Ministerio de Defensa. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Personal estatutario de los servicios de salud. (BOE-A-2024-26277)
Resolución 400/38533/2024, de 10 de diciembre, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo, por el sistema general de acceso libre, para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en plazas de la categoría de Enfermero/a, Fisioterapeuta, Terapeuta Ocupacional, y Matrona en la Red Hospitalaria de la Defensa.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 303
Martes 17 de diciembre de 2024
Sec. II.B. Pág. 173000
A estos efectos se hace constar que las categorías de la presente convocatoria en
las que Sí es posible conservar la nota del ejercicio de la convocatoria inmediatamente
anterior son Enfermero/a, Fisioterapeuta, Y Matrona.
Los Tribunales publicarán un listado de aquellas personas aspirantes que, en cada
categoría/especialidad, puedan optar por conservar la nota de la convocatoria
inmediatamente anterior.
II.2 Fase de concurso.
En esta fase, que sólo se aplicará a quienes hayan superado la fase de oposición, se
evaluarán hasta un máximo de 50 puntos las competencias profesionales de las
personas aspirantes y consistirá en la valoración por los tribunales, referidos al último día
del plazo de presentación de solicitudes, de los siguientes méritos y conforme al
siguiente baremo:
1.
Experiencia profesional (máximo, 37,5 puntos).
a) 0,60 puntos por mes completo trabajado en la misma categoría y especialidad
que se solicita, en la Red Sanitaria Militar del Ministerio de Defensa.
b) 0,30 puntos por mes completo trabajado en la misma categoría y especialidad
que se solicita en el Servicio Público de Salud o equivalentes de la Unión Europea y
Espacio Económico Europeo.
c) 0,10 puntos por mes completo trabajado en la misma categoría y especialidad
que se solicita en la Sanidad Privada y el ámbito sociosanitario privado.
d) 0,10 puntos por mes completo trabajado en distinta categoría y especialidad que
se solicita, en la Red Sanitaria Militar del Ministerio de Defensa.
e) 0,05 puntos por mes completo trabajado en la distinta categoría y especialidad
que se solicita en el Servicio Público de Salud o equivalentes de la Unión Europea y
Espacio Económico Europeo.
También se tendrán en cuenta, con la misma puntuación prevista en los apartados a),
b) y c), los servicios prestados como personal estatutario temporal por meses completos
trabajados en la misma categoría y especialidad que se solicita.
2.
Formación (máximo 12,50 puntos).
Esta puntuación máxima puede obtenerse a partir de los siguientes apartados:
2.1
Formación académica (máximo 5 puntos).
b.1) Por cada título de la especialidad requerida con período completo de formación
como Residente o equivalente en la Red Hospitalaria de la Defensa: 2,00 puntos.
b.2) Por cada título de la especialidad requerida con período completo de formación
como Residente o equivalente en otros Centros de ámbito Nacional o Extranjero: 2,00
puntos.
b.3) Por cada título de la especialidad requerida, obtenido por otra vía distinta: 0,50
puntos.
c) Por otros títulos de Licenciatura o Grado en carreras relacionadas con Ciencias
de la Salud: 1,00 punto por cada título.
cve: BOE-A-2024-26277
Verificable en https://www.boe.es
a) Por cada título de Doctor/a: 2 puntos.
b) Por cada título de Enfermero/a en cualquiera de las especialidades previstas en
el Real Decreto 450/2005, de 22 de abril, sobre especialidades de Enfermería, o aquellas
que están recogidas en la Orden DEF/2892/2015, de 17 de diciembre, se puntuará de la
siguiente forma:
Núm. 303
Martes 17 de diciembre de 2024
Sec. II.B. Pág. 173000
A estos efectos se hace constar que las categorías de la presente convocatoria en
las que Sí es posible conservar la nota del ejercicio de la convocatoria inmediatamente
anterior son Enfermero/a, Fisioterapeuta, Y Matrona.
Los Tribunales publicarán un listado de aquellas personas aspirantes que, en cada
categoría/especialidad, puedan optar por conservar la nota de la convocatoria
inmediatamente anterior.
II.2 Fase de concurso.
En esta fase, que sólo se aplicará a quienes hayan superado la fase de oposición, se
evaluarán hasta un máximo de 50 puntos las competencias profesionales de las
personas aspirantes y consistirá en la valoración por los tribunales, referidos al último día
del plazo de presentación de solicitudes, de los siguientes méritos y conforme al
siguiente baremo:
1.
Experiencia profesional (máximo, 37,5 puntos).
a) 0,60 puntos por mes completo trabajado en la misma categoría y especialidad
que se solicita, en la Red Sanitaria Militar del Ministerio de Defensa.
b) 0,30 puntos por mes completo trabajado en la misma categoría y especialidad
que se solicita en el Servicio Público de Salud o equivalentes de la Unión Europea y
Espacio Económico Europeo.
c) 0,10 puntos por mes completo trabajado en la misma categoría y especialidad
que se solicita en la Sanidad Privada y el ámbito sociosanitario privado.
d) 0,10 puntos por mes completo trabajado en distinta categoría y especialidad que
se solicita, en la Red Sanitaria Militar del Ministerio de Defensa.
e) 0,05 puntos por mes completo trabajado en la distinta categoría y especialidad
que se solicita en el Servicio Público de Salud o equivalentes de la Unión Europea y
Espacio Económico Europeo.
También se tendrán en cuenta, con la misma puntuación prevista en los apartados a),
b) y c), los servicios prestados como personal estatutario temporal por meses completos
trabajados en la misma categoría y especialidad que se solicita.
2.
Formación (máximo 12,50 puntos).
Esta puntuación máxima puede obtenerse a partir de los siguientes apartados:
2.1
Formación académica (máximo 5 puntos).
b.1) Por cada título de la especialidad requerida con período completo de formación
como Residente o equivalente en la Red Hospitalaria de la Defensa: 2,00 puntos.
b.2) Por cada título de la especialidad requerida con período completo de formación
como Residente o equivalente en otros Centros de ámbito Nacional o Extranjero: 2,00
puntos.
b.3) Por cada título de la especialidad requerida, obtenido por otra vía distinta: 0,50
puntos.
c) Por otros títulos de Licenciatura o Grado en carreras relacionadas con Ciencias
de la Salud: 1,00 punto por cada título.
cve: BOE-A-2024-26277
Verificable en https://www.boe.es
a) Por cada título de Doctor/a: 2 puntos.
b) Por cada título de Enfermero/a en cualquiera de las especialidades previstas en
el Real Decreto 450/2005, de 22 de abril, sobre especialidades de Enfermería, o aquellas
que están recogidas en la Orden DEF/2892/2015, de 17 de diciembre, se puntuará de la
siguiente forma: