Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia. (BOE-A-2024-26505)
Orden PJC/1435/2024, de 4 de diciembre, por la que se convoca proceso selectivo para el acceso, por promoción interna, al Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia.
23 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 19 de diciembre de 2024
5.

Sec. II.B. Pág. 174467

Solicitudes y documentación

5.1 De acuerdo con el reglamento de actuación y funcionamiento del sector público
por medios electrónicos, aprobado por el Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo y que
establece la obligatoriedad del uso de medios electrónicos en los procesos selectivos para
el acceso al empleo público en el ámbito de la Administración General del Estado, quienes
deseen participar en estos procesos selectivos deberán cumplimentar y presentar
electrónicamente el modelo oficial de solicitud de admisión a pruebas selectivas en la
Administración Pública y liquidación de tasas de derechos de examen (modelo 790), que
estará disponible en el servicio de Inscripción en Pruebas Selectivas (IPS) del Punto de
Acceso General (https://administracion.gob.es/pag_Home/empleoPublico/ips.html), de
acuerdo con las instrucciones que se indican. Las Comunidades Autónomas que oferten
plazas podrán crear un enlace desde sus respectivas páginas web a este formulario.
No obstante, si una incidencia técnica debidamente acreditada imposibilitara el
funcionamiento ordinario de los sistemas, impidiendo con ello la presentación electrónica de
la solicitud y su pago por medios electrónicos, el órgano convocante podrá acordar de
manera extraordinaria la ampliación del plazo de presentación de solicitudes. En el caso de
que se produzca alguna incidencia técnica durante el proceso de inscripción, los
participantes deberán dirigirse al teléfono 060 o rellenar el formulario de consultas/
incidencias disponibles en la siguiente dirección https://centrodeservicios.redsara.es/ayuda/
consulta/IPS».
5.2 La presentación de la solicitud electrónica se realizará en el plazo de veinte
días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de la presente orden en el
«Boletín Oficial del Estado», y se dirigirá a la Secretaría de Estado de Justicia. La no
presentación de esta en tiempo y forma supondrá la exclusión del aspirante.
5.3 La presentación y el pago de la correspondiente tasa se realizarán por vía
electrónica, a través del servicio de Inscripción en Procesos-Pruebas Selectivas del punto
de acceso general, http://administración.gob.es/PAG/ips, al que se puede acceder
directamente o a través del portal web del Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones
con las Cortes, www.mjusticia.gob.es (Ciudadanos-Empleo público) de acuerdo con las
instrucciones que se indican.
Las personas aspirantes que estén exentas del pago de la tasa o tengan derecho a
la reducción de ésta, adjuntarán en formato electrónico la documentación acreditativa de
la reducción o exención.
5.4 Tasa de derechos de examen. El importe de la tasa por derechos de examen
será de 11,67 euros y de 5,84 euros para las familias numerosas de categoría general.
5.5 Exención o reducción de tasas. Estarán exentos del pago de tasas:
a) Las personas con un grado de discapacidad igual o superior al treinta y tres por
ciento, debiendo acompañar a la solicitud certificado acreditativo de tal condición.
No será necesario presentar este certificado cuando la condición de discapacidad
haya sido reconocida en alguna de las Comunidades Autónomas que figuran en la
dirección http://administracion.gob.es/PAG/PID. En este caso, y previa conformidad de la
persona interesada, el órgano gestor podrá verificar esta condición mediante el acceso a
la plataforma de intermediación de datos de las Administraciones Públicas ofrecido a
través del servicio inscripción en pruebas selectivas.
b) Las personas que figuren como demandantes de empleo durante el plazo, al
menos, de un mes anterior a la fecha de la convocatoria. Serán requisitos para el disfrute
de la exención que, en el plazo de que se trate, no hubieran rechazado oferta de empleo
adecuado ni se hubiesen negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de
promoción, formación o reconversión profesional y que, asimismo, carezcan de rentas
superiores, en cómputo mensual, al salario mínimo interprofesional. La certificación
relativa a la condición de demandante de empleo, con los requisitos señalados, se
solicitará en la oficina de los servicios públicos de empleo. La justificación de rentas se
acreditará mediante la declaración del IRPF del último ejercicio.

cve: BOE-A-2024-26505
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 305