Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades. III. Otras disposiciones. Comunitat Valenciana. Convenio. (BOE-A-2024-26217)
Resolución de 5 de diciembre de 2024, de la Secretaría de Estado de Ciencia, Innovación y Universidades, por la que se publica el Convenio con la Generalitat Valenciana y las Universidades de Alicante, Jaume I, Valencia, Miguel Hernández de Elche y la Politécnica de Valencia, para la implementación del Programa de Incorporación de Talento Docente e Investigador a las Universidades Públicas Españolas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 302
Lunes 16 de diciembre de 2024
Sec. III. Pág. 172713
establecido en el artículo 86. Quinta de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General
Presupuestaria.
Cuarta.
Obligaciones de las partes.
1. Corresponde al Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades (en adelante
MCIU), en el ámbito del presente convenio:
a. Aportar a la Conselleria de Educación, Cultura, Universidades y Empleo de la
Generalitat Valenciana, con cargo a su presupuesto de gastos y de acuerdo con las
disponibilidades presupuestarias, una cantidad máxima de 5.522.310 euros, con objeto
de hacer frente al coste derivado de la creación y provisión de 426 plazas de Profesor/a
Ayudante Doctor en las universidades públicas valencianas, para el período comprendido
entre 1 de septiembre y 31 de diciembre de 2024, habida cuenta del momento del año en
que se firma este convenio y la temporalidad necesaria para la ejecución de los
concursos de provisión de estas plazas por parte de cada universidad.
A partir del año 2025 hasta la finalización del Programa, el MICIU se compromete a
aportar anualmente la cantidad que en su caso se consignara en los Presupuestos
Generales del Estado o mediante conferencia sectorial para atender la financiación del
coste derivado de esa creación y provisión de las 426 plazas de Profesor/a Ayudante
Doctor en las universidades públicas valencianas, teniendo presente siempre como
referencia el coste unitario utilizado para la elaboración del Acuerdo del 19 de junio
de 2024 de la Conferencia General de Política Universitaria. Cada año el Ministerio de
Ciencia, Innovación y Universidades, previa la tramitación de la correspondiente adenda
a este convenio, procederá al libramiento de fondos a la Comunidad Autónoma,
supeditado a la existencia de disponibilidades presupuestarias, que serán destinados
exclusivamente a abonar los gastos a que dé lugar la citada creación y provisión de
plazas de Profesor/a Ayudante Doctor.
En dicha adenda se recogerán las plazas que le corresponden a las universidades
públicas valencianas en el marco de las designadas para la Comunitat Valenciana, y
cuyos valores son expuestos en este convenio.
Las plazas de Profesor/a Ayudante Doctor que se creen y provisionen a partir de la
transferencia de crédito del MICIU a la Comunidad Autónoma se concretarán, una vez
celebrado y superado el concurso correspondiente, en la suscripción de contratos de
trabajo de seis años de duración, de acuerdo con lo establecido en el artículo 78 de la
Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo.
Estas plazas, tal y como se recoge en el Acuerdo de la CGPU de 19 de junio
de 2024, podrán ocuparse mediante la suscripción de su respectivo contrato hasta como
máximo el 30 de junio de 2025.
a. Aportar anualmente, con cargo a su presupuesto de gastos y de acuerdo con las
disponibilidades presupuestarias, la cantidad necesaria para afrontar de forma
equilibrada las necesidades docentes de las universidades públicas valencianas, y con
ella cubrir el coste derivado de la creación y provisión de 281 plazas de Profesor/a
Ayudante Doctor en estas universidades. Estas plazas deberán haberse creado y
provisionado antes de la finalización del curso 2027-2028.
b. Sufragar el coste a que den lugar los procedimientos de estabilización de todas
las plazas de profesorado creadas y provistas al amparo de este convenio,
indistintamente del origen de los fondos con los que se hayan creado.
c. Autorizar, de acuerdo con sus correspondientes procedimientos, la creación y
provisión de la totalidad de las 707 plazas de Profesorado Ayudante Doctor previstas en
este convenio, con destino a las universidades públicas valencianas, mediante la
suscripción de los correspondientes contratos de trabajo de seis años de duración, de
cve: BOE-A-2024-26217
Verificable en https://www.boe.es
2. Corresponde a la Conselleria de Educación, Cultura, Universidades y Empleo de
la Generalitat Valenciana (en adelante CCAA VAL), en el ámbito del presente convenio:
Núm. 302
Lunes 16 de diciembre de 2024
Sec. III. Pág. 172713
establecido en el artículo 86. Quinta de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General
Presupuestaria.
