Ministerio de Industria y Turismo. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Escala de Titulados Superiores de Organismos Autónomos del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo. (BOE-A-2024-26407)
Resolución de 9 de diciembre de 2024, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para el ingreso, por el sistema general de acceso libre, en la Escala de Titulados Superiores de Organismos Autónomos del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo, especialidad de Propiedad Industrial, y se encomienda la gestión material de las pruebas selectivas a la Oficina Española de Patentes y Marcas, O.A.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 304
Miércoles 18 de diciembre de 2024
Sec. II.B. Pág. 173799
c. En el supuesto de que alguno de los aspirantes con discapacidad que se hubiera
presentado por el cupo de reserva superase los ejercicios y no obtuviese plaza en el
citado cupo, siendo su puntuación superior a la obtenida por otros aspirantes del sistema
de acceso general, será incluido por su orden de puntuación en el sistema de acceso
general.
2.2
Distribución de las plazas por ramas y áreas de la especialidad:
– Rama técnica: 24 plazas, con la siguiente distribución:
● Área mecánica: 8 plazas.
● Área eléctrica: 8 plazas.
● Área química: 8 plazas.
– Rama informática (para gestión y soporte de los procedimientos en materia de
Propiedad Industrial): 5 plazas.
– Rama jurídica:5 plazas.
2.3
Acumulación de plazas:
a. Las plazas reservadas para las personas con discapacidad no cubiertas no
podrán acumularse a las de acceso general.
b. La autoridad convocante, a propuesta de la Directora de la Oficina Española de
Patentes y Marcas, O.A. (OEPM), podrá autorizar que en el caso de no cubrirse alguna
de las plazas de un área de la rama técnica o de la rama informática, se acumulen a las
de otra área de algunas de estas ramas, incluyendo a los aspirantes según la puntuación
obtenida. Las plazas de la rama jurídica no cubiertas no podrán acumularse a otras
ramas.
Encomienda de la gestión material de las pruebas selectivas a la Oficina Española
de Patentes y Marcas, O.A.
3.1 Se encomienda a la OEPM la gestión material de las pruebas selectivas
correspondientes a las convocatorias de acceso libre y de promoción interna.
3.2 La gestión material comprende las siguientes actividades: recepción de las
solicitudes de participación en las pruebas selectivas; propuesta al órgano convocante
de las resoluciones por las que se declaren aprobadas las listas de personas admitidas y
excluidas y se señale el lugar y la fecha de comienzo del primer ejercicio, así como la
relación de personas aspirantes excluidas, con indicación de las causas de exclusión;
propuesta de los miembros que han de formar los tribunales calificadores de las pruebas
de la fase de oposición; gestión de la operativa necesaria para el desarrollo material de
los ejercicios; recepción de los documentos acreditativos de las condiciones de
capacidad y requisitos exigidos en las convocatorias a las que hace referencia el
artículo 23 del Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la
Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción
Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado,
aprobado por el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo; propuesta de acumulación de
las plazas no cubiertas de un área de la rama técnica o de la rama informática a las de
otra área de algunas de estas ramas; organización del curso selectivo; propuesta de los
miembros que han de formar la Comisión de evaluación del curso selectivo; propuesta
de calificación de cada aspirante en el curso selectivo como «apto» o «no apto», y
cualquier otro trámite relacionado con las actividades del proceso selectivo cuya gestión
se encomiende, siempre que no suponga alteración de la titularidad de la competencia ni
de los elementos sustantivos de su ejercicio.
3.3 Los gastos originados por la gestión material objeto de esta encomienda
correrán a cargo de la sección presupuestaria correspondiente de la OEPM.
cve: BOE-A-2024-26407
Verificable en https://www.boe.es
3.
Núm. 304
Miércoles 18 de diciembre de 2024
Sec. II.B. Pág. 173799
c. En el supuesto de que alguno de los aspirantes con discapacidad que se hubiera
presentado por el cupo de reserva superase los ejercicios y no obtuviese plaza en el
citado cupo, siendo su puntuación superior a la obtenida por otros aspirantes del sistema
de acceso general, será incluido por su orden de puntuación en el sistema de acceso
general.
2.2
Distribución de las plazas por ramas y áreas de la especialidad:
– Rama técnica: 24 plazas, con la siguiente distribución:
● Área mecánica: 8 plazas.
● Área eléctrica: 8 plazas.
● Área química: 8 plazas.
– Rama informática (para gestión y soporte de los procedimientos en materia de
Propiedad Industrial): 5 plazas.
– Rama jurídica:5 plazas.
2.3
Acumulación de plazas:
a. Las plazas reservadas para las personas con discapacidad no cubiertas no
podrán acumularse a las de acceso general.
b. La autoridad convocante, a propuesta de la Directora de la Oficina Española de
Patentes y Marcas, O.A. (OEPM), podrá autorizar que en el caso de no cubrirse alguna
de las plazas de un área de la rama técnica o de la rama informática, se acumulen a las
de otra área de algunas de estas ramas, incluyendo a los aspirantes según la puntuación
obtenida. Las plazas de la rama jurídica no cubiertas no podrán acumularse a otras
ramas.
Encomienda de la gestión material de las pruebas selectivas a la Oficina Española
de Patentes y Marcas, O.A.
3.1 Se encomienda a la OEPM la gestión material de las pruebas selectivas
correspondientes a las convocatorias de acceso libre y de promoción interna.
3.2 La gestión material comprende las siguientes actividades: recepción de las
solicitudes de participación en las pruebas selectivas; propuesta al órgano convocante
de las resoluciones por las que se declaren aprobadas las listas de personas admitidas y
excluidas y se señale el lugar y la fecha de comienzo del primer ejercicio, así como la
relación de personas aspirantes excluidas, con indicación de las causas de exclusión;
propuesta de los miembros que han de formar los tribunales calificadores de las pruebas
de la fase de oposición; gestión de la operativa necesaria para el desarrollo material de
los ejercicios; recepción de los documentos acreditativos de las condiciones de
capacidad y requisitos exigidos en las convocatorias a las que hace referencia el
artículo 23 del Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la
Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción
Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado,
aprobado por el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo; propuesta de acumulación de
las plazas no cubiertas de un área de la rama técnica o de la rama informática a las de
otra área de algunas de estas ramas; organización del curso selectivo; propuesta de los
miembros que han de formar la Comisión de evaluación del curso selectivo; propuesta
de calificación de cada aspirante en el curso selectivo como «apto» o «no apto», y
cualquier otro trámite relacionado con las actividades del proceso selectivo cuya gestión
se encomiende, siempre que no suponga alteración de la titularidad de la competencia ni
de los elementos sustantivos de su ejercicio.
3.3 Los gastos originados por la gestión material objeto de esta encomienda
correrán a cargo de la sección presupuestaria correspondiente de la OEPM.
cve: BOE-A-2024-26407
Verificable en https://www.boe.es
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