Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades. III. Otras disposiciones. Comunidad Autónoma de Canarias. Convenio. (BOE-A-2024-26589)
Resolución de 11 de diciembre de 2024, de la Presidencia de la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, M.P., por la que se publica el Convenio con Promotur Turismo Canarias, SA, la Universidad de La Laguna, la Fundación Canaria General de la Universidad de La Laguna y la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria, para la realización conjunta de actuaciones para la gestión inteligente y la creación del producto de Turismo azul, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 305
Jueves 19 de diciembre de 2024
Sec. III. Pág. 174968
Agencia Estatal Consejo Superior De Investigaciones Científicas, M.P. (en lo sucesivo,
«CSIC»), con NIF Q-2818002D, domicilio en la calle Serrano, núm. 117, Madrid (C.P.
28006), y dirección de correo electrónico vori@csic.es, nombrado por Acuerdo del
Consejo Rector del CSIC, en su reunión de 30 de noviembre de 2022 (BOE núm. 307,
de 23 diciembre de 2022, Resolución de la Presidencia CSIC de 14 de diciembre
de 2022, por la que se resuelve convocatoria de libre designación, efectuada por
Resolución de 16 de agosto de 2022, dándose publicidad al precitado Acuerdo), y en
virtud de las competencias que tiene delegadas por Resolución de 5 de diciembre
de 2023 de la Presidencia del CSIC (BOE núm. 301, de 18 de diciembre de 2023).
De otra parte, don Francisco Javier García Rodríguez, en su condición de Rector
Magnífico de la Universidad de La Laguna (a partir de aquí, «ULL») con NIF
Q-3818001D, domicilio en la calle Padre Herrera, s/n, San Cristóbal de La Laguna (C.P.
38204), y dirección de correo electrónico val_otc@ull.edu.es, según nombramiento por
Decreto 30/2023 de Presidencia del Gobierno de Canarias, de 20 de abril (BOC
núm. 081, de 26 de abril de 2023), y en virtud de las competencias otorgadas por el
artículo 50.1 la Ley Orgánica 2/2023, del Sistema Universitario (BOE núm. 70, de 23 de
marzo de 2023), y por el artículo 23 letra o) del Decreto 66/2022 de la Consejería de
Educación, Universidades, Cultura y Deportes, de 24 de marzo por el que se aprueban
los Estatutos de la Universidad de La Laguna (BOC núm. 067, de 5 de abril de 2022),
poderes que no han sido derogados ni modificados.
De otra parte, don Julio Antonio Brito Santana, en su condición de Director-Gerente
del Patronato de Fundación Canaria General de la Universidad de La Laguna (en
adelante, «FGULL»), inscrita en el Registro de Fundaciones Canarias con número 15,
con NIF G-38083408, domicilio en la calle Avenida de la Trinidad, núm. 61, Campus
Central ULL, Aulario Torre Profesor Agustín Arévalo, San Cristóbal de La Laguna (C.P.
38071), y dirección de correo electrónico notificaciones@fg.ull.es, según nombramiento y
en virtud de las competencias otorgadas por acuerdo del Patronato de la Fundación
reunido en sesión el día 26 de mayo de 2023, que consta en escritura pública, con
número de protocolo 1308, otorgada ante la Notaria del Ilustre Colegio Notarial de las
Islas Canarias, con residencia en de la ciudad de Santa Cruz de Tenerife, doña Aránzazu
Aznar Ondoño, con fecha de 5 de junio de 2023.
Y, de otra parte, don Lluís Serra Majem, Rector Magnífico de la Universidad de Las
Palmas de Gran Canaria (en adelante, «ULPGC»), con NIF Q-3518001 G, domicilio en la
calle Juan de Quesada, núm. 30, Las Palmas de Gran Canaria (CP 35001), y dirección
de correo electrónico srector@ulpgc.es, nombrado por Decreto de la Presidencia del
Gobierno de Canarias 11/2021, de 9 de marzo (BOC núm. 049, de 11 de marzo), en
virtud de las competencias dispuestas por el artículo 50.1 de la Ley Orgánica 2/2023,
de 22 de marzo, del sistema Universitario (BOE núm. 70, de 23 de marzo de 2023), y en
uso de la facultad atribuida por los artículos 78, 81.a) y 137 de los Estatutos de la
Universidad, aprobados por Decreto 107/2016 de la Consejería de Educación y
Universidades, de 1 de agosto, del Gobierno de Canarias (BOC núm. 153, de 09 de
agosto de 2016) y modificados por Decreto 138/2016 de la Consejería de Educación y
Universidades, de 10 de noviembre (BOC núm. 224, de 18 de noviembre de 2016),
poderes que no han sido derogados ni modificados.
EXPONEN
Primero.
