Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Cuerpos de funcionarios docentes. (BOE-A-2024-26406)
Resolución de 13 de diciembre de 2024, de la Subsecretaría, por la que se convocan procedimientos selectivos extraordinarios de estabilización, por el sistema de concurso, para el ingreso por reserva de discapacidad a los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria y Maestros, para plazas del ámbito de gestión territorial del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 304
Miércoles 18 de diciembre de 2024
8.
Sec. II.B. Pág. 173781
Publicación de las puntuaciones definitivas
8.1 Una vez estudiadas y resueltas por los Tribunales de Selección las alegaciones
presentadas contra las puntuaciones provisionales en tiempo y forma, se publicará en la
web del Ministerio, a la que se podrá acceder a través del siguiente enlace: https://
www.educacionfpydeportes.gob.es/contenidos/profesorado/no-universitarios/
oposiciones-y-ofertas-trabajo/convocatoria-estabilizacion/estabilizacion-ambito-mefp.html
y en el portal web de las Direcciones Provinciales del departamento en Ceuta y Melilla,
los resultados de la valoración definitiva de los méritos de los aspirantes que hayan
participado en el procedimiento selectivo.
8.2 Contra estas puntuaciones podrá interponerse recurso de alzada ante la
Subsecretaria, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su
publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 121 y 122 de la
Ley 39/2015 de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
9.
Superación del procedimiento selectivo
9.1 Superarán estos procedimientos y, por tanto, se declarará que han superado el
proceso selectivo en cada ciudad, aquellos aspirantes que, ordenados según la
puntuación definitiva asignada conforme al baremo establecido en el anexo II, les
corresponda un número de orden igual o inferior al número de plazas convocadas en el
cuerpo y especialidad correspondiente, en la Ciudad por la que se participa.
9.2
Criterios de desempate.
1) Mayor puntuación en los apartados del baremo de méritos por el orden en que
éstos aparezcan en la convocatoria.
La puntuación que se tome en consideración en cada apartado no podrá exceder de
la puntuación máxima establecida para cada uno de ellos en el baremo.
2) Mayor puntuación en los subapartados del baremo, por el orden en que éstos
aparezcan en la convocatoria.
Se atenderá a la puntuación obtenida en los distintos subapartados según el orden
jerárquico en que se organiza el baremo.
La puntuación que se tome en consideración en cada subapartado no podrá exceder
de la puntuación máxima establecida para cada uno de ellos en el baremo, ni de la que
corresponda como máximo al apartado o subapartado en que se hallen incluidos.
Cuando al aplicar estos criterios, alguno de los subapartados alcance la máxima
puntuación otorgada al apartado o subapartado al que pertenezca, no se tomarán en
consideración las puntuaciones del resto de subapartados.
3) De persistir el empate tras la aplicación de los criterios anteriores, se utilizará
como último criterio de desempate la experiencia acreditada por la persona aspirante en
centros públicos en la especialidad por la que participa, expresada en años, meses y
días.
9.3
Listas provisionales de seleccionados.
Aplicados los criterios de desempate, si proceden, se publicarán en la web del
Ministerio, a la que se accederá a través del siguiente enlace: https://
www.educacionfpydeportes.gob.es/contenidos/profesorado/no-universitarios/oposiciones-yofertas-trabajo/convocatoria-estabilizacion/estabilizacion-ambito-mefp.html, y en el portal
web de las Direcciones Provinciales del departamento en Ceuta y Melilla, la lista provisional
cve: BOE-A-2024-26406
Verificable en https://www.boe.es
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 26 del Real decreto 276/2007, de 23 de
febrero, en el supuesto de que al proceder a la ordenación de los aspirantes se
produjesen empates, éstos se resolverán atendiendo sucesivamente a los siguientes
criterios:
Núm. 304
Miércoles 18 de diciembre de 2024
8.
Sec. II.B. Pág. 173781
Publicación de las puntuaciones definitivas
8.1 Una vez estudiadas y resueltas por los Tribunales de Selección las alegaciones
presentadas contra las puntuaciones provisionales en tiempo y forma, se publicará en la
web del Ministerio, a la que se podrá acceder a través del siguiente enlace: https://
www.educacionfpydeportes.gob.es/contenidos/profesorado/no-universitarios/
oposiciones-y-ofertas-trabajo/convocatoria-estabilizacion/estabilizacion-ambito-mefp.html
y en el portal web de las Direcciones Provinciales del departamento en Ceuta y Melilla,
los resultados de la valoración definitiva de los méritos de los aspirantes que hayan
participado en el procedimiento selectivo.
8.2 Contra estas puntuaciones podrá interponerse recurso de alzada ante la
Subsecretaria, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su
publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 121 y 122 de la
Ley 39/2015 de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
9.
Superación del procedimiento selectivo
9.1 Superarán estos procedimientos y, por tanto, se declarará que han superado el
proceso selectivo en cada ciudad, aquellos aspirantes que, ordenados según la
puntuación definitiva asignada conforme al baremo establecido en el anexo II, les
corresponda un número de orden igual o inferior al número de plazas convocadas en el
cuerpo y especialidad correspondiente, en la Ciudad por la que se participa.
9.2
Criterios de desempate.
1) Mayor puntuación en los apartados del baremo de méritos por el orden en que
éstos aparezcan en la convocatoria.
La puntuación que se tome en consideración en cada apartado no podrá exceder de
la puntuación máxima establecida para cada uno de ellos en el baremo.
2) Mayor puntuación en los subapartados del baremo, por el orden en que éstos
aparezcan en la convocatoria.
Se atenderá a la puntuación obtenida en los distintos subapartados según el orden
jerárquico en que se organiza el baremo.
La puntuación que se tome en consideración en cada subapartado no podrá exceder
de la puntuación máxima establecida para cada uno de ellos en el baremo, ni de la que
corresponda como máximo al apartado o subapartado en que se hallen incluidos.
Cuando al aplicar estos criterios, alguno de los subapartados alcance la máxima
puntuación otorgada al apartado o subapartado al que pertenezca, no se tomarán en
consideración las puntuaciones del resto de subapartados.
3) De persistir el empate tras la aplicación de los criterios anteriores, se utilizará
como último criterio de desempate la experiencia acreditada por la persona aspirante en
centros públicos en la especialidad por la que participa, expresada en años, meses y
días.
9.3
Listas provisionales de seleccionados.
Aplicados los criterios de desempate, si proceden, se publicarán en la web del
Ministerio, a la que se accederá a través del siguiente enlace: https://
www.educacionfpydeportes.gob.es/contenidos/profesorado/no-universitarios/oposiciones-yofertas-trabajo/convocatoria-estabilizacion/estabilizacion-ambito-mefp.html, y en el portal
web de las Direcciones Provinciales del departamento en Ceuta y Melilla, la lista provisional
cve: BOE-A-2024-26406
Verificable en https://www.boe.es
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 26 del Real decreto 276/2007, de 23 de
febrero, en el supuesto de que al proceder a la ordenación de los aspirantes se
produjesen empates, éstos se resolverán atendiendo sucesivamente a los siguientes
criterios: