Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes. I. Disposiciones generales. Formación profesional. (BOE-A-2024-26486)
Orden EFD/1434/2024, de 11 de diciembre, por la que se actualizan determinadas cualificaciones profesionales de las familias profesionales Actividades Físicas y Deportivas; Artes y Artesanías; Seguridad y Medio Ambiente; Servicios Socioculturales y a la Comunidad; y Vidrio y Cerámica recogidas en el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales.
231 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 19 de diciembre de 2024
Sec. I. Pág. 174176
sociedad y las empresas. En este sentido, se ofrece a la ciudadanía una acceso sencillo,
universal y actualizado a la norma en vigor.
En la actualización de las cualificaciones profesionales que se anexan a esta norma
se ha contado con la participación y colaboración de los interlocutores sociales y
económicos vinculados a los sectores implicados, así como con las comunidades
autónomas y demás administraciones públicas competentes, a través del Consejo
General de Formación Profesional, en las fases de solicitud de personas expertas para la
configuración del Grupo de Trabajo de Cualificaciones, contraste externo, y en la emisión
del informe positivo que de las mismas es realizado por el propio Consejo General de
Formación Profesional, necesario y previo a su tramitación como orden.
Esta orden se dicta en virtud de la competencia exclusiva que atribuye al Estado el
artículo 149.1.30.ª de la Constitución Española, sobre regulación de las condiciones de
obtención, expedición y homologación de los títulos académicos y profesionales.
Por todo lo anterior, en su virtud, dispongo:
Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.
1. Esta orden tiene por objeto actualizar y modificar parcialmente determinadas
cualificaciones profesionales, en los términos que establecen los artículos 2 a 12.
2. Las cualificaciones profesionales actualizadas en esta orden tienen validez y son
de aplicación en todo el territorio nacional. Asimismo, no constituyen una regulación de
profesión regulada alguna.
Artículo 2. Cualificaciones profesionales que se actualizan y modifican parcialmente.
1. Las cualificaciones profesionales que se actualizan, corresponden a distintas
familias profesionales y son las que a continuación se relacionan:
a) Familia Profesional Actividades Físicas y Deportivas: Iniciación deportiva en
natación y sus especialidades. Nivel 2. AFD506_2, establecida por el Real
Decreto 146/2011, de 4 de febrero, por el que se complementa el Catálogo Nacional de
Cualificaciones Profesionales, mediante el establecimiento de doce cualificaciones
profesionales de la Familia Profesional Actividades Físicas y Deportivas, y se actualizan
determinadas cualificaciones profesionales de las establecidas en el Real
Decreto 295/2004, de 20 de febrero, en el Real Decreto 1087/2005, de 16 de septiembre,
y en el Real Decreto 1521/2007, de 16 de noviembre.
b) Familia Profesional Artes y Artesanías: Alfarería artesanal. Nivel 2. ART518_2,
establecida por el Real Decreto 145/2011, de 4 de febrero, por el que se complementa el
Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, mediante el establecimiento de diez
cualificaciones profesionales de la Familia Profesional Artes y Artesanías.
c) Familia Profesional Seguridad y Medio Ambiente: Limpieza en espacios abiertos
e instalaciones industriales. Nivel 1. SEA406_1, establecida por el Real
Decreto 1179/2008, de 11 de julio, por el que se complementa el Catálogo Nacional de
Cualificaciones Profesionales, mediante el establecimiento de diecisiete cualificaciones
profesionales de nivel 1, correspondientes a determinadas familias profesionales.
d) Familia Profesional Servicios Socioculturales y a la Comunidad: Limpieza de
superficies y mobiliario en edificios y locales. Nivel 1. SSC319_1, establecida por el Real
Decreto 1368/2007, de 19 de octubre, por el que se complementa el Catálogo Nacional
de Cualificaciones Profesionales, mediante el establecimiento de seis cualificaciones
profesionales de la familia profesional servicios socioculturales y a la comunidad.
e) Familia Profesional Vidrio y Cerámica:
1.ª Operaciones en línea automática de fabricación y transformación de vidrio.
