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Anuncio de la Confederación Hidrográfica del Segura O.A., de Resolución de deslinde. Expediente: ADL-9/2023.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 19 de diciembre de 2024

Sec. V-B. Pág. 73102

suspensión cautelar del otorgamiento de licencias de obras en el ámbito afectado
por el deslinde.
La última notificación entregada a un titular de los terrenos afectados por el
deslinde fue mediante agente notificador, el 20 de febrero de 2024, a las 12:52. A
partir de esta fecha, en virtud del artículo 242.2 del RDPH, pasado un mes puede
procederse a la consulta pública de la propuesta de deslinde.
En el plazo estipulado legalmente, se recibieron las siguientes alegaciones:
- El 30 de enero de 2024, con núm. de registro REGAGE24e00007194547,
Pilar Salvador Corella, en representación de la mercantil Metrovacesa, suelo y
promoción, S.A., a la que corresponde la presidencia de la Junta de Compensación
de la Unidad de Actuación Única del Sector ZP-CH3-2 en Churra (Murcia),
presenta un escrito solicitando que se apruebe un deslinde conforme con la
propuesta de delimitación del DPH que se desprendía del informe de 6 de agosto
de 2009 de la Comisaría de Aguas de la Confederación Hidrográfica del Segura
O.A.
- El 31 de enero de 2024, con núm. de registro REGAGE24e00007516121,
Elena María Sánchez López, en representación de la mercantil Hampton Bay
Investments S.L., presenta un escrito solicitando la aprobación de la delimitación
del DPH de la Rambla Baja Churra o Torre Alcayna conforme a la propuesta de
delimitación de dicho dominio, que se desprendía del Informe de la Comisaría de
Aguas de fecha 6 de agosto de 2009.
- El 31 de enero de 2024, con núms. de registro REGAGE24e00007732615 y
REGAGE24e00008770123, Daniel Caminero García, en representación de Anida
Operaciones Singulares S.A.U., presenta un escrito solicitando la aprobación de la
delimitación del DPH de la Rambla Baja Churra o Torre Alcayna conforme a la
propuesta de delimitación de dicho dominio, que se desprendía del Informe de la
Comisaría de Aguas de fecha 6 de agosto de 2009.
- El 14 de febrero de 2024, con núms. de registro REGAGE24e00011654147 y
REGAGE24e00011905339, Jaime de Gabriel Pérez del Pulgar, en representación
de Tritón Capital S.A., presenta un escrito alegando que es propietaria de dos
parcelas sitas en el Polígono Industrial Thader, en el T.M. de Murcia, y que a la
vista de las distancias en las que se encuentran ambas parcelas respecto a la
rambla Baja de Churra objeto de este expediente de deslinde, solo una de ellas se
encontraría dentro de la zona de policía, tomando como referencia el DPH
cartográfico que aparece en el Servicio Central de Cartografía e Información
Urbanística del Ayuntamiento de Murcia. Según el escrito, ninguna de las dos
parcelas puede resultar afectada por el deslinde ni por la suspensión de
autorizaciones o licencias durante el plazo que dure la tramitación del expediente,
al ser clara la ausencia de lindes de dichas parcelas con el DPH y la considerable
distancia a la que se encuentra este.
- El 28 de febrero de 2024, con núm. de registro REGAGE24e00015571995,
José Francisco Hernández Perona y Aharón Pérez Botella, en representación de
JUVER ALIMENTACION, S.L., presentan un escrito alegando que la incoación del
expediente ADL-9/2023 es un abuso de derecho y una vulneración del derecho a
la seguridad jurídica y a una buena administración, solicitando que se deje sin
efecto el acuerdo de incoación y se proceda al archivo del expediente. Además,
sostienen la inexistencia de dominio público hidráulico en el tramo que se pretende
deslindar, por falta de determinación del cauce natural de la rambla, solicitando por

cve: BOE-B-2024-46491
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Núm. 305