Ministerio de Trabajo y Economía Social. III. Otras disposiciones. Comunidad Autónoma de Galicia. Convenio. (BOE-A-2024-26472)
Resolución de 10 de diciembre de 2024, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre el Organismo Autónomo Organismo Estatal Inspección de Trabajo y Seguridad Social y la Comunidad Autónoma de Galicia, para el desarrollo efectivo de la cooperación para la consecución de los fines públicos asignados a la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 304
Miércoles 18 de diciembre de 2024
Sec. III. Pág. 174087
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL
26472
Resolución de 10 de diciembre de 2024, de la Secretaría General Técnica,
por la que se publica el Convenio entre el Organismo Autónomo Organismo
Estatal Inspección de Trabajo y Seguridad Social y la Comunidad Autónoma
de Galicia, para el desarrollo efectivo de la cooperación para la consecución
de los fines públicos asignados a la Inspección de Trabajo y Seguridad
Social.
Suscrito el Convenio entre el Organismo Autónomo Organismo Estatal Inspección de
Trabajo y Seguridad Social y la Comunidad Autónoma de Galicia para el desarrollo
efectivo de la cooperación para la consecución de los fines públicos asignados a la
Inspección de Trabajo y Seguridad Social, y en cumplimiento de lo dispuesto en el
artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público,
procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del citado convenio, que figura
como anexo de esta resolución.
Madrid, 10 de diciembre de 2024.–El Secretario General Técnico, Noel Rodríguez
García.
ANEXO
Convenio entre el Organismo Autónomo Organismo Estatal Inspección de Trabajo
y Seguridad Social y la Comunidad Autónoma de Galicia para el desarrollo efectivo
de la cooperación para la consecución de los fines públicos asignados a la
Inspección de Trabajo y Seguridad Social
En Madrid, a 2 de diciembre de 2024.
De una parte, don José González Vázquez, que interviene en su condición de
Conselleiro de Empleo, Comercio y Emigración, en virtud del Decreto 44/2024, de 14 de
abril, por el que se nombran a los titulares de las consellerías de la Xunta de Galicia,
actuando en nombre y representación de la Xunta de Galicia, en el ejercicio de las
facultades que le confiere el artículo 34 de la Ley 1/1983, de 22 de febrero, de normas
reguladoras de la Xunta y de su presidencia, así como el Decreto 147/2024, de 20 de
mayo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Empleo,
Comercio y Emigración.
Y de otra, doña Cristina Fernández González, Directora del Organismo Estatal
Inspección de Trabajo y Seguridad Social, nombrada por Real Decreto 21/2024, de 9 de
enero (BOE de 10 de enero), en quien recaen las funciones de representación del citado
Organismo Estatal, así como su dirección y gobierno, de acuerdo con lo dispuesto en el
artículo 8.2 de los Estatutos del Organismo Estatal Inspección de Trabajo y Seguridad
Social aprobados por del Real Decreto 192/2018, de 6 de abril (BOE de 7 de abril),
siendo competente para la firma del presente convenio, de conformidad con lo previsto
en el artículo 31.3 e) de la Ley 23/2015, de 21 de julio, Ordenadora del Sistema de
Inspección de Trabajo y Seguridad Social (BOE de 22 de julio), y artículo 8.3 g) de los ya
citados Estatutos del Organismo Autónomo todo ello en virtud de lo dispuesto en el
artículo 48.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público
(BOE de 2 de octubre).
cve: BOE-A-2024-26472
Verificable en https://www.boe.es
REUNIDOS
Núm. 304
Miércoles 18 de diciembre de 2024
Sec. III. Pág. 174087
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL
26472
Resolución de 10 de diciembre de 2024, de la Secretaría General Técnica,
por la que se publica el Convenio entre el Organismo Autónomo Organismo
Estatal Inspección de Trabajo y Seguridad Social y la Comunidad Autónoma
de Galicia, para el desarrollo efectivo de la cooperación para la consecución
de los fines públicos asignados a la Inspección de Trabajo y Seguridad
Social.
Suscrito el Convenio entre el Organismo Autónomo Organismo Estatal Inspección de
Trabajo y Seguridad Social y la Comunidad Autónoma de Galicia para el desarrollo
efectivo de la cooperación para la consecución de los fines públicos asignados a la
Inspección de Trabajo y Seguridad Social, y en cumplimiento de lo dispuesto en el
artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público,
procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del citado convenio, que figura
como anexo de esta resolución.
Madrid, 10 de diciembre de 2024.–El Secretario General Técnico, Noel Rodríguez
García.
ANEXO
Convenio entre el Organismo Autónomo Organismo Estatal Inspección de Trabajo
y Seguridad Social y la Comunidad Autónoma de Galicia para el desarrollo efectivo
de la cooperación para la consecución de los fines públicos asignados a la
Inspección de Trabajo y Seguridad Social
En Madrid, a 2 de diciembre de 2024.
De una parte, don José González Vázquez, que interviene en su condición de
Conselleiro de Empleo, Comercio y Emigración, en virtud del Decreto 44/2024, de 14 de
abril, por el que se nombran a los titulares de las consellerías de la Xunta de Galicia,
actuando en nombre y representación de la Xunta de Galicia, en el ejercicio de las
facultades que le confiere el artículo 34 de la Ley 1/1983, de 22 de febrero, de normas
reguladoras de la Xunta y de su presidencia, así como el Decreto 147/2024, de 20 de
mayo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Empleo,
Comercio y Emigración.
Y de otra, doña Cristina Fernández González, Directora del Organismo Estatal
Inspección de Trabajo y Seguridad Social, nombrada por Real Decreto 21/2024, de 9 de
enero (BOE de 10 de enero), en quien recaen las funciones de representación del citado
Organismo Estatal, así como su dirección y gobierno, de acuerdo con lo dispuesto en el
artículo 8.2 de los Estatutos del Organismo Estatal Inspección de Trabajo y Seguridad
Social aprobados por del Real Decreto 192/2018, de 6 de abril (BOE de 7 de abril),
siendo competente para la firma del presente convenio, de conformidad con lo previsto
en el artículo 31.3 e) de la Ley 23/2015, de 21 de julio, Ordenadora del Sistema de
Inspección de Trabajo y Seguridad Social (BOE de 22 de julio), y artículo 8.3 g) de los ya
citados Estatutos del Organismo Autónomo todo ello en virtud de lo dispuesto en el
artículo 48.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público
(BOE de 2 de octubre).
cve: BOE-A-2024-26472
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