Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2024-26084)
Resolución de 12 de diciembre de 2024, de la Gerencia del Consejo de Administración del Patrimonio Nacional, por la que se publica el Convenio con el Consejo General de Colegios Oficiales de Farmacéuticos, para la colaboración en la reapertura de la Real Farmacia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 301
Sábado 14 de diciembre de 2024
Segunda.
Sec. III. Pág. 171722
Actuaciones.
Las actuaciones objeto de colaboración del presente convenio se encuadran en los
siguientes epígrafes:
– Actuaciones de restauración del botamen y mobiliario.
– Actuaciones relacionadas con la instalación el belén napolitano del Palacio Real de
Madrid para la edición de la Navidad 2025/2026.
– Actuaciones de difusión de la Real Farmacia.
El detalle de las actuaciones y su coste se relaciona en el anexo 1, que forma parte
integral del presente documento legal.
Tercera. Obligaciones y compromisos económicos.
El presente convenio no implica compromiso económico para Patrimonio Nacional.
1)
Serán obligaciones de Patrimonio Nacional:
1. Realizar los proyectos de las actuaciones descritas en la cláusula segunda,
conforme se detallan en el anexo I.
2. Organizar, gestionar y ejecutar los proyectos descritos en la cláusula segunda
conforme se detallan en el anexo I. Seleccionar y contratar a las empresas
especializadas en la ejecución de las diferentes partidas y coordinar y supervisar la
ejecución en tiempo y forma.
3. Hacer beneficiario al CGCOF de los beneficios establecidos en el anexo II. El
CGCOF podrá disfrutar de las mismas durante el periodo de vigor del presente convenio.
4. Autorizar al CGCOF a elaborar una réplica del edificio de la farmacia para su
propio uso y entregar a CGCOF réplicas del finimenti elaborado en los talleres de PN. El
CGCOF se hará cargo del coste de los materiales de aproximadamente 1.000 euros.
5. Someter a la aprobación del CGCOF los materiales de comunicación y
promoción y difusión realizados al amparo de este convenio.
2)
Serán obligaciones del CGCOF:
1. Aportar al Consejo de Administración de Patrimonio Nacional la cantidad máxima
de 52.074 euros + IVA (63.010 euros, sesenta y tres mil diez euros) a repartir en dos
años para la atención de los gastos de descritos en la cláusula segunda, con la siguiente
distribución anual:
– 2025: 33.000 euros + IVA (39.930 euros, treinta y nueve mil novecientos treinta
euros).
● El pago se efectuará antes del 31 de enero de 2025.
– 2026: 19.074 euros + IVA (23.080 euros, veintitrés mil ochenta euros).
El ingreso se realizará en la siguiente cuenta corriente abierta a nombre de
Patrimonio Nacional:
IBAN: 0049-4695-82-2116015155.
Por la cantidad abonada por el CGCOF, Patrimonio Nacional enviará al CGCOF
certificación acreditativa de la aportación realizada.
2. Prestar asesoramiento científico sobre las materias de su competencia al
personal científico de Patrimonio Nacional para la proyección y ejecución de los trabajos
cve: BOE-A-2024-26084
Verificable en https://www.boe.es
● El pago se efectuará antes del