Ministerio Del Interior. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Personal funcionario. Concursos. (BOE-A-2024-26137)
Resolución de 8 de diciembre de 2024, de la Subsecretaría, por la que se convoca concurso específico para la provisión de puestos de trabajo.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 302
Lunes 16 de diciembre de 2024
Sec. II.B. Pág. 172002
complemento de destino de estos puestos fuera superior o inferior al intervalo de niveles
correspondiente al subgrupo de adscripción del Cuerpo o Escala desde el que participa,
se les valorará el nivel máximo o mínimo del intervalo en la Administración General del
Estado. Estos límites máximo y mínimo se aplicarán igualmente a los funcionarios y
funcionarias destinados en la Sociedad Estatal de Correos y Telégrafos.
– El tiempo de permanencia en la situación administrativa de excedencia por
cuidado de familiares regulado en el artículo 89.4 del Texto Refundido de la Ley del
Estatuto Básico del Empleado Público, se considerará como de prestación de servicios
efectivos.
3.
Cursos de formación o perfeccionamiento.
Los cursos de formación y perfeccionamiento se valorarán hasta un máximo de 10
puntos, independientemente del grupo o subgrupo de adscripción del Cuerpo o Escala
en el que se hayan impartido o recibido.
Únicamente serán objeto de valoración los cursos cuyas materias se encuentren
incluidas en el listado de perfiles formativos publicado en la web del Ministerio del
Interior, y en el perfil formativo al que pertenezca el puesto objeto de valoración. Se
podrá acceder a dicho listado en el enlace:
Los cursos susceptibles de valoración serán los impartidos o recibidos en el marco
del Acuerdo de formación para el empleo de las Administraciones Públicas y centros
oficiales de idiomas, así como los que estén incluidos en los Planes o Programas de
Formación interna de los Departamentos u Organismos, no pudiéndose valorar los
pertenecientes a una carrera universitaria, los de doctorado, los derivados de procesos
selectivos y los diplomas relativos a jornadas, seminarios, simposios, máster y similares.
Los cursos de formación y perfeccionamiento del personal militar de carrera
susceptibles de valoración en este concurso, en los términos establecidos en el
artículo 44.1 d) del Real Decreto 364/1995 de 10 de marzo, deberán haber sido
realizados en centros oficiales de formación militar.
Además, respecto de los cursos impartidos y recibidos, únicamente serán objeto de
valoración cuando aparezcan reflejados en el certificado de méritos generales. En caso
de que no figure la duración de los cursos y la fecha de realización no podrán ser objeto
de valoración.
Por la realización como asistente de los cursos de formación y perfeccionamiento
con una duración de 15 horas o superior, se otorgarán 2,5 puntos.
Por la impartición de cursos de formación y perfeccionamiento con una duración
mínima acreditada de 2 horas, se otorgarán 2,5 puntos.
La puntuación máxima por los cursos impartidos y recibidos no podrá superar los 10
puntos.
Por cada materia de las especificadas en el perfil formativo sólo podrá ser valorado
un curso, independientemente del número de cursos que sobre ella se hayan recibido o
impartido.
En el caso de haberse recibido o impartido más de un curso sobre una misma
materia se valorará el que otorgue mayor puntuación a la persona participante.
Dada la naturaleza transversal de la formación en materia de igualdad entre mujeres
y hombres, se otorgará para todos los puestos que se incluyen en la convocatoria, una
valoración de 1 punto a los cursos de formación en esta materia, siempre que su
duración sea de 15 o más horas.
El plazo máximo de validez de los cursos será de 10 años inmediatamente anteriores
a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
cve: BOE-A-2024-26137
Verificable en https://www.boe.es
https://www.interior.gob.es/opencms/es/servicios-al-ciudadano/empleo-publico/
procesos-selectivos/concurso-de-traslados-personal-funcionario/concurso-especifico-enel-ministerio-del-Interior/
Núm. 302
Lunes 16 de diciembre de 2024
Sec. II.B. Pág. 172002
complemento de destino de estos puestos fuera superior o inferior al intervalo de niveles
correspondiente al subgrupo de adscripción del Cuerpo o Escala desde el que participa,
se les valorará el nivel máximo o mínimo del intervalo en la Administración General del
Estado. Estos límites máximo y mínimo se aplicarán igualmente a los funcionarios y
funcionarias destinados en la Sociedad Estatal de Correos y Telégrafos.
– El tiempo de permanencia en la situación administrativa de excedencia por
cuidado de familiares regulado en el artículo 89.4 del Texto Refundido de la Ley del
Estatuto Básico del Empleado Público, se considerará como de prestación de servicios
efectivos.
3.
Cursos de formación o perfeccionamiento.
Los cursos de formación y perfeccionamiento se valorarán hasta un máximo de 10
puntos, independientemente del grupo o subgrupo de adscripción del Cuerpo o Escala
en el que se hayan impartido o recibido.
Únicamente serán objeto de valoración los cursos cuyas materias se encuentren
incluidas en el listado de perfiles formativos publicado en la web del Ministerio del
Interior, y en el perfil formativo al que pertenezca el puesto objeto de valoración. Se
podrá acceder a dicho listado en el enlace:
Los cursos susceptibles de valoración serán los impartidos o recibidos en el marco
del Acuerdo de formación para el empleo de las Administraciones Públicas y centros
oficiales de idiomas, así como los que estén incluidos en los Planes o Programas de
Formación interna de los Departamentos u Organismos, no pudiéndose valorar los
pertenecientes a una carrera universitaria, los de doctorado, los derivados de procesos
selectivos y los diplomas relativos a jornadas, seminarios, simposios, máster y similares.
Los cursos de formación y perfeccionamiento del personal militar de carrera
susceptibles de valoración en este concurso, en los términos establecidos en el
artículo 44.1 d) del Real Decreto 364/1995 de 10 de marzo, deberán haber sido
realizados en centros oficiales de formación militar.
Además, respecto de los cursos impartidos y recibidos, únicamente serán objeto de
valoración cuando aparezcan reflejados en el certificado de méritos generales. En caso
de que no figure la duración de los cursos y la fecha de realización no podrán ser objeto
de valoración.
Por la realización como asistente de los cursos de formación y perfeccionamiento
con una duración de 15 horas o superior, se otorgarán 2,5 puntos.
Por la impartición de cursos de formación y perfeccionamiento con una duración
mínima acreditada de 2 horas, se otorgarán 2,5 puntos.
La puntuación máxima por los cursos impartidos y recibidos no podrá superar los 10
puntos.
Por cada materia de las especificadas en el perfil formativo sólo podrá ser valorado
un curso, independientemente del número de cursos que sobre ella se hayan recibido o
impartido.
En el caso de haberse recibido o impartido más de un curso sobre una misma
materia se valorará el que otorgue mayor puntuación a la persona participante.
Dada la naturaleza transversal de la formación en materia de igualdad entre mujeres
y hombres, se otorgará para todos los puestos que se incluyen en la convocatoria, una
valoración de 1 punto a los cursos de formación en esta materia, siempre que su
duración sea de 15 o más horas.
El plazo máximo de validez de los cursos será de 10 años inmediatamente anteriores
a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
cve: BOE-A-2024-26137
Verificable en https://www.boe.es
https://www.interior.gob.es/opencms/es/servicios-al-ciudadano/empleo-publico/
procesos-selectivos/concurso-de-traslados-personal-funcionario/concurso-especifico-enel-ministerio-del-Interior/