Ministerio de Sanidad. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Cuerpo de Farmacéuticos Titulares. (BOE-A-2024-26282)
Resolución de 11 de diciembre de 2024, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para el ingreso, por el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo de Farmacéuticos Titulares, y para el cambio de régimen jurídico del personal laboral fijo incluido en el anexo II del IV Convenio único, para el personal de la Administración General del Estado.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 17 de diciembre de 2024
Sec. II.B. Pág. 173119
programas y pruebas superadas, así como de la correspondiente certificación expedida
por el Organismo Internacional en cuestión. A estos efectos, se tendrá en cuenta lo
establecido en el Real Decreto 182/1993, de 5 de febrero, sobre el acceso de
funcionarios de nacionalidad española de Organismos internacionales a los cuerpos y
escalas de la Administración General del Estado.
Titulación
3.7 Las personas aspirantes deberán estar en posesión o en condiciones de
obtener el título de Licenciado o Graduado en Farmacia a la fecha de fin del plazo de
presentación de solicitudes.
3.8 A la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, las personas
aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán estar en posesión de la
correspondiente credencial de homologación o, en su caso, del correspondiente
certificado de equivalencia. Este requisito no se aplicará a aquellas personas que
hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las
profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones de derecho de la Unión Europea.
Requisitos específicos para las personas aspirantes para el cambio de régimen jurídico
Las personas aspirantes que concurran para el cambio de régimen jurídico deberán
cumplir, además de todos los anteriores, los siguientes requisitos específicos:
3.9 Estar desempeñando de manera efectiva o tener reconocida una reserva de
puesto de trabajo, como personal laboral fijo, en una de las plazas correspondientes al
Grupo 1G y especialidad Farmacia del anexo II del IV Convenio único, o encontrarse en
situación de excedencia sin reserva de puesto de trabajo, como personal laboral fijo,
cuando el último destino en servicio activo tuviese asignadas las funciones propias del
Grupo 1G y especialidad Farmacia del anexo II del IV Convenio único, salvo
concurrencia de la causa de exclusión recogida en el apartado 10.12.
3.10 No haber accedido a la jubilación, cualquiera que sea la modalidad a la que se
haya acogido, incluida la jubilación parcial.
4.
Solicitudes
Presentación por medios electrónicos
4.1 De acuerdo con el Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que se
aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios
electrónicos, las personas aspirantes deberán realizar la presentación de las solicitudes
y documentación y, en su caso, la subsanación y los procedimientos de impugnación de
las actuaciones de este proceso selectivo por medios electrónicos a través del servicio
de Inscripción en Pruebas Selectivas (IPS) del Punto de Acceso General, de acuerdo
con las instrucciones que se indican en el anexo II. Todo ello sin perjuicio de lo dispuesto
en el artículo 16.4.c) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, para las solicitudes que se
cursen desde el extranjero.
4.2 Para participar en estas pruebas selectivas se deberá cumplimentar y presentar
electrónicamente la solicitud de admisión en el modelo oficial 790, en el Punto de Acceso
General (https://ips.redsara.es/IPSC/secure/buscarConvocatorias). La no presentación
de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión de la persona aspirante.
La presentación por esta vía permitirá:
– La inscripción en línea en el modelo oficial (obligatorio).
– Anexar documentos a la solicitud (opcional).
– El pago electrónico de las tasas, si procede (obligatorio).
cve: BOE-A-2024-26282
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 303
Martes 17 de diciembre de 2024
Sec. II.B. Pág. 173119
programas y pruebas superadas, así como de la correspondiente certificación expedida
por el Organismo Internacional en cuestión. A estos efectos, se tendrá en cuenta lo
establecido en el Real Decreto 182/1993, de 5 de febrero, sobre el acceso de
funcionarios de nacionalidad española de Organismos internacionales a los cuerpos y
escalas de la Administración General del Estado.
Titulación
3.7 Las personas aspirantes deberán estar en posesión o en condiciones de
obtener el título de Licenciado o Graduado en Farmacia a la fecha de fin del plazo de
presentación de solicitudes.
3.8 A la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, las personas
aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán estar en posesión de la
correspondiente credencial de homologación o, en su caso, del correspondiente
certificado de equivalencia. Este requisito no se aplicará a aquellas personas que
hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las
profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones de derecho de la Unión Europea.
Requisitos específicos para las personas aspirantes para el cambio de régimen jurídico
Las personas aspirantes que concurran para el cambio de régimen jurídico deberán
cumplir, además de todos los anteriores, los siguientes requisitos específicos:
3.9 Estar desempeñando de manera efectiva o tener reconocida una reserva de
puesto de trabajo, como personal laboral fijo, en una de las plazas correspondientes al
Grupo 1G y especialidad Farmacia del anexo II del IV Convenio único, o encontrarse en
situación de excedencia sin reserva de puesto de trabajo, como personal laboral fijo,
cuando el último destino en servicio activo tuviese asignadas las funciones propias del
Grupo 1G y especialidad Farmacia del anexo II del IV Convenio único, salvo
concurrencia de la causa de exclusión recogida en el apartado 10.12.
3.10 No haber accedido a la jubilación, cualquiera que sea la modalidad a la que se
haya acogido, incluida la jubilación parcial.
4.
Solicitudes
Presentación por medios electrónicos
4.1 De acuerdo con el Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que se
aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios
electrónicos, las personas aspirantes deberán realizar la presentación de las solicitudes
y documentación y, en su caso, la subsanación y los procedimientos de impugnación de
las actuaciones de este proceso selectivo por medios electrónicos a través del servicio
de Inscripción en Pruebas Selectivas (IPS) del Punto de Acceso General, de acuerdo
con las instrucciones que se indican en el anexo II. Todo ello sin perjuicio de lo dispuesto
en el artículo 16.4.c) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, para las solicitudes que se
cursen desde el extranjero.
4.2 Para participar en estas pruebas selectivas se deberá cumplimentar y presentar
electrónicamente la solicitud de admisión en el modelo oficial 790, en el Punto de Acceso
General (https://ips.redsara.es/IPSC/secure/buscarConvocatorias). La no presentación
de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión de la persona aspirante.
La presentación por esta vía permitirá:
– La inscripción en línea en el modelo oficial (obligatorio).
– Anexar documentos a la solicitud (opcional).
– El pago electrónico de las tasas, si procede (obligatorio).
cve: BOE-A-2024-26282
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 303