Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación. I. Disposiciones generales. Subvenciones. (BOE-A-2024-26369)
Real Decreto 1278/2024, de 17 de diciembre, por el que se regula la concesión directa de subvenciones para cooperación internacional al desarrollo sostenible por la Secretaría de Estado de Cooperación Internacional del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 304

Miércoles 18 de diciembre de 2024

Sec. I. Pág. 173554

I. DISPOSICIONES GENERALES

MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA
Y COOPERACIÓN
Real Decreto 1278/2024, de 17 de diciembre, por el que se regula la
concesión directa de subvenciones para cooperación internacional al
desarrollo sostenible por la Secretaría de Estado de Cooperación
Internacional del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y
Cooperación.

La Ley 1/2023, de 20 de febrero, de Cooperación para el Desarrollo Sostenible y la
Solidaridad Global, señala que la política de cooperación para el desarrollo sostenible es
aquella que define los principios, objetivos, prioridades, instrumentos y recursos que
España despliega, como política pública, a través de su acción exterior para contribuir,
de manera coherente y en todas sus dimensiones, a las metas globales de desarrollo
sostenible establecidas por las Naciones Unidas, en la actualidad la Agenda 2030, la
Agenda de Financiación del Desarrollo Sostenible, la Alianza Global para la Cooperación
Eficaz al Desarrollo, el Acuerdo de París en el ámbito climático, la Unión Europea y otras
instancias multilaterales y la estrategia española de desarrollo sostenible en su
dimensión exterior.
La Secretaría de Estado de Cooperación Internacional (SECI) es el órgano superior
del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación directamente
responsable de la planificación y la ejecución de la acción del Gobierno en el ámbito de
la política de cooperación para el desarrollo sostenible, y ejerce la dirección política de la
cooperación para el desarrollo sostenible de la Administración General del Estado y
organismos dependientes. Asiste a la persona titular del Departamento en la
planificación, dirección, ejecución y evaluación de la política de cooperación para el
desarrollo sostenible y, de acuerdo con la dirección de esta última, coordina la política de
cooperación para el desarrollo sostenible y administra los recursos de cooperación para
el desarrollo sostenible gestionados por el departamento. Asimismo, asegura la
participación española en las organizaciones internacionales de cooperación al
desarrollo, define la posición de España en la formulación de la política de cooperación
para el desarrollo sostenible de la Unión Europea, y asegura la presencia institucional y
la participación en los órganos de dirección de fondos y entidades de cooperación para
el desarrollo sostenible de acuerdo con sus estatutos.
El artículo 22.2.c) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones,
así como el artículo 67 de su reglamento, aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21
de julio, establece que podrán concederse de forma directa y con carácter excepcional,
aquellas subvenciones en que se acrediten razones de interés público, social, económico
o humanitario, u otras debidamente justificadas que dificulten su convocatoria pública.
De conformidad con lo previsto en el artículo 28.2 de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, las normas especiales reguladoras de las subvenciones previstas en el
artículo 22.2.c) deberán ser aprobadas por real decreto, a propuesta del Ministro
competente y previo informe del Ministerio de Hacienda.
En este contexto, se prevé la concesión directa de cinco subvenciones a instituciones
identificadas como socios singulares de la SECI, fundamentales para dar cumplimiento a
las competencias que le han sido encomendadas.
La Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP) es la asociación que
agrupa a la práctica totalidad de los municipios españoles, constituida al amparo de lo
previsto en la disposición adicional quinta de la Ley 7/1985 de 2 de abril, reguladora de
las Bases de Régimen Local y declarada de utilidad pública por acuerdo del Consejo de

cve: BOE-A-2024-26369
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