Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia. (BOE-A-2024-26505)
Orden PJC/1435/2024, de 4 de diciembre, por la que se convoca proceso selectivo para el acceso, por promoción interna, al Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 305
Jueves 19 de diciembre de 2024
Sec. II.B. Pág. 174469
Las personas interesadas pueden ejercer sus derechos también ante la Agencia
Española de Protección de Datos www.aepd.es.
6.
Tribunales
6.1 El Tribunal Calificador Único, los Tribunales Delegados en las Comunidades
Autónomas que convocan plazas y las unidades de colaboración serán nombrados por
Orden Ministerial. En su composición se atenderá al principio de composición equilibrada
entre sexos, actuando conforme al principio de transparencia.
Para la mejor y más ágil gestión del proceso selectivo, los Tribunales titulares podrán
incorporar al personal funcionario designado del respectivo Tribunal suplente en el
número impar que se determine, previa petición al Tribunal Calificador Único y
autorización del órgano convocante, manteniendo criterios de paridad.
6.2 En las sedes de examen donde no radique el Tribunal Calificador Único o un
Tribunal Delegado, el órgano competente del Ministerio de la Presidencia, Justicia y
Relaciones con las Cortes nombrará a personas funcionarias de la Administración General
del Estado, de la Administración Autonómica (que deben prestar en ambos casos servicio
en el Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes u órgano competente
de la Comunidad Autónoma) o de la Administración de Justicia, para colaborar en el
desarrollo de dichas pruebas bajo la dirección del Tribunal Calificador Único o Tribunal
Delegado, al que representarán, con las competencias de ejecución material y ordenación
administrativa de los distintos ejercicios que en cada prueba selectiva se les atribuya.
6.3 De acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, los Tribunales
velarán por el estricto cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades entre
ambos sexos.
6.4 Los Tribunales tendrán la categoría segunda de las previstas en el anexo IV del
Real Decreto 462/2002 de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio.
Debiendo publicarse un breve currículo profesional de las personas que formen parte del
órgano de selección.
La información sobre estas pruebas selectivas se facilitará en el Ministerio de la
Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes en el teléfono 918372295; la página
web del Ministerio de Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes
(www.mjusticia.gob.es); el punto de acceso general (www.administracion.gob.es); las
Gerencias territoriales del Ministerio y los órganos competentes de las Comunidades
Autónomas donde se convocan plazas.
6.5 En lo no previsto en la presente convocatoria, el funcionamiento de los
tribunales se regirá por lo previsto en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público.
6.6 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, la sede del Tribunal
Calificador Único será: c/San Bernardo n.º 21, 28071 Madrid (teléfono: 918372295), y
será de aplicación lo dispuesto en la base 5.3 en lo relativo a la unidad de registro para
presentación de documentación.
Los Tribunales Delegados tienen las sedes siguientes:
Comunidad
Autónoma
Andalucía.
Órgano
Consejería de Turismo, Regeneración, Justicia y Administración
Local.
D.G. de Oficina Judicial y Fiscal.
Plaza de la Gavidia, 10.
41071 – Sevilla.
www.juntadeandalucia.es/justicia/portal/adriano.
www.iaap.junta-andalucia.es/institutodeadministracionpublica.
Teléfono
955 031800
955 031840
cve: BOE-A-2024-26505
Verificable en https://www.boe.es
Tribunales Delegados
Núm. 305
Jueves 19 de diciembre de 2024
Sec. II.B. Pág. 174469
Las personas interesadas pueden ejercer sus derechos también ante la Agencia
Española de Protección de Datos www.aepd.es.
6.
Tribunales
6.1 El Tribunal Calificador Único, los Tribunales Delegados en las Comunidades
Autónomas que convocan plazas y las unidades de colaboración serán nombrados por
Orden Ministerial. En su composición se atenderá al principio de composición equilibrada
entre sexos, actuando conforme al principio de transparencia.
Para la mejor y más ágil gestión del proceso selectivo, los Tribunales titulares podrán
incorporar al personal funcionario designado del respectivo Tribunal suplente en el
número impar que se determine, previa petición al Tribunal Calificador Único y
autorización del órgano convocante, manteniendo criterios de paridad.
6.2 En las sedes de examen donde no radique el Tribunal Calificador Único o un
Tribunal Delegado, el órgano competente del Ministerio de la Presidencia, Justicia y
Relaciones con las Cortes nombrará a personas funcionarias de la Administración General
del Estado, de la Administración Autonómica (que deben prestar en ambos casos servicio
en el Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes u órgano competente
de la Comunidad Autónoma) o de la Administración de Justicia, para colaborar en el
desarrollo de dichas pruebas bajo la dirección del Tribunal Calificador Único o Tribunal
Delegado, al que representarán, con las competencias de ejecución material y ordenación
administrativa de los distintos ejercicios que en cada prueba selectiva se les atribuya.
6.3 De acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, los Tribunales
velarán por el estricto cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades entre
ambos sexos.
6.4 Los Tribunales tendrán la categoría segunda de las previstas en el anexo IV del
Real Decreto 462/2002 de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio.
Debiendo publicarse un breve currículo profesional de las personas que formen parte del
órgano de selección.
La información sobre estas pruebas selectivas se facilitará en el Ministerio de la
Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes en el teléfono 918372295; la página
web del Ministerio de Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes
(www.mjusticia.gob.es); el punto de acceso general (www.administracion.gob.es); las
Gerencias territoriales del Ministerio y los órganos competentes de las Comunidades
Autónomas donde se convocan plazas.
6.5 En lo no previsto en la presente convocatoria, el funcionamiento de los
tribunales se regirá por lo previsto en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público.
6.6 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, la sede del Tribunal
Calificador Único será: c/San Bernardo n.º 21, 28071 Madrid (teléfono: 918372295), y
será de aplicación lo dispuesto en la base 5.3 en lo relativo a la unidad de registro para
presentación de documentación.
Los Tribunales Delegados tienen las sedes siguientes:
Comunidad
Autónoma
Andalucía.
Órgano
Consejería de Turismo, Regeneración, Justicia y Administración
Local.
D.G. de Oficina Judicial y Fiscal.
Plaza de la Gavidia, 10.
41071 – Sevilla.
www.juntadeandalucia.es/justicia/portal/adriano.
www.iaap.junta-andalucia.es/institutodeadministracionpublica.
Teléfono
955 031800
955 031840
cve: BOE-A-2024-26505
Verificable en https://www.boe.es
Tribunales Delegados