Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Comunidad Autónoma de Galicia. Convenio. (BOE-A-2024-26193)
Resolución de 4 de diciembre de 2024, del Organismo Autónomo Parques Nacionales, por la que se publica el Convenio con la Xunta de Galicia, para la realización de inversiones destinadas a la rehabilitación y dotación de la nave de salazón de la isla de Sálvora como centro de visitantes del Parque Nacional Marítimo-Terrestre de las islas Atlánticas de Galicia, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 302

Lunes 16 de diciembre de 2024

Sec. III. Pág. 172514

Quinto.
El Mecanismo para la Recuperación y la Resiliencia (en adelante, MRR), incluido
dentro del instrumentos financiero Next Generation (EU), aprobado por el Consejo
Europeo el 21 de julio de 2020, tiene como finalidad principal el apoyo a la inversión y las
reformas en los Estados Miembros para lograr una recuperación sostenible y resiliente,
al tiempo que se promueven las prioridades ecológicas y digitales de la Unión Europea.
Dicho Mecanismo prevé que cada Estado Miembro desarrolle un Plan de
recuperación y Resiliencia donde se incluyan las reformas y proyectos de inversión
necesarios para alcanzar los objetivos del Mecanismo. Mediante Acuerdo del Consejo de
ministros de 27 de abril de 2021, se aprobó el Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia del Reino de España (en adelante, PRTR).
Dentro del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (en
adelante, MITECO), se han diseñado proyectos de reformas e inversiones dirigidas a los
sectores ambientales y productivos con mayor capacidad de transformación dentro del
marco general de la transición medioambiental necesario para poner en marcha el Pacto
Verde Europeo, priorizando la transición ecológica dentro de la estrategia de desarrollo.
Así, el MITECO, participa dentro de este Plan con el componente 4 «Conservación y
restauración de ecosistemas y su biodiversidad», entre otros; en cuya ejecución también
participa el OAPN, encajando sus actuaciones en las líneas de inversión previstas en la
citada componente, concretamente en las destinadas a conservación de biodiversidad y
apoyo para su gestión y la del uso público y difusión (C4.I2).
En consecuencia, el OAPN cuenta con financiación procedente de los fondos MRR,
en el marco del PRTR aprobado por el Gobierno Español y las instituciones
comunitarias, dentro de su componente C4 para el desarrollo de las actuaciones
anteriormente mencionadas.
En consecuencia, y a tal efecto, las partes acuerdan suscribir el presente convenio,
al amparo de lo establecido en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público y en el artículo 59 del Real Decreto-Ley 36/2020, de 30 de diciembre, por
el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración
Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de
acuerdo con las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.

Objeto.

Segunda.

Objetivos y finalidades perseguidas por las partes.

Con la firma del presente convenio las partes persiguen los objetivos de mejorar la
difusión y el uso público en la Isla de Sálvora, integrada en el Parque Nacional Marítimo
Terrestre de las Islas Atlánticas de Galicia. Para ello se pretende rehabilitar el edificio de
la nave de salazón que existe en las proximidades de su puerto, dotarlo adecuadamente
y abrirlo al público como centro de visitantes del citado parque nacional específicamente

cve: BOE-A-2024-26193
Verificable en https://www.boe.es

El presente convenio tiene por objeto establecer el marco de colaboración entre las
partes para el desarrollo de un programa de actuaciones dirigidas a mejorar la difusión
de los valores de la biodiversidad y el uso público en la Isla de Sálvora, de manera
integrada y armónica con otras iniciativas de este tipo que ya existan en el Parque
Nacional Marítimo Terrestre de las Islas Atlánticas de Galicia, garantizándose así una
perfecta coordinación entre las actuaciones que el OAPN pueda desarrollar en los
inmuebles que el citado organismo autónomo tiene adscritos en la citada isla y las
orientaciones que en materia de difusión y uso público guían las actuaciones de la
Consellería de Medio Ambiente y Cambio Climático.