Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Impacto ambiental. (BOE-A-2024-26197)
Resolución de 9 de diciembre de 2024, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto «Carretera N-332. Duplicación de la variante de Torrevieja».
15 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 302

Lunes 16 de diciembre de 2024

Sec. III. Pág. 172542

La Dirección General de Patrimonio Cultural de la Generalitat Valenciana, informa
favorablemente las actuaciones por haberse determinado la inexistencia de afección
alguna a bienes de naturaleza arqueológica, etnográfica o arquitectónica catalogados.
d.

Análisis de la vulnerabilidad del proyecto ante accidentes graves o catástrofes.

El promotor analiza la probabilidad de desastre en la infraestructura por riesgos
naturales.
El principal riesgo natural que podría afectar a la infraestructura proyectada sería
aquel relacionado con periodos de lluvia intensa en 1 hora, que podrían producir el
colapso puntual de la infraestructura. El drenaje proyectado disminuye notablemente la
probabilidad de ocurrencia de este riesgo.
En relación con los riesgos sísmicos, el municipio de Torrevieja se encuentra en una
zona con riesgo sísmico VI y esto se tendrá en cuenta en el proyecto constructivo,
especialmente en el diseño de las estructuras.
En cuanto al riesgo de accidentes graves, el promotor indica que el efecto potencial sería
el colapso de la infraestructura y, según el tipo de accidente, daños a servicios aledaños.
La Agencia Valenciana de Seguridad y Respuesta a las Emergencias (AVSRE) indica
que el proyecto está expuesto a riesgo de inundación 4 y riesgo geomorfológico, según
lo establecido en el PATRICOVA. Además, se deberá tener en cuenta el riesgo sísmico y
cumplir con lo establecido en la Norma de Construcción Sismorresistente del 2002
(NCSR-02). Por otra parte, indica que el ámbito del proyecto está fuera de las vías de
circulación preferente de mercancías peligrosas.
Esta agencia no contempla riesgos de accidentes graves en los que intervengan
sustancias peligrosas, ya que no existe ninguna empresa afectada por el RD 840/2015
en el ámbito del proyecto.
Por otra parte, el riesgo de incendios forestales se contempla en el apartado de
vegetación de esta resolución y será el departamento competente en prevención de
incendios forestales de la Generalitat Valenciana, quien deberá determinar los
condicionantes y limitaciones a cumplir por el proyecto.
En todo caso y al igual que los aspectos técnicos del proyecto, como el propio
diseño del mismo, la vulnerabilidad del proyecto (en base al análisis realizado por el
promotor) es un factor más a considerar en la decisión de autorización del proyecto por
parte del órgano sustantivo. Respecto a la vulnerabilidad del proyecto frente a
accidentes graves y/o catástrofes naturales, la presente resolución recoge, resume y
traslada los pronunciamientos de las autoridades competentes en la materia y las
cuestiones suscitadas en el procedimiento de participación pública para su valoración
por el órgano sustantivo, como órgano competente en esta materia, previa autorización
del proyecto.
Plan de vigilancia ambiental.

El plan de vigilancia ambiental (PVA), elaborado por el promotor, se plantea en 3 fases.
La primera fase tiene carácter preventivo y en ella se verificará la adecuada
ubicación de los distintos elementos de la obra, se comprobará que se ha realizado un
correcto jalonamiento en el perímetro de las obras y se verificará la realización de todos
los desvíos provisionales de caminos, carreteras y vías pecuarias, permitiendo la
permeabilidad territorial durante la fase de obras.
La segunda fase abarca el periodo de ejecución de las obras y será realizado por
técnicos ambientales y arqueólogos cualificados que se encargarán de la vigilancia, con
objeto de proteger la vegetación, los hábitats singulares, la fauna, el sistema hidrológico
e hidrogeológico, el patrimonio cultural, la calidad acústica, la permeabilidad territorial, la

cve: BOE-A-2024-26197
Verificable en https://www.boe.es

e.