Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades. III. Otras disposiciones. Comunidad Autónoma de Canarias. Convenio. (BOE-A-2024-26589)
Resolución de 11 de diciembre de 2024, de la Presidencia de la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, M.P., por la que se publica el Convenio con Promotur Turismo Canarias, SA, la Universidad de La Laguna, la Fundación Canaria General de la Universidad de La Laguna y la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria, para la realización conjunta de actuaciones para la gestión inteligente y la creación del producto de Turismo azul, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 305

Jueves 19 de diciembre de 2024

Sec. III. Pág. 174985

Por el CSIC:
– El/la investigador/a principal del Proyecto, designado/a como responsable de la
coordinación y seguimiento de las distintas áreas de actuación y de las relaciones con
Promotur; que ostentará la Secretaría.
– La persona titular de la Dirección del IEO-CSIC, o la persona en quien delegue.
– La persona titular de la Dirección del IPNA-CSIC, o la persona en quien delegue.
– La persona titular de la Dirección del IGME-CSIC, o la persona en quien delegue.
Por la ULL y la FGULL:
– Los cuatro investigadores principales del Proyecto en la ULL, designados como
responsables de la coordinación y seguimiento de las distintas áreas de actuación y de
las relaciones con Promotur.
Por la ULPGC:
– El/la investigador/a principal del Proyecto, designado/a como responsable de la
coordinación y seguimiento de las distintas áreas de actuación y de las relaciones con
Promotur.
– La persona titular del Rectorado de la ULPGC, o la persona en quien delegue.
Serán funciones de la Comisión:

Asimismo, la Comisión de Seguimiento podrá designar a determinadas personas
para que le auxilien en la ejecución de los Subproyectos concretos, así como en el
marco de la transferencia del conocimiento relativo a los resultados que vayan
produciéndose en el marco de las investigaciones llevadas a cabo, durante todo el
periodo de duración del presente convenio, a los efectos de que Promotur Turismo
Canarias, SA, pueda coordinar la estrategia de comunicación a utilizar y realizar las
gestiones pertinentes relativas al marketing de dicho conocimiento, incluido el desarrollo
de la campaña publicitaria a la que se compromete en virtud del presente convenio. En
este contexto y en su caso, podrán suscribirse los negocios jurídicos específicos que
resulten necesarios a los efectos de dar eficacia a la finalidad del presente convenio.
Los acuerdos de la Comisión se adoptarán de forma consensuada y se dejará
constancia de los mismos mediante acta que se adjuntará al expediente del presente
convenio.

cve: BOE-A-2024-26589
Verificable en https://www.boe.es

a. Evaluar, al menos anualmente, los resultados obtenidos con arreglo a la
metodología y cronograma de trabajo fijado en la memoria científico-técnica, así como a
los objetivos marcados, informando a las Partes de posibles incumplimientos.
b. Vigilar y controlar el cumplimiento de las obligaciones asumidas en virtud del
presente convenio, así como las actuaciones que se haya previsto desarrollar.
c. Dictar las instrucciones necesarias a nivel científico-técnico para asegurar la
adecuada realización de las actividades a desarrollar.
d. Informar sobre las incidencias acaecidas durante la ejecución del convenio o
proponer razonadamente su modificación, para su posterior desarrollo en las adendas
que corresponda.
e. Resolver, de manera consensuada, las discrepancias relativas a la interpretación
y aplicación del convenio.
f. Resolver incidencias que puedan surgir durante el desarrollo del Proyecto.
g. Determinar acciones de comunicación sobre las investigaciones realizadas y sus
resultados, con respeto a la normativa de protección de los derechos de propiedad
intelectual y/o industrial que fuera de aplicación.
h. Proponer, en su caso, la redistribución en la justificación del gasto de las distintas
partidas. Esas modificaciones, de ser aprobadas por la Comisión de Seguimiento,
deberán ser informadas a los responsables de la gestión económica y administrativa de
las Partes.