Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2024-26085)
Resolución de 12 de diciembre de 2024, de la Gerencia del Consejo de Administración del Patrimonio Nacional, por la que se publica el Convenio con la Fundación Banco Santander, para la exposición «Victoria Eugenia de Battenberg. Una inglesa en la Corte de Alfonso XIII».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 301

Sábado 14 de diciembre de 2024

Sec. III. Pág. 171730

Fundación Banco Santander conocerá con antelación los soportes publicitarios y
editoriales. En el material publicitario, material editorial (folletos y carteles) y en el
catálogo (contraportada y páginas interiores de la obra, o donde se convenga por ambas
partes), así como en el panel de créditos de la Exposición deberá reflejarse en lugar
destacado el nombre y logo de la Fundación Banco Santander como colaborador. A los
efectos de la mencionada inserción, la Fundación Banco Santander facilitará los
materiales y marcas –incluyendo su logotipo– a Patrimonio Nacional, quien no podrá
alterarlos ni modificarlos sin su previo consentimiento, ni utilizarlos para fines distintos de
los pactados en este Convenio.
Una vez extinguido el presente Convenio, Patrimonio Nacional se obliga a cesar
inmediatamente en su utilización, salvo que medie el expreso consentimiento de la
Fundación Banco Santander.
2. Por su parte, la Fundación Banco Santander queda autorizada a hacer público y
difundir por sus propios medios su condición de entidad colaboradora de la Exposición
para sus acciones de comunicación. A estos exclusivos fines, en virtud del presente
Convenio Patrimonio Nacional autoriza el uso de su logo y marca en todos aquellos
comunicados, informes, publicaciones, declaraciones, memorias y cualesquiera otros
documentos, acciones y/o manifestaciones que la Fundación Banco Santander
produzca, tanto con carácter interno como externo, y en los que se recoja su
colaboración en la Exposición.
Sexta. Confidencialidad.
Toda información que las partes obtengan recíprocamente como consecuencia de la
negociación, formalización y ejecución del presente Convenio deberá considerarse
información confidencial amparada por el secreto profesional. En virtud de lo anterior, las
partes asumen la obligación de no revelar ni permitir a nadie revelar la información
confidencial, así como restringir el acceso a aquellas personas cuya intervención sea
necesaria para el desarrollo del Convenio y que deban tener acceso a la misma en
relación con los fines antes mencionados.
Los deberes de confidencialidad que las Partes asumen en virtud del presente
Convenio estarán en vigor durante el plazo de cinco (5) años tras la extinción del mismo
por cualquier causa.
Séptima.

Titularidad de los resultados.

Octava. Patrocinios.
Patrimonio Nacional, con el fin de completar la financiación de la Exposición, podrá
recabar otras colaboraciones y/o patrocinios, entendiendo que la presencia institucional
de cualquier otro colaborador o patrocinador subsidiario deberá ser claramente inferior a
la de la Fundación Banco de Santander.
Patrimonio Nacional se compromete a no ofrecer esta colaboración a otras entidades
sin fines lucrativos relacionadas con otras entidades bancarias, ni a cualquier otra

cve: BOE-A-2024-26085
Verificable en https://www.boe.es

El copyright de la edición de los catálogos y materiales editoriales que se publiquen
corresponderán a Patrimonio Nacional. Las obras serán incluidas en el catálogo de
publicaciones de Patrimonio Nacional. En la página de créditos deberán figurar los
números de ISBN y el número de identificación de publicación oficial (NIPO) que sean
asignados a las obras. Corresponderá a Patrimonio Nacional establecer el precio de
venta al público del catálogo, su distribución, difusión cultural y comercial y su
explotación a través de sus canales comerciales habituales. La Fundación Banco
Santander podrá así mismo distribuir los materiales editoriales producidos a través de
sus canales habituales.
La Fundación Banco Santander recibirá un total de 300 catálogos con fines no
venales, para uso institucional.