Comunidad Autónoma de Las Illes Balears. I. Disposiciones generales. Protección de los animales. (BOE-A-2024-26255)
Ley 6/2024, de 15 de noviembre, de modificación de la Ley 9/2017, de 3 de agosto, de regulación de las corridas de toros y de protección de los animales en las Illes Balears.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 303
Martes 17 de diciembre de 2024
Sec. I. Pág. 172887
I. DISPOSICIONES GENERALES
COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LAS ILLES BALEARS
26255
Ley 6/2024, de 15 de noviembre, de modificación de la Ley 9/2017, de 3 de
agosto, de regulación de las corridas de toros y de protección de los animales
en las Illes Balears.
LA PRESIDENTA DE LAS ILLES BALEARS
Sea notorio a todos los ciudadanos que el Parlamento de las Illes Balears ha
aprobado y yo, en nombre del Rey y de acuerdo con lo que se establece en el
artículo 48.2 del Estatuto de Autonomía, tengo a bien promulgar la siguiente Ley:
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
El preámbulo de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del patrimonio histórico español,
comienza afirmando que «el patrimonio histórico español es el principal testigo de la
contribución histórica de los españoles a la civilización universal y de su capacidad
creativa contemporánea». La protección y enriquecimiento de los bienes que lo integran
constituyen obligaciones fundamentales que vinculan a todos los poderes públicos.
Dicho mandato proviene del artículo 46 de la Constitución Española de 1978 (CE): «Los
poderes públicos garantizarán la conservación y promoverán el enriquecimiento del
patrimonio histórico, cultural y artístico de los pueblos de España y de los bienes que lo
integran, cualquiera que sea su régimen jurídico y su titularidad».
Los bienes que integran el patrimonio cultural inmaterial forman parte del patrimonio
histórico, de acuerdo con el artículo 1.2 de la ya citada Ley 16/1985.
La tauromaquia, concepto definido comúnmente como el arte de lidiar con los toros,
forma parte del patrimonio histórico y cultural común de todos los españoles, tal y como
ha sido reconocido en la Ley 18/2013, de 12 de noviembre, para la regulación de la
tauromaquia como patrimonio cultural. En muchos países de nuestro entorno es muy
frecuente la identificación del toro con la cultura española. La tauromaquia es un signo
identificativo de la cultura española que aporta grandes beneficios económicos,
ecológicos, laborales o industriales.
La tauromaquia es un arte tradicional, social y apolítico como cualquier otra disciplina
artística, un hecho social, histórico y jurídico de todos los ciudadanos, tal y como está
recogido en la ley 18/2013 antes citada. Así pues, la tauromaquia, al ser parte del
patrimonio cultural inmaterial, en virtud de la mencionada Ley 18/2013 es digna de
protección por la Ley 10/2015, de 26 de mayo, para la salvaguardia del patrimonio
cultural inmaterial. Además, la tauromaquia entra dentro del ámbito de la libertad de
creación literaria, artística, científica y técnica, que es un derecho fundamental
reconocido en el artículo 20.1.b) de la Constitución Española. Por lo demás, completa el
régimen jurídico de la tauromaquia la Ley 10/1991, de 4 de abril, sobre potestades
administrativas en materia de espectáculos taurinos y su Reglamento, Real
decreto 145/1996, de 2 de febrero, por el que se modifica y da nueva redacción al
Reglamento de espectáculos taurinos.
La historia taurina en las Islas Baleares se remonta a casi tres siglos. Los
espectáculos taurinos que se celebran en Baleares tienen una tradición de cientos de
años, remontándose a las épocas de los siglos XIX y XX en los que las costumbres y
tradiciones de la tauromaquia forman parte del patrimonio cultural inmaterial.
Espectáculos que resultan ser de los actos más participativos durante los meses de
verano, acudiendo a los festejos taurinos desde jóvenes, adultos y gente más mayor,
cve: BOE-A-2024-26255
Verificable en https://www.boe.es
I
Núm. 303
Martes 17 de diciembre de 2024
Sec. I. Pág. 172887
I. DISPOSICIONES GENERALES
COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LAS ILLES BALEARS
26255
Ley 6/2024, de 15 de noviembre, de modificación de la Ley 9/2017, de 3 de
agosto, de regulación de las corridas de toros y de protección de los animales
en las Illes Balears.
LA PRESIDENTA DE LAS ILLES BALEARS
Sea notorio a todos los ciudadanos que el Parlamento de las Illes Balears ha
aprobado y yo, en nombre del Rey y de acuerdo con lo que se establece en el
artículo 48.2 del Estatuto de Autonomía, tengo a bien promulgar la siguiente Ley:
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
El preámbulo de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del patrimonio histórico español,
comienza afirmando que «el patrimonio histórico español es el principal testigo de la
contribución histórica de los españoles a la civilización universal y de su capacidad
creativa contemporánea». La protección y enriquecimiento de los bienes que lo integran
constituyen obligaciones fundamentales que vinculan a todos los poderes públicos.
Dicho mandato proviene del artículo 46 de la Constitución Española de 1978 (CE): «Los
poderes públicos garantizarán la conservación y promoverán el enriquecimiento del
patrimonio histórico, cultural y artístico de los pueblos de España y de los bienes que lo
integran, cualquiera que sea su régimen jurídico y su titularidad».
Los bienes que integran el patrimonio cultural inmaterial forman parte del patrimonio
histórico, de acuerdo con el artículo 1.2 de la ya citada Ley 16/1985.
La tauromaquia, concepto definido comúnmente como el arte de lidiar con los toros,
forma parte del patrimonio histórico y cultural común de todos los españoles, tal y como
ha sido reconocido en la Ley 18/2013, de 12 de noviembre, para la regulación de la
tauromaquia como patrimonio cultural. En muchos países de nuestro entorno es muy
frecuente la identificación del toro con la cultura española. La tauromaquia es un signo
identificativo de la cultura española que aporta grandes beneficios económicos,
ecológicos, laborales o industriales.
La tauromaquia es un arte tradicional, social y apolítico como cualquier otra disciplina
artística, un hecho social, histórico y jurídico de todos los ciudadanos, tal y como está
recogido en la ley 18/2013 antes citada. Así pues, la tauromaquia, al ser parte del
patrimonio cultural inmaterial, en virtud de la mencionada Ley 18/2013 es digna de
protección por la Ley 10/2015, de 26 de mayo, para la salvaguardia del patrimonio
cultural inmaterial. Además, la tauromaquia entra dentro del ámbito de la libertad de
creación literaria, artística, científica y técnica, que es un derecho fundamental
reconocido en el artículo 20.1.b) de la Constitución Española. Por lo demás, completa el
régimen jurídico de la tauromaquia la Ley 10/1991, de 4 de abril, sobre potestades
administrativas en materia de espectáculos taurinos y su Reglamento, Real
decreto 145/1996, de 2 de febrero, por el que se modifica y da nueva redacción al
Reglamento de espectáculos taurinos.
La historia taurina en las Islas Baleares se remonta a casi tres siglos. Los
espectáculos taurinos que se celebran en Baleares tienen una tradición de cientos de
años, remontándose a las épocas de los siglos XIX y XX en los que las costumbres y
tradiciones de la tauromaquia forman parte del patrimonio cultural inmaterial.
Espectáculos que resultan ser de los actos más participativos durante los meses de
verano, acudiendo a los festejos taurinos desde jóvenes, adultos y gente más mayor,
cve: BOE-A-2024-26255
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