Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2024-26200)
Resolución de 28 de noviembre de 2024, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a GR Mandarín Renovables, SL, autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción para la instalación fotovoltaica GR Mandarín, de 80,21 MW de potencia instalada, y su infraestructura de evacuación, en los términos municipales de Soto del Real, Colmenar Viejo y Tres Cantos (Comunidad de Madrid).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 302

Lunes 16 de diciembre de 2024

Sec. III. Pág. 172564

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
26200

Resolución de 28 de noviembre de 2024, de la Dirección General de Política
Energética y Minas, por la que se otorga a GR Mandarín Renovables, SL,
autorización administrativa previa y autorización administrativa de
construcción para la instalación fotovoltaica GR Mandarín, de 80,21 MW de
potencia instalada, y su infraestructura de evacuación, en los términos
municipales de Soto del Real, Colmenar Viejo y Tres Cantos (Comunidad de
Madrid).

Reubicar la planta fotovoltaica y reducir su extensión, pasando de 108,42 hectáreas
a 77,24 hectáreas, reduciendo así la potencia de la planta desde los 99,857 MW a los 80
MW de potencia instalada, en respuesta a los informes de la Dirección General de
Biodiversidad y Recursos Naturales de la Comunidad de Madrid.
Modificación de las líneas de evacuación a 132 kV y 220 kV, en respuesta a los
informes de la Dirección General de Biodiversidad y Recursos Naturales de la
Comunidad de Madrid. La línea aérea a 132 kV entre la SET Mandarín y la SET
Colectora Tres Cantos con una longitud de 12,241 km, pasa a ser una línea soterrada
de 15,323 Km. La línea aéreo-subterránea a 220 kV entre la SET Colectora Tres Cantos
y la SET Tres Cantos GIS, REE, de 5,162 km de longitud total (4,029 km aéreos y 1,132
km subterráneos), pasa a ser una línea subterránea de 5,427 Km.
De conformidad con lo dispuesto en la citada resolución de autorización
administrativa previa, sin perjuicio del cumplimiento de la totalidad de los condicionantes
al proyecto establecidos en la Resolución de 31 de mayo de 2023 de la Dirección
General de Calidad y Evaluación Ambiental del Ministerio para la Transición Ecológica y
el Reto Demográfico, por la que se formula Declaración de Impacto Ambiental favorable

cve: BOE-A-2024-26200
Verificable en https://www.boe.es

GR Mandarín Renovables, SL, en adelante, el promotor, con fecha 9 de abril
de 2021, solicita autorización administrativa previa de la planta solar fotovoltaica GR
Mandarín, de 99,99 MWp, en el término municipal de Soto del Real (Madrid), así como
de las infraestructuras de evacuación asociadas, que son las siguientes: Líneas
subterráneas de media tensión a 30 kV hasta la subestación Mandarín 30/132 kV;
Subestación Eléctrica Mandarín 30/132 kV; Línea aérea a 132 kV desde la subestación
Mandarín 132/30 kV hasta la subestación colectora Tres Cantos 132/220 kV;
Subestación Eléctrica Colectora Tres Cantos 220/132 kV; y la Línea mixta a 220 kV
desde la subestación colectora Tres Cantos 132/220 kV hasta la subestación Tres
Cantos GIS 220 kV, propiedad de Red Eléctrica de España, SAU.
Mediante Resolución de 31 de agosto de 2023 de la Dirección General de Política
Energética y Minas, se otorgó a GR Mandarín Renovables, SL, autorización
administrativa previa para el parque fotovoltaico GR Mandarín, de 80,21 MW de potencia
instalada y su infraestructura de evacuación, en los términos municipales de Soto del
Real, Colmenar Viejo y Tres Cantos, en la Comunidad de Madrid (en adelante,
resolución de autorización administrativa previa), publicada en el «Boletín Oficial del
Estado» núm. 219, de 13 de septiembre de 2023.
De conformidad con lo dispuesto en la citada resolución de autorización
administrativa previa, en el marco de la evaluación de impacto ambiental practicada, el
promotor presentó, con fecha 13 de marzo de 2023, adenda al estudio de impacto
ambiental de la instalación fotovoltaica, de la línea de evacuación a 132 kV y de la línea
de evacuación a 220 kV, con modificaciones consistentes en: