Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades. III. Otras disposiciones. Comunidad Autónoma de Cantabria. Convenio. (BOE-A-2024-26206)
Resolución de 10 de diciembre de 2024, de la Secretaría de Estado de Ciencia, Innovación y Universidades, por la que se publica el Convenio con el Gobierno de Cantabria y la Universidad de Cantabria, para la implementación del Programa de Incorporación de Talento Docente e Investigador a las Universidades Públicas Españolas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 302
Lunes 16 de diciembre de 2024
Sec. III. Pág. 172619
el cual se cubrirán las necesidades de nuevo profesorado derivadas de la
implementación de las dedicaciones docentes en determinadas categorías del personal
docente e investigador que establece el capítulo IV de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de
marzo, del Sistema Universitario, en su ámbito la Universidad de Cantabria como
universidad pública presente y con sede en el territorio de la Comunidad de Cantabria.
b) Cubrir específicamente las necesidades docentes derivadas de los cambios de
dedicación del Profesorado/a Asociado/a y del Profesorado Ayudante Doctor.
c) Incorporar y provisionar nuevas plazas de profesorado en el marco de este
Programa mediante la figura del Profesor/a Ayudante Doctor, según lo descrito en el
anexo del presente convenio. Dicho anexo incorpora la información sobre plazas que a
nivel de CCAA se incluye en el Acuerdo del Pleno de la Conferencia General de Política
Universitaria aprobado el 19 de junio de 2024, tanto en el articulado del mismo como en
el anexo.
d) Reducir las tasas de temporalidad de la plantilla de profesorado de la
Universidad de Cantabria, para que en el curso 2027-2028 se cumpla con los valores al
respecto establecidos en la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo.
Tercera.
Financiación.
El Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades, a través de la Secretaría
General de Universidades asume, con cargo a este convenio, un gasto máximo de
trescientos veintiséis mil cuatrocientos un euros, (326.401,00 €) con cargo a la aplicación
presupuestaria 28.09.322C.450 de los Presupuestos Generales del Estado de 2023
prorrogados para 2024.
Los créditos se librarán y harán efectivos por cuartas partes en la segunda quincena
natural de cada trimestre, a excepción del pago correspondiente al primer trimestre, que
sólo podrá hacerse efectivo una vez suscrito el presente convenio, de acuerdo con lo
establecido en el artículo 86. Quinta de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General
Presupuestaria.
Cuarta. Obligaciones de las partes.
a) Aportar a la Consejería de Educación, Formación Profesional y Universidades
del Gobierno de Cantabria, con cargo a su presupuesto de gastos y de acuerdo con las
disponibilidades presupuestarias, una cantidad máxima de 326.401 euros, con objeto de
hacer frente al coste derivado de la creación y provisión de 29 plazas de Profesor/a
Ayudante Doctor en la Universidad de Cantabria, para el período comprendido entre 1 de
septiembre y 31 de diciembre de 2024, habida cuenta del momento del año en que se
firma este convenio y la temporalidad necesaria para la ejecución de los concursos de
provisión de estas plazas por parte de cada universidad.
A partir del año 2025 hasta la finalización del Programa, el MICIU se compromete a
aportar anualmente la cantidad que en su caso se consignara en los Presupuestos
Generales del Estado o mediante conferencia sectorial para atender la financiación del
coste derivado de esa creación y provisión de las 29 plazas de Profesor/a Ayudante
Doctor en la Universidad de Cantabria, teniendo presente siempre como referencia el
coste unitario utilizado para la elaboración del Acuerdo del 19 de junio de 2024 de la
Conferencia General de Política Universitaria. Cada año el Ministerio de Ciencia,
Innovación y Universidades, previa la tramitación de la correspondiente adenda a este
convenio, procederá al libramiento de fondos a la Comunidad Autónoma, supeditado a la
existencia de disponibilidades presupuestarias, que serán destinados exclusivamente a
abonar los gastos a que dé lugar la citada creación y provisión de plazas de Profesor/a
Ayudante Doctor.
