Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática. I. Disposiciones generales. Subvenciones. (BOE-A-2024-26374)
Real Decreto 1283/2024, de 17 de diciembre, por el que se regula la concesión directa de subvenciones a los municipios de Barcelona y Madrid con el fin de llevar a cabo proyectos para la transformación digital y modernización de sus ayuntamientos, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 304
Miércoles 18 de diciembre de 2024
Artículo 5.
1.
Sec. I. Pág. 173612
Actuaciones subvencionables.
Las actuaciones subvencionables tendrán como objetivos de carácter general:
a) Mejora de la accesibilidad de los servicios públicos digitales a los ciudadanos y
empresas.
b) Reducción de la brecha digital.
c) Mejora de la eficiencia y eficacia de los empleados públicos.
d) Reutilización de los servicios y soluciones digitales construidas.
e) Utilización activa de las tecnologías emergentes en el despliegue de nuevos
servicios digitales (chatbots, automatización y robotización, plataformas, etc.).
Las actuaciones previstas en las líneas estratégicas a las que se refiere el apartado 2
coadyuvarán a la consecución de todos los ámbitos recogidos en el objetivo 168 y en el
hito 169 del PRTR.
2. Las actuaciones subvencionables deberán encuadrarse en alguna de las
siguiente líneas estratégicas, en el marco de la transformación digital de las
administraciones de entidades locales, pudiendo las entidades previstas en el
artículo 3.1 solicitar la subvención para el desarrollo de una de ellas o para varias. Las
líneas estratégicas son las siguientes:
a)
Línea estratégica 1. Administración orientada al ciudadano.
1.º Objetivo: mejorar los servicios públicos que se prestan a los ciudadanos y
empresas, favoreciendo la usabilidad, utilidad, calidad, accesibilidad, movilidad de los
servicios públicos digitales y la modernización de los procesos.
2.º Actuaciones subvencionables:
i. Desarrollo de apps para los servicios más utilizados. Desarrollo o adopción de los
servicios públicos digitales más demandados por ciudadanos y empresas, a través del
móvil, con especial énfasis en la usabilidad, accesibilidad y personalización de
contenidos.
ii. Desarrollo o adopción de asistentes virtuales para la atención a la ciudadanía y
empresas. Desarrollo o adopción de asistentes virtuales para la mejora de la atención al
ciudadano, dirigidos en particular a la orientación y tutela de ciudadanos y empresas en
los casos de uso de mayor impacto.
iii. Desarrollo de plataformas para la digitalización de los servicios públicos que
prestan las entidades locales. Desarrollo o adopción de herramientas que contribuyan a
la digitalización de las unidades de las administraciones locales que prestan servicios a
la ciudadanía, en particular en relación con los servicios sociales o la economía de los
cuidados.
1.º Objetivo: mejorar la calidad, cantidad y eficiencia de los servicios y procesos de
gestión y tramitación de las administraciones públicas, a través de la utilización de
tecnologías de automatización inteligente (Robotización de procesos, Inteligencia
artificial, etc.).
2.º Actuación subvencionable:
Automatización de servicios. Automatización inteligente de los procesos de
prestación de los servicios más utilizados por ciudadanos y empresas, empleando
tecnologías basadas en inteligencia artificial, gestión inteligente de procesos,
robotización de procesos o similares, para obtener una reducción de tiempos de
tramitación y una mejora del servicio.
cve: BOE-A-2024-26374
Verificable en https://www.boe.es
Se prevé que, de acuerdo con los ámbitos definidos en el objetivo 168 y en el
hito 169, a través de estas actuaciones se contribuya directamente a la consecución de
la transformación digital en términos de proactividad, movilidad y experiencia del usuario.
b) Línea estratégica 2. Operaciones inteligentes.
Núm. 304
Miércoles 18 de diciembre de 2024
Artículo 5.
1.
Sec. I. Pág. 173612
Actuaciones subvencionables.
Las actuaciones subvencionables tendrán como objetivos de carácter general:
a) Mejora de la accesibilidad de los servicios públicos digitales a los ciudadanos y
empresas.
b) Reducción de la brecha digital.
c) Mejora de la eficiencia y eficacia de los empleados públicos.
d) Reutilización de los servicios y soluciones digitales construidas.
e) Utilización activa de las tecnologías emergentes en el despliegue de nuevos
servicios digitales (chatbots, automatización y robotización, plataformas, etc.).
Las actuaciones previstas en las líneas estratégicas a las que se refiere el apartado 2
coadyuvarán a la consecución de todos los ámbitos recogidos en el objetivo 168 y en el
hito 169 del PRTR.
2. Las actuaciones subvencionables deberán encuadrarse en alguna de las
siguiente líneas estratégicas, en el marco de la transformación digital de las
administraciones de entidades locales, pudiendo las entidades previstas en el
artículo 3.1 solicitar la subvención para el desarrollo de una de ellas o para varias. Las
líneas estratégicas son las siguientes:
a)
Línea estratégica 1. Administración orientada al ciudadano.
1.º Objetivo: mejorar los servicios públicos que se prestan a los ciudadanos y
empresas, favoreciendo la usabilidad, utilidad, calidad, accesibilidad, movilidad de los
servicios públicos digitales y la modernización de los procesos.
2.º Actuaciones subvencionables:
i. Desarrollo de apps para los servicios más utilizados. Desarrollo o adopción de los
servicios públicos digitales más demandados por ciudadanos y empresas, a través del
móvil, con especial énfasis en la usabilidad, accesibilidad y personalización de
contenidos.
ii. Desarrollo o adopción de asistentes virtuales para la atención a la ciudadanía y
empresas. Desarrollo o adopción de asistentes virtuales para la mejora de la atención al
ciudadano, dirigidos en particular a la orientación y tutela de ciudadanos y empresas en
los casos de uso de mayor impacto.
iii. Desarrollo de plataformas para la digitalización de los servicios públicos que
prestan las entidades locales. Desarrollo o adopción de herramientas que contribuyan a
la digitalización de las unidades de las administraciones locales que prestan servicios a
la ciudadanía, en particular en relación con los servicios sociales o la economía de los
cuidados.
1.º Objetivo: mejorar la calidad, cantidad y eficiencia de los servicios y procesos de
gestión y tramitación de las administraciones públicas, a través de la utilización de
tecnologías de automatización inteligente (Robotización de procesos, Inteligencia
artificial, etc.).
2.º Actuación subvencionable:
Automatización de servicios. Automatización inteligente de los procesos de
prestación de los servicios más utilizados por ciudadanos y empresas, empleando
tecnologías basadas en inteligencia artificial, gestión inteligente de procesos,
robotización de procesos o similares, para obtener una reducción de tiempos de
tramitación y una mejora del servicio.
cve: BOE-A-2024-26374
Verificable en https://www.boe.es
Se prevé que, de acuerdo con los ámbitos definidos en el objetivo 168 y en el
hito 169, a través de estas actuaciones se contribuya directamente a la consecución de
la transformación digital en términos de proactividad, movilidad y experiencia del usuario.
b) Línea estratégica 2. Operaciones inteligentes.