Ministerio de Hacienda. I. Disposiciones generales. Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. (BOE-A-2024-26484)
Orden HAC/1432/2024, de 11 de diciembre, por la que se modifica la Orden EHA/3127/2009, de 10 de noviembre, por la que se aprueba el modelo 190 para la Declaración del resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas sobre rendimientos del trabajo y de actividades económicas, premios y determinadas ganancias patrimoniales e imputaciones de renta.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 305

Jueves 19 de diciembre de 2024

Sec. I. Pág. 174155

I. DISPOSICIONES GENERALES

MINISTERIO DE HACIENDA
Orden HAC/1432/2024, de 11 de diciembre, por la que se modifica la Orden
EHA/3127/2009, de 10 de noviembre, por la que se aprueba el modelo 190
para la Declaración del resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta del
Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas sobre rendimientos del
trabajo y de actividades económicas, premios y determinadas ganancias
patrimoniales e imputaciones de renta.

La presente orden ministerial introduce diversas modificaciones en la Orden
EHA/3127/2009, de 10 de noviembre, por la que se aprueba el modelo 190 para la
declaración del resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta del Impuesto sobre la
Renta de las Personas Físicas sobre rendimientos del trabajo y de actividades
económicas, premios y determinadas ganancias patrimoniales e imputaciones de renta y
se modifican las condiciones para la presentación por vía telemática de los modelos 111
y 117 por los obligados tributarios que tengan la consideración de grandes empresas, así
como la hoja interior de relación de socios, herederos, comuneros o partícipes del
modelo 184 y los diseños lógicos de los modelos 184 y 193, con la finalidad de disponer
de una información más precisa que permita una mejor asistencia a los contribuyentes
en la cumplimentación de su declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas
Físicas y la de simplificar trámites para el contribuyente.
Con estos objetivos, se realiza un desglose adicional de las subclaves de la clave
«C. Rendimientos del trabajo: Prestaciones o subsidios por desempleo», del modelo 190,
abonadas por el Servicio Público de Empleo Estatal, con el fin de identificar y distinguir
con mayor claridad entre las prestaciones de carácter contributivo y no contributivo. Esta
distinción resulta necesaria dada la influencia que el abono de tales prestaciones y
ayudas –según su carácter contributivo o no contributivo– puede tener, a su vez, en el
pago de otras prestaciones como el Ingreso Mínimo Vital, aprobado por la Ley 19/2021,
de 20 de diciembre. Esta modificación será aplicable por primera vez para la
presentación del modelo 190 correspondiente al ejercicio 2025 y cuyo plazo de
presentación se inicie a partir del 1 de enero de 2026.
En segundo lugar, y continuando en la línea de reducir, en la medida de lo posible,
requerimientos al contribuyente, se ha valorado y considerado la procedencia de
posibilitar la cumplimentación del campo «Reducciones Aplicables», de los registros de
perceptor –que hasta el ejercicio 2023, únicamente se podía cumplimentar en el caso de
retribuciones de las claves «A», «B» o «C», únicos supuestos en el que la existencia de
rendimientos irregulares, caso de existir, influyen en el cálculo del tipo de retención–, en
los supuestos también de prestaciones derivadas de las claves «E», «F», «G», «H» e «I»
cuando tales prestaciones tengan la consideración de rendimientos irregulares o con un
período de generación superior a dos años, a fin de facilitar el previo conocimiento por la
Administración del carácter irregular de estos rendimientos.
En tercer lugar, la Ley 28/2022, de 21 de diciembre, de fomento del ecosistema de
las empresas emergentes, modifica, con efectos desde el 1 de enero de 2023, la letra f)
del apartado 3 del artículo 42 de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre
la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos
sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio, para ampliar
a 50.000 euros el límite exento en caso de retribuciones en especie derivadas de entrega
de acciones o participaciones concedidas a los trabajadores de una empresa emergente
a las que se refiere la Ley 28/2022, de 21 de diciembre.
Los posibles excesos, que no estén exentos por superar la cuantía anteriormente
prevista, tributarán como rendimientos del trabajo de forma diferida, de acuerdo con la

cve: BOE-A-2024-26484
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