Cuarta.
Obligaciones de las partes.
1. Corresponde al Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades (en adelante
MCIU), en el ámbito del presente convenio:
a. Aportar a la Conselleria de Educación, Cultura, Universidades y Empleo de la
Generalitat Valenciana, con cargo a su presupuesto de gastos y de acuerdo con las
disponibilidades presupuestarias, una cantidad máxima de 5.522.310 euros, con objeto
de hacer frente al coste derivado de la creación y provisión de 426 plazas de Profesor/a
Ayudante Doctor en las universidades públicas valencianas, para el período comprendido
entre 1 de septiembre y 31 de diciembre de 2024, habida cuenta del momento del año en
que se firma este convenio y la temporalidad necesaria para la ejecución de los
concursos de provisión de estas plazas por parte de cada universidad.
A partir del año 2025 hasta la finalización del Programa, el MICIU se compromete a
aportar anualmente la cantidad que en su caso se consignara en los Presupuestos
Generales del Estado o mediante conferencia sectorial para atender la financiación del
coste derivado de esa creación y provisión de las 426 plazas de Profesor/a Ayudante
Doctor en las universidades públicas valencianas, teniendo presente siempre como
referencia el coste unitario utilizado para la elaboración del Acuerdo del 19 de junio
de 2024 de la Conferencia General de Política Universitaria. Cada año el Ministerio de
Ciencia, Innovación y Universidades, previa la tramitación de la correspondiente adenda
a este convenio, procederá al libramiento de fondos a la Comunidad Autónoma,
supeditado a la existencia de disponibilidades presupuestarias, que serán destinados
exclusivamente a abonar los gastos a que dé lugar la citada creación y provisión de
plazas de Profesor/a Ayudante Doctor.
En dicha adenda se recogerán las plazas que le corresponden a las universidades
públicas valencianas en el marco de las designadas para la Comunitat Valenciana, y
cuyos valores son expuestos en este convenio.
Las plazas de Profesor/a Ayudante Doctor que se creen y provisionen a partir de la
transferencia de crédito del MICIU a la Comunidad Autónoma se concretarán, una vez
celebrado y superado el concurso correspondiente, en la suscripción de contratos de
trabajo de seis años de duración, de acuerdo con lo establecido en el artículo 78 de la
Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo.
Estas plazas, tal y como se recoge en el Acuerdo de la CGPU de 19 de junio
de 2024, podrán ocuparse mediante la suscripción de su respectivo contrato hasta como
máximo el 30 de junio de 2025.
a. Aportar anualmente, con cargo a su presupuesto de gastos y de acuerdo con las
disponibilidades presupuestarias, la cantidad necesaria para afrontar de forma
equilibrada las necesidades docentes de las universidades públicas valencianas, y con
ella cubrir el coste derivado de la creación y provisión de 281 plazas de Profesor/a
Ayudante Doctor en estas universidades. Estas plazas deberán haberse creado y
provisionado antes de la finalización del curso 2027-2028.
b. Sufragar el coste a que den lugar los procedimientos de estabilización de todas
las plazas de profesorado creadas y provistas al amparo de este convenio,
indistintamente del origen de los fondos con los que se hayan creado.
c. Autorizar, de acuerdo con sus correspondientes procedimientos, la creación y
provisión de la totalidad de las 707 plazas de Profesorado Ayudante Doctor previstas en
este convenio, con destino a las universidades públicas valencianas, mediante la
suscripción de los correspondientes contratos de trabajo de seis años de duración, de
cve: BOE-A-2024-26217
Verificable en https://www.boe.es
2. Corresponde a la Conselleria de Educación, Cultura, Universidades y Empleo de
la Generalitat Valenciana (en adelante CCAA VAL), en el ámbito del presente convenio: