Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha. Convenio. (BOE-A-2024-26192)
Resolución de 6 de diciembre de 2024, del Organismo Autónomo Parques Nacionales, por la que se publica la Adenda de modificación del Convenio con el Centro Educativo IES Aguas Vivas, para la realización de prácticas de formación de alumnos en los Parques Nacionales o centros adscritos.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 302
Lunes 16 de diciembre de 2024
Sec. III. Pág. 172508
de alumnos en los Parques Nacionales o centros adscritos, habiendo sido inscrito en el
Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector
público estatal el día 14 de enero de 2022 y publicado en el «Boletín Oficial del Estado»
en fecha 24 de enero de 2022.
Segundo.
Que de acuerdo con la cláusula sexta del convenio «Cualquier modificación que
altere lo establecido en el presente convenio habrá de ser pactada unánimemente por
los firmantes y deberá ser formalizada mediante adenda modificativa (…)».
Asimismo, establece que «(…) En relación con las obligaciones contempladas en la
disposición adicional quinta del Real Decreto-ley 28/2018, de 28 de diciembre para la
revalorización de las pensiones públicas y otras medidas urgentes en materia social,
laboral y de empleo, dado que todavía no se ha producido el desarrollo reglamentario
para su efectiva aplicación, ambas partes se comprometen a firmar una adenda en la
que se contemplen las obligaciones que asumirían para dar cumplimiento a la normativa
de desarrollo del citado real decreto-ley».
Tercero.
Que el Real Decreto-ley 2/2023, de 16 de marzo, de medidas urgentes para la
ampliación de derechos de los pensionistas, la reducción de la brecha de género y el
establecimiento de un nuevo marco de sostenibilidad del sistema público de pensiones,
añade mediante el apartado treinta y cuatro de su artículo único, una nueva disposición
adicional quincuagésima segunda al texto refundido de la Ley General de la Seguridad
Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, que
determina la inclusión en el sistema de la Seguridad Social de alumnos que realicen
prácticas formativas o prácticas académicas externas incluidas en programas de
formación.
Esta modificación entró en vigor el 1 de enero de 2024, según establecía la
disposición final 10 del citado Real Decreto-ley.
Cuarto.
Que esta inclusión de los alumnos de prácticas formativas en el sistema de
Seguridad Social conlleva el cumplimiento de las obligaciones de Seguridad Social por
una de las partes firmantes del convenio, incluida la asunción de los costes de cotización
a la Seguridad Social de los alumnos, que corresponderá en este caso al OAPN.
Quinto.
Que la entrada en vigor del Real Decreto 659/2023, de 18 de julio, por el que se
desarrolla la ordenación del Sistema de Formación Profesional conlleva la derogación
del Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio, por el que se establece la ordenación general
de la formación profesional del sistema educativo.
Que, en consecuencia, es necesario proceder a la modificación del clausulado del
convenio para incluir la previsión relativa a la asunción de compromisos económicos con
la firma de dicho convenio, así como actualizar la regulación que desarrolla la ordenación
del Sistema de Formación Profesional.
cve: BOE-A-2024-26192
Verificable en https://www.boe.es
Sexto.
Núm. 302
Lunes 16 de diciembre de 2024
Sec. III. Pág. 172508
de alumnos en los Parques Nacionales o centros adscritos, habiendo sido inscrito en el
Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector
público estatal el día 14 de enero de 2022 y publicado en el «Boletín Oficial del Estado»
en fecha 24 de enero de 2022.
Segundo.
Que de acuerdo con la cláusula sexta del convenio «Cualquier modificación que
altere lo establecido en el presente convenio habrá de ser pactada unánimemente por
los firmantes y deberá ser formalizada mediante adenda modificativa (…)».
Asimismo, establece que «(…) En relación con las obligaciones contempladas en la
disposición adicional quinta del Real Decreto-ley 28/2018, de 28 de diciembre para la
revalorización de las pensiones públicas y otras medidas urgentes en materia social,
laboral y de empleo, dado que todavía no se ha producido el desarrollo reglamentario
para su efectiva aplicación, ambas partes se comprometen a firmar una adenda en la
que se contemplen las obligaciones que asumirían para dar cumplimiento a la normativa
de desarrollo del citado real decreto-ley».
Tercero.
Que el Real Decreto-ley 2/2023, de 16 de marzo, de medidas urgentes para la
ampliación de derechos de los pensionistas, la reducción de la brecha de género y el
establecimiento de un nuevo marco de sostenibilidad del sistema público de pensiones,
añade mediante el apartado treinta y cuatro de su artículo único, una nueva disposición
adicional quincuagésima segunda al texto refundido de la Ley General de la Seguridad
Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, que
determina la inclusión en el sistema de la Seguridad Social de alumnos que realicen
prácticas formativas o prácticas académicas externas incluidas en programas de
formación.
Esta modificación entró en vigor el 1 de enero de 2024, según establecía la
disposición final 10 del citado Real Decreto-ley.
Cuarto.
Que esta inclusión de los alumnos de prácticas formativas en el sistema de
Seguridad Social conlleva el cumplimiento de las obligaciones de Seguridad Social por
una de las partes firmantes del convenio, incluida la asunción de los costes de cotización
a la Seguridad Social de los alumnos, que corresponderá en este caso al OAPN.
Quinto.
Que la entrada en vigor del Real Decreto 659/2023, de 18 de julio, por el que se
desarrolla la ordenación del Sistema de Formación Profesional conlleva la derogación
del Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio, por el que se establece la ordenación general
de la formación profesional del sistema educativo.
Que, en consecuencia, es necesario proceder a la modificación del clausulado del
convenio para incluir la previsión relativa a la asunción de compromisos económicos con
la firma de dicho convenio, así como actualizar la regulación que desarrolla la ordenación
del Sistema de Formación Profesional.
cve: BOE-A-2024-26192
Verificable en https://www.boe.es
Sexto.