cve: BOE-A-2024-26206
Verificable en https://www.boe.es
1. Corresponde al Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades (en adelante
MCIU), en el ámbito del presente convenio:
Núm. 302
Lunes 16 de diciembre de 2024
Sec. III. Pág. 172619
el cual se cubrirán las necesidades de nuevo profesorado derivadas de la
implementación de las dedicaciones docentes en determinadas categorías del personal
docente e investigador que establece el capítulo IV de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de
marzo, del Sistema Universitario, en su ámbito la Universidad de Cantabria como
universidad pública presente y con sede en el territorio de la Comunidad de Cantabria.
b) Cubrir específicamente las necesidades docentes derivadas de los cambios de
dedicación del Profesorado/a Asociado/a y del Profesorado Ayudante Doctor.
c) Incorporar y provisionar nuevas plazas de profesorado en el marco de este
Programa mediante la figura del Profesor/a Ayudante Doctor, según lo descrito en el
anexo del presente convenio. Dicho anexo incorpora la información sobre plazas que a
nivel de CCAA se incluye en el Acuerdo del Pleno de la Conferencia General de Política
Universitaria aprobado el 19 de junio de 2024, tanto en el articulado del mismo como en
el anexo.
d) Reducir las tasas de temporalidad de la plantilla de profesorado de la
Universidad de Cantabria, para que en el curso 2027-2028 se cumpla con los valores al
respecto establecidos en la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo.
Tercera.
Financiación.
El Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades, a través de la Secretaría
General de Universidades asume, con cargo a este convenio, un gasto máximo de
trescientos veintiséis mil cuatrocientos un euros, (326.401,00 €) con cargo a la aplicación
presupuestaria 28.09.322C.450 de los Presupuestos Generales del Estado de 2023
prorrogados para 2024.
Los créditos se librarán y harán efectivos por cuartas partes en la segunda quincena
natural de cada trimestre, a excepción del pago correspondiente al primer trimestre, que
sólo podrá hacerse efectivo una vez suscrito el presente convenio, de acuerdo con lo
establecido en el artículo 86. Quinta de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General
Presupuestaria.
Cuarta. Obligaciones de las partes.
a) Aportar a la Consejería de Educación, Formación Profesional y Universidades
del Gobierno de Cantabria, con cargo a su presupuesto de gastos y de acuerdo con las
disponibilidades presupuestarias, una cantidad máxima de 326.401 euros, con objeto de
hacer frente al coste derivado de la creación y provisión de 29 plazas de Profesor/a
Ayudante Doctor en la Universidad de Cantabria, para el período comprendido entre 1 de
septiembre y 31 de diciembre de 2024, habida cuenta del momento del año en que se
firma este convenio y la temporalidad necesaria para la ejecución de los concursos de
provisión de estas plazas por parte de cada universidad.
A partir del año 2025 hasta la finalización del Programa, el MICIU se compromete a
aportar anualmente la cantidad que en su caso se consignara en los Presupuestos
Generales del Estado o mediante conferencia sectorial para atender la financiación del
coste derivado de esa creación y provisión de las 29 plazas de Profesor/a Ayudante
Doctor en la Universidad de Cantabria, teniendo presente siempre como referencia el
coste unitario utilizado para la elaboración del Acuerdo del 19 de junio de 2024 de la
Conferencia General de Política Universitaria. Cada año el Ministerio de Ciencia,
Innovación y Universidades, previa la tramitación de la correspondiente adenda a este
convenio, procederá al libramiento de fondos a la Comunidad Autónoma, supeditado a la
existencia de disponibilidades presupuestarias, que serán destinados exclusivamente a
abonar los gastos a que dé lugar la citada creación y provisión de plazas de Profesor/a
Ayudante Doctor.
cve: BOE-A-2024-26206
Verificable en https://www.boe.es
1. Corresponde al Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades (en adelante
MCIU), en el ámbito del presente convenio: