicamente al Ministerio de las novedades o desarrollos realizados
por el propio CEG o por la EFQM, y mantener en su página web un enlace con los del
Ministerio, así como compartir iniciativas del Ministerio que resulten de interés en sus
redes sociales.
8. Informar al Ministerio de los eventos que organice y, en particular, del Foro de
Administraciones Públicas, que coordina el Ministerio, a través de la Dirección General
de Gobernanza Publica, y que el Club Excelencia en Gestión ofrece a todos sus socios
del sector como parte de su propuesta de valor.
9. Desarrollar actuaciones complementarias de las anteriores y estudiar las
propuestas de colaboración del Ministerio, que se instrumentarían mediante convenios
singulares.
Cuarta.
Compromisos económicos.
De conformidad con las previsiones del artículo 48.4 de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, el Ministerio se compromete a través
de la Secretaría de Estado de Función Pública a una aportación económica anual como
socio del CEG.
Las aportaciones económicas máximas por anualidades son las siguientes:
En caso de prórroga, la aportación económica se condiciona a la existencia de
crédito adecuado y suficiente en la ley de presupuestos generales del Estado para el
correspondiente ejercicio.
Quinta. Desarrollo, ejecución y seguimiento.
Para el desarrollo, ejecución y seguimiento de los compromisos recogidos en este
convenio el Ministerio estará representado por la Dirección General de Gobernanza
Pública, y el CEG por su Secretaría General.
Con esta finalidad, de acuerdo con lo establecido en el artículo 49 f) de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se constituirá una
cve: BOE-A-2024-26595
Verificable en https://www.boe.es
– Anualidad 2024: 2.154 euros que se abonarán con cargo a la aplicación
presupuestaria 33.06.921N.470 del ejercicio presupuestario vigente.
– Anualidad 2025: 2.248 euros que se abonarán con cargo a la aplicación
presupuestaria 33.06.921N.470 del año 2025.
Núm. 305
Jueves 19 de diciembre de 2024
Sec. III. Pág. 175035
3. Colaborar en el fomento de la realización de evaluaciones en organizaciones
públicas de forma conjunta con el Ministerio, según el procedimiento que se defina.
4. Atender, en su caso, las demandas del Ministerio en cuanto a formación de
empleados públicos para obtener las cualificaciones y acreditaciones como evaluadores
asesores EFQM, de acuerdo con el itinerario formativo correspondiente. Dicho itinerario
formativo se refiere a nuevos requerimientos de formación que a futuro pudieran
plantearse para empleados públicos de la Administración General del Estado, quedando
exceptuados del mismo los que a la firma de este convenio ya ostenten formación
acreditada por el Club.
La contratación, en su caso, de los cursos se realizará con sujeción a lo dispuesto en
la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se
transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del
Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, sin que por el presente
convenio el Ministerio asuma la obligación alguna de celebrarlos.
5. Facilitar a los empleados públicos propuestos por el Ministerio, teniendo en
cuenta lo previsto en el apartado anterior, materiales y recursos didáctico para impartir,
en su ámbito, sesiones de difusión y sensibilización sobre el Modelo EFQM y el proceso
de evaluación oficial y Sello EFQM.
6. Conceder condiciones especiales para acceder a la formación (no contemplada
en el punto 4) y para la incorporación al «Club de Evaluadores» de los funcionarios
propuestos por el Ministerio.
7. Informar periódicamente al Ministerio de las novedades o desarrollos realizados
por el propio CEG o por la EFQM, y mantener en su página web un enlace con los del
Ministerio, así como compartir iniciativas del Ministerio que resulten de interés en sus
redes sociales.
8. Informar al Ministerio de los eventos que organice y, en particular, del Foro de
Administraciones Públicas, que coordina el Ministerio, a través de la Dirección General
de Gobernanza Publica, y que el Club Excelencia en Gestión ofrece a todos sus socios
del sector como parte de su propuesta de valor.
9. Desarrollar actuaciones complementarias de las anteriores y estudiar las
propuestas de colaboración del Ministerio, que se instrumentarían mediante convenios
singulares.
Cuarta.
Compromisos económicos.
De conformidad con las previsiones del artículo 48.4 de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, el Ministerio se compromete a través
de la Secretaría de Estado de Función Pública a una aportación económica anual como
socio del CEG.
Las aportaciones económicas máximas por anualidades son las siguientes:
En caso de prórroga, la aportación económica se condiciona a la existencia de
crédito adecuado y suficiente en la ley de presupuestos generales del Estado para el
correspondiente ejercicio.
Quinta. Desarrollo, ejecución y seguimiento.
Para el desarrollo, ejecución y seguimiento de los compromisos recogidos en este
convenio el Ministerio estará representado por la Dirección General de Gobernanza
Pública, y el CEG por su Secretaría General.
Con esta finalidad, de acuerdo con lo establecido en el artículo 49 f) de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se constituirá una
cve: BOE-A-2024-26595
Verificable en https://www.boe.es
– Anualidad 2024: 2.154 euros que se abonarán con cargo a la aplicación
presupuestaria 33.06.921N.470 del ejercicio presupuestario vigente.
– Anualidad 2025: 2.248 euros que se abonarán con cargo a la aplicación
presupuestaria 33.06.921N.470 del año 2025.