Que Promotur es una sociedad mercantil pública adscrita a la Consejería de Turismo y
Empleo del Gobierno de Canarias que tiene la condición de medio propio personificado y
servicio técnico instrumental de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de
Canarias, según lo dispuesto por el artículo 1.º de sus vigentes Estatutos sociales; que tiene
cve: BOE-A-2024-26589
Verificable en https://www.boe.es
Todas las partes se reconocen mutua y recíprocamente capacidad jurídica suficiente
para suscribir el presente convenio, y a tal efecto
Núm. 305
Jueves 19 de diciembre de 2024
Sec. III. Pág. 174968
Agencia Estatal Consejo Superior De Investigaciones Científicas, M.P. (en lo sucesivo,
«CSIC»), con NIF Q-2818002D, domicilio en la calle Serrano, núm. 117, Madrid (C.P.
28006), y dirección de correo electrónico vori@csic.es, nombrado por Acuerdo del
Consejo Rector del CSIC, en su reunión de 30 de noviembre de 2022 (BOE núm. 307,
de 23 diciembre de 2022, Resolución de la Presidencia CSIC de 14 de diciembre
de 2022, por la que se resuelve convocatoria de libre designación, efectuada por
Resolución de 16 de agosto de 2022, dándose publicidad al precitado Acuerdo), y en
virtud de las competencias que tiene delegadas por Resolución de 5 de diciembre
de 2023 de la Presidencia del CSIC (BOE núm. 301, de 18 de diciembre de 2023).
De otra parte, don Francisco Javier García Rodríguez, en su condición de Rector
Magnífico de la Universidad de La Laguna (a partir de aquí, «ULL») con NIF
Q-3818001D, domicilio en la calle Padre Herrera, s/n, San Cristóbal de La Laguna (C.P.
38204), y dirección de correo electrónico val_otc@ull.edu.es, según nombramiento por
Decreto 30/2023 de Presidencia del Gobierno de Canarias, de 20 de abril (BOC
núm. 081, de 26 de abril de 2023), y en virtud de las competencias otorgadas por el
artículo 50.1 la Ley Orgánica 2/2023, del Sistema Universitario (BOE núm. 70, de 23 de
marzo de 2023), y por el artículo 23 letra o) del Decreto 66/2022 de la Consejería de
Educación, Universidades, Cultura y Deportes, de 24 de marzo por el que se aprueban
los Estatutos de la Universidad de La Laguna (BOC núm. 067, de 5 de abril de 2022),
poderes que no han sido derogados ni modificados.
De otra parte, don Julio Antonio Brito Santana, en su condición de Director-Gerente
del Patronato de Fundación Canaria General de la Universidad de La Laguna (en
adelante, «FGULL»), inscrita en el Registro de Fundaciones Canarias con número 15,
con NIF G-38083408, domicilio en la calle Avenida de la Trinidad, núm. 61, Campus
Central ULL, Aulario Torre Profesor Agustín Arévalo, San Cristóbal de La Laguna (C.P.
38071), y dirección de correo electrónico notificaciones@fg.ull.es, según nombramiento y
en virtud de las competencias otorgadas por acuerdo del Patronato de la Fundación
reunido en sesión el día 26 de mayo de 2023, que consta en escritura pública, con
número de protocolo 1308, otorgada ante la Notaria del Ilustre Colegio Notarial de las
Islas Canarias, con residencia en de la ciudad de Santa Cruz de Tenerife, doña Aránzazu
Aznar Ondoño, con fecha de 5 de junio de 2023.
Y, de otra parte, don Lluís Serra Majem, Rector Magnífico de la Universidad de Las
Palmas de Gran Canaria (en adelante, «ULPGC»), con NIF Q-3518001 G, domicilio en la
calle Juan de Quesada, núm. 30, Las Palmas de Gran Canaria (CP 35001), y dirección
de correo electrónico srector@ulpgc.es, nombrado por Decreto de la Presidencia del
Gobierno de Canarias 11/2021, de 9 de marzo (BOC núm. 049, de 11 de marzo), en
virtud de las competencias dispuestas por el artículo 50.1 de la Ley Orgánica 2/2023,
de 22 de marzo, del sistema Universitario (BOE núm. 70, de 23 de marzo de 2023), y en
uso de la facultad atribuida por los artículos 78, 81.a) y 137 de los Estatutos de la
Universidad, aprobados por Decreto 107/2016 de la Consejería de Educación y
Universidades, de 1 de agosto, del Gobierno de Canarias (BOC núm. 153, de 09 de
agosto de 2016) y modificados por Decreto 138/2016 de la Consejería de Educación y
Universidades, de 10 de noviembre (BOC núm. 224, de 18 de noviembre de 2016),
poderes que no han sido derogados ni modificados.
EXPONEN
Primero.
Que Promotur es una sociedad mercantil pública adscrita a la Consejería de Turismo y
Empleo del Gobierno de Canarias que tiene la condición de medio propio personificado y
servicio técnico instrumental de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de
Canarias, según lo dispuesto por el artículo 1.º de sus vigentes Estatutos sociales; que tiene
cve: BOE-A-2024-26589
Verificable en https://www.boe.es
Todas las partes se reconocen mutua y recíprocamente capacidad jurídica suficiente
para suscribir el presente convenio, y a tal efecto