Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes. I. Disposiciones generales. Formación profesional. (BOE-A-2024-26486)
Orden EFD/1434/2024, de 11 de diciembre, por la que se actualizan determinadas cualificaciones profesionales de las familias profesionales Actividades Físicas y Deportivas; Artes y Artesanías; Seguridad y Medio Ambiente; Servicios Socioculturales y a la Comunidad; y Vidrio y Cerámica recogidas en el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 305
Jueves 19 de diciembre de 2024
Disposición final primera.
Sec. I. Pág. 174181
Título competencial.
Esta orden se dicta en virtud de la competencia exclusiva que atribuye al Estado el
artículo 149.1.30.ª de la Constitución Española, sobre regulación de las condiciones de
obtención, expedición y homologación de los títulos académicos y profesionales.
Disposición final segunda.
Habilitación para el desarrollo normativo.
Se habilita a la persona titular del Ministerio de Educación, Formación Profesional y
Deportes a dictar las normas necesarias para el desarrollo de lo dispuesto en esta orden,
en el ámbito de sus competencias.
Disposición final tercera.
Entrada en vigor.
Esta orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial
del Estado».
cve: BOE-A-2024-26486
Verificable en https://www.boe.es
Madrid, 11 de diciembre de 2024.–La Ministra de Educación, Formación Profesional y
Deportes, María del Pilar Alegría Continente.
Núm. 305
Jueves 19 de diciembre de 2024
Disposición final primera.
Sec. I. Pág. 174181
Título competencial.
Esta orden se dicta en virtud de la competencia exclusiva que atribuye al Estado el
artículo 149.1.30.ª de la Constitución Española, sobre regulación de las condiciones de
obtención, expedición y homologación de los títulos académicos y profesionales.
Disposición final segunda.
Habilitación para el desarrollo normativo.
Se habilita a la persona titular del Ministerio de Educación, Formación Profesional y
Deportes a dictar las normas necesarias para el desarrollo de lo dispuesto en esta orden,
en el ámbito de sus competencias.
Disposición final tercera.
Entrada en vigor.
Esta orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial
del Estado».
cve: BOE-A-2024-26486
Verificable en https://www.boe.es
Madrid, 11 de diciembre de 2024.–La Ministra de Educación, Formación Profesional y
Deportes, María del Pilar Alegría Continente.