Ministerio de Defensa. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Personal estatutario de los servicios de salud. (BOE-A-2024-26277)
Resolución 400/38533/2024, de 10 de diciembre, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo, por el sistema general de acceso libre, para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en plazas de la categoría de Enfermero/a, Fisioterapeuta, Terapeuta Ocupacional, y Matrona en la Red Hospitalaria de la Defensa.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 17 de diciembre de 2024
Sec. II.B. Pág. 172996
Conforme al artículo 3.15 del Real Decreto 656/2024, de 2 de julio, se permite la
existencia de varias configuraciones del mismo tribunal en este mismo proceso selectivo
con actuaciones simultáneas. El tribunal podrá optar por realizar el mismo ejercicio tanto
en Madrid como en Zaragoza el mismo día, siempre que el tribunal así lo determine en
función del número de solicitudes presentadas para cada provincia y de personas
admitidas.
7.4 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el correo electrónico del
Tribunal es: recursoshumanosOPE-HCD@mde.es y el Tribunal tendrá su sede en la
Subdirección General de Personal Civil del Ministerio de Defensa (Calle Princesa núm.
32-36, 28071 Madrid/teléfonos 914546281-914546199.
8.
Desarrollo del proceso selectivo
El orden de actuación de las personas aspirantes en la fase de oposición se iniciará
alfabéticamente por el primero de la letra «V», según lo establecido en la Resolución de
la Secretaría de Estado de Función Pública de 25 de julio de 2024 (BOE de 31 de julio),
por la que se hace público el resultado del sorteo a que se refiere el Reglamento General
de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración del Estado.
8.1 Las personas aspirantes serán convocadas en llamamiento único, siendo
excluidas de la oposición quienes no comparezcan.
8.2 El tribunal podrá requerir, en cualquier momento del proceso selectivo, la
acreditación de la identidad de las personas aspirantes. Asimismo, si tuviera
conocimiento de que alguna de ellas no cumple cualquiera de los requisitos exigidos en
la convocatoria deberá proponer su exclusión a la autoridad convocante, previa
audiencia de la persona interesada.
8.3 Concluido el ejercicio de la fase de oposición, el tribunal hará pública la relación
de las personas aspirantes que hayan alcanzado el mínimo establecido en el proceso
selectivo para superarlo, con indicación de la puntuación obtenida.
8.4 Las personas aspirantes que superen la fase de oposición dispondrán de un
plazo de veinte días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la
relación de las personas aprobadas del proceso selectivo, para aportar la documentación
acreditativa de los méritos alegados en la fase de concurso. La documentación relativa a
la fase de concurso, deberá ser registrada con tramitación electrónica, de conformidad
con la Disposición adicional primera del Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el
que se aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por
medios electrónicos, y se dirigirá al Órgano Gestor en la Subsecretaría de Defensa
(Subdirección General de Personal Civil) calle Princesa 32-36, 28071 Madrid.
8.5 La no presentación de la documentación de los méritos alegados en el plazo
señalado supondrá la no valoración a la persona aspirante en la fase de concurso.
8.6 El tribunal publicará las calificaciones provisionales obtenidas en la fase de
concurso, con indicación de la puntuación obtenida en cada mérito y la puntuación total.
Las personas aspirantes dispondrán de un plazo de diez días hábiles, a contar a partir
del siguiente al de la publicación de dicha relación, para efectuar las alegaciones
pertinentes en función de la documentación presentada, sin que pueda admitirse la
presentación de nueva documentación. Finalizado dicho plazo, el tribunal publicará
relación con la valoración definitiva de la fase de concurso, considerándose contestadas
todas las alegaciones con la publicación de las calificaciones definitivas.
8.7 Superación del proceso selectivo.
8.7.1 Finalizado el concurso-oposición, el tribunal hará pública la relación de
personas aprobadas por orden de puntuación total del proceso selectivo, en los medios
de publicación señalados en la presente convocatoria.
8.7.2 La relación de personas aprobadas del proceso selectivo se elevará a la
autoridad convocante para su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», disponiendo
cve: BOE-A-2024-26277
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 303
Martes 17 de diciembre de 2024
Sec. II.B. Pág. 172996
Conforme al artículo 3.15 del Real Decreto 656/2024, de 2 de julio, se permite la
existencia de varias configuraciones del mismo tribunal en este mismo proceso selectivo
con actuaciones simultáneas. El tribunal podrá optar por realizar el mismo ejercicio tanto
en Madrid como en Zaragoza el mismo día, siempre que el tribunal así lo determine en
función del número de solicitudes presentadas para cada provincia y de personas
admitidas.
7.4 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el correo electrónico del
Tribunal es: recursoshumanosOPE-HCD@mde.es y el Tribunal tendrá su sede en la
Subdirección General de Personal Civil del Ministerio de Defensa (Calle Princesa núm.
32-36, 28071 Madrid/teléfonos 914546281-914546199.
8.
Desarrollo del proceso selectivo
El orden de actuación de las personas aspirantes en la fase de oposición se iniciará
alfabéticamente por el primero de la letra «V», según lo establecido en la Resolución de
la Secretaría de Estado de Función Pública de 25 de julio de 2024 (BOE de 31 de julio),
por la que se hace público el resultado del sorteo a que se refiere el Reglamento General
de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración del Estado.
8.1 Las personas aspirantes serán convocadas en llamamiento único, siendo
excluidas de la oposición quienes no comparezcan.
8.2 El tribunal podrá requerir, en cualquier momento del proceso selectivo, la
acreditación de la identidad de las personas aspirantes. Asimismo, si tuviera
conocimiento de que alguna de ellas no cumple cualquiera de los requisitos exigidos en
la convocatoria deberá proponer su exclusión a la autoridad convocante, previa
audiencia de la persona interesada.
8.3 Concluido el ejercicio de la fase de oposición, el tribunal hará pública la relación
de las personas aspirantes que hayan alcanzado el mínimo establecido en el proceso
selectivo para superarlo, con indicación de la puntuación obtenida.
8.4 Las personas aspirantes que superen la fase de oposición dispondrán de un
plazo de veinte días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la
relación de las personas aprobadas del proceso selectivo, para aportar la documentación
acreditativa de los méritos alegados en la fase de concurso. La documentación relativa a
la fase de concurso, deberá ser registrada con tramitación electrónica, de conformidad
con la Disposición adicional primera del Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el
que se aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por
medios electrónicos, y se dirigirá al Órgano Gestor en la Subsecretaría de Defensa
(Subdirección General de Personal Civil) calle Princesa 32-36, 28071 Madrid.
8.5 La no presentación de la documentación de los méritos alegados en el plazo
señalado supondrá la no valoración a la persona aspirante en la fase de concurso.
8.6 El tribunal publicará las calificaciones provisionales obtenidas en la fase de
concurso, con indicación de la puntuación obtenida en cada mérito y la puntuación total.
Las personas aspirantes dispondrán de un plazo de diez días hábiles, a contar a partir
del siguiente al de la publicación de dicha relación, para efectuar las alegaciones
pertinentes en función de la documentación presentada, sin que pueda admitirse la
presentación de nueva documentación. Finalizado dicho plazo, el tribunal publicará
relación con la valoración definitiva de la fase de concurso, considerándose contestadas
todas las alegaciones con la publicación de las calificaciones definitivas.
8.7 Superación del proceso selectivo.
8.7.1 Finalizado el concurso-oposición, el tribunal hará pública la relación de
personas aprobadas por orden de puntuación total del proceso selectivo, en los medios
de publicación señalados en la presente convocatoria.
8.7.2 La relación de personas aprobadas del proceso selectivo se elevará a la
autoridad convocante para su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», disponiendo
cve: BOE-A-2024-26277
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 303