Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades. III. Otras disposiciones. Comunidad Autónoma de Canarias. Convenio. (BOE-A-2024-26589)
Resolución de 11 de diciembre de 2024, de la Presidencia de la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, M.P., por la que se publica el Convenio con Promotur Turismo Canarias, SA, la Universidad de La Laguna, la Fundación Canaria General de la Universidad de La Laguna y la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria, para la realización conjunta de actuaciones para la gestión inteligente y la creación del producto de Turismo azul, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
32 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 305
Jueves 19 de diciembre de 2024
Sec. III. Pág. 174970
creación, desarrollo, transmisión y crítica del saber científico, técnico, artístico, humanista,
social y jurídico, a través de una docencia e investigación de calidad.
Quinto.
Que la Fundación General de la Universidad de La Laguna (en adelante, la
«FGULL») forma parte del sector público, y tiene carácter sin ánimo de lucro, y medio
propio y servicio técnico de la ULL; creada el 22 de septiembre de 1987, entre sus fines
fundacionales se encuentra la promoción, el favorecimiento y la instrumentalización de la
transferencia de conocimiento, tecnología y resultados de la investigación de la ULL
hacia las empresas, las Administraciones públicas y la sociedad en general
[artículo 2.2.f) de sus Estatutos].
Sexto.
Que la ULPGC es una entidad de sector público institucional de carácter
multisectorial y pluridisciplinar y con personalidad jurídica propia, que desarrolla
actividades de formación, investigación y desarrollo científico y tecnológico, interesada
en colaborar con los sectores socioeconómicos para asegurar el mejor cumplimiento de
los fines docentes, de investigación y de transferencia de tecnología y conocimiento.
Séptimo.
Que la ULPGC ha incluido como objetivo en el Plan Estratégico Institucional, dentro
de la estrategia de investigación, potenciar la investigación en los sectores y líneas
estratégicos susceptibles de mayor competitividad y obtener mejores resultados,
fomentando la participación conjunta a través de grupos interdisciplinares.
Para ello, y con la finalidad de consolidar y potenciar el Parque Científico Tecnológico
de la ULPGC, lo ha dotado de la fórmula jurídica de Fundación pública para su gestión,
como instrumento para la consecución del objetivo de coordinar las potencialidades de
búsqueda, el desarrollo y la innovación en Canarias, constituyendo la Fundación Canaria
Parque Científico Tecnológico de la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria (en
adelante, FCPCT), a la que podrá encargar la gestión económica, administrativa y
técnica del presente convenio, por ser la FCPCT, según se recoge en sus Estatutos, un
medio propio y servicio técnico de la ULPGC.
Octavo.
Que el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (a partir de aquí, MRR) establecido
por el Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de
febrero de 2021, por el cual se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia
de la UE (Reglamento del MRR), rige el Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia (PRTR) informado favorablemente por la Comisión Europea el 16 de junio
de 2021 y aprobado por el Consejo de la Unión Europea el 6 de julio de 2021.
Que entre los objetivos generales del Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia figuran el impulso a la transformación digital y el crecimiento inteligente,
sostenible e inclusivo, incluyendo actuaciones dirigidas a impulsar la I+D+i, que es un
factor crítico para incrementar la productividad y competitividad del país. Dentro de su
Política Palanca V: «Modernización y digitalización del tejido industrial y de la pyme,
recuperación del turismo e impulso a una España nación emprendedora» se encuentra el
componente 14, denominado «Plan de modernización y competitividad del sector
turístico», entre los objetivos del cual figura la implementación de acciones en el ámbito de
la transición verde y sostenible, en el marco de los Planes de Sostenibilidad Turística en
Destino, de acuerdo a criterios sostenibles y alineados con los ODS de la Agenda 2030.
cve: BOE-A-2024-26589
Verificable en https://www.boe.es
Noveno.
Núm. 305
Jueves 19 de diciembre de 2024
Sec. III. Pág. 174970
creación, desarrollo, transmisión y crítica del saber científico, técnico, artístico, humanista,
social y jurídico, a través de una docencia e investigación de calidad.
Quinto.
Que la Fundación General de la Universidad de La Laguna (en adelante, la
«FGULL») forma parte del sector público, y tiene carácter sin ánimo de lucro, y medio
propio y servicio técnico de la ULL; creada el 22 de septiembre de 1987, entre sus fines
fundacionales se encuentra la promoción, el favorecimiento y la instrumentalización de la
transferencia de conocimiento, tecnología y resultados de la investigación de la ULL
hacia las empresas, las Administraciones públicas y la sociedad en general
[artículo 2.2.f) de sus Estatutos].
Sexto.
Que la ULPGC es una entidad de sector público institucional de carácter
multisectorial y pluridisciplinar y con personalidad jurídica propia, que desarrolla
actividades de formación, investigación y desarrollo científico y tecnológico, interesada
en colaborar con los sectores socioeconómicos para asegurar el mejor cumplimiento de
los fines docentes, de investigación y de transferencia de tecnología y conocimiento.
Séptimo.
Que la ULPGC ha incluido como objetivo en el Plan Estratégico Institucional, dentro
de la estrategia de investigación, potenciar la investigación en los sectores y líneas
estratégicos susceptibles de mayor competitividad y obtener mejores resultados,
fomentando la participación conjunta a través de grupos interdisciplinares.
Para ello, y con la finalidad de consolidar y potenciar el Parque Científico Tecnológico
de la ULPGC, lo ha dotado de la fórmula jurídica de Fundación pública para su gestión,
como instrumento para la consecución del objetivo de coordinar las potencialidades de
búsqueda, el desarrollo y la innovación en Canarias, constituyendo la Fundación Canaria
Parque Científico Tecnológico de la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria (en
adelante, FCPCT), a la que podrá encargar la gestión económica, administrativa y
técnica del presente convenio, por ser la FCPCT, según se recoge en sus Estatutos, un
medio propio y servicio técnico de la ULPGC.
Octavo.
Que el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (a partir de aquí, MRR) establecido
por el Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de
febrero de 2021, por el cual se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia
de la UE (Reglamento del MRR), rige el Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia (PRTR) informado favorablemente por la Comisión Europea el 16 de junio
de 2021 y aprobado por el Consejo de la Unión Europea el 6 de julio de 2021.
Que entre los objetivos generales del Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia figuran el impulso a la transformación digital y el crecimiento inteligente,
sostenible e inclusivo, incluyendo actuaciones dirigidas a impulsar la I+D+i, que es un
factor crítico para incrementar la productividad y competitividad del país. Dentro de su
Política Palanca V: «Modernización y digitalización del tejido industrial y de la pyme,
recuperación del turismo e impulso a una España nación emprendedora» se encuentra el
componente 14, denominado «Plan de modernización y competitividad del sector
turístico», entre los objetivos del cual figura la implementación de acciones en el ámbito de
la transición verde y sostenible, en el marco de los Planes de Sostenibilidad Turística en
Destino, de acuerdo a criterios sostenibles y alineados con los ODS de la Agenda 2030.
cve: BOE-A-2024-26589
Verificable en https://www.boe.es
Noveno.