Nivel 2. VIC055_2, establecida por el Real Decreto 295/2004, de 20 de febrero, por el
que se establecen determinadas cualificaciones profesionales que se incluyen en el
Catálogo nacional de cualificaciones profesionales, así como sus correspondientes
módulos formativos que se incorporan al Catálogo modular de formación profesional.
cve: BOE-A-2024-26486
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 305
Jueves 19 de diciembre de 2024
Sec. I. Pág. 174176
sociedad y las empresas. En este sentido, se ofrece a la ciudadanía una acceso sencillo,
universal y actualizado a la norma en vigor.
En la actualización de las cualificaciones profesionales que se anexan a esta norma
se ha contado con la participación y colaboración de los interlocutores sociales y
económicos vinculados a los sectores implicados, así como con las comunidades
autónomas y demás administraciones públicas competentes, a través del Consejo
General de Formación Profesional, en las fases de solicitud de personas expertas para la
configuración del Grupo de Trabajo de Cualificaciones, contraste externo, y en la emisión
del informe positivo que de las mismas es realizado por el propio Consejo General de
Formación Profesional, necesario y previo a su tramitación como orden.
Esta orden se dicta en virtud de la competencia exclusiva que atribuye al Estado el
artículo 149.1.30.ª de la Constitución Española, sobre regulación de las condiciones de
obtención, expedición y homologación de los títulos académicos y profesionales.
Por todo lo anterior, en su virtud, dispongo:
Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.
1. Esta orden tiene por objeto actualizar y modificar parcialmente determinadas
cualificaciones profesionales, en los términos que establecen los artículos 2 a 12.
2. Las cualificaciones profesionales actualizadas en esta orden tienen validez y son
de aplicación en todo el territorio nacional. Asimismo, no constituyen una regulación de
profesión regulada alguna.
Artículo 2. Cualificaciones profesionales que se actualizan y modifican parcialmente.
1. Las cualificaciones profesionales que se actualizan, corresponden a distintas
familias profesionales y son las que a continuación se relacionan:
a) Familia Profesional Actividades Físicas y Deportivas: Iniciación deportiva en
natación y sus especialidades. Nivel 2. AFD506_2, establecida por el Real
Decreto 146/2011, de 4 de febrero, por el que se complementa el Catálogo Nacional de
Cualificaciones Profesionales, mediante el establecimiento de doce cualificaciones
profesionales de la Familia Profesional Actividades Físicas y Deportivas, y se actualizan
determinadas cualificaciones profesionales de las establecidas en el Real
Decreto 295/2004, de 20 de febrero, en el Real Decreto 1087/2005, de 16 de septiembre,
y en el Real Decreto 1521/2007, de 16 de noviembre.
b) Familia Profesional Artes y Artesanías: Alfarería artesanal. Nivel 2. ART518_2,
establecida por el Real Decreto 145/2011, de 4 de febrero, por el que se complementa el
Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, mediante el establecimiento de diez
cualificaciones profesionales de la Familia Profesional Artes y Artesanías.
c) Familia Profesional Seguridad y Medio Ambiente: Limpieza en espacios abiertos
e instalaciones industriales. Nivel 1. SEA406_1, establecida por el Real
Decreto 1179/2008, de 11 de julio, por el que se complementa el Catálogo Nacional de
Cualificaciones Profesionales, mediante el establecimiento de diecisiete cualificaciones
profesionales de nivel 1, correspondientes a determinadas familias profesionales.
d) Familia Profesional Servicios Socioculturales y a la Comunidad: Limpieza de
superficies y mobiliario en edificios y locales. Nivel 1. SSC319_1, establecida por el Real
Decreto 1368/2007, de 19 de octubre, por el que se complementa el Catálogo Nacional
de Cualificaciones Profesionales, mediante el establecimiento de seis cualificaciones
profesionales de la familia profesional servicios socioculturales y a la comunidad.
e) Familia Profesional Vidrio y Cerámica:
1.ª Operaciones en línea automática de fabricación y transformación de vidrio.
Nivel 2. VIC055_2, establecida por el Real Decreto 295/2004, de 20 de febrero, por el
que se establecen determinadas cualificaciones profesionales que se incluyen en el
Catálogo nacional de cualificaciones profesionales, así como sus correspondientes
módulos formativos que se incorporan al Catálogo modular de formación profesional.
cve: BOE-A-2024-26486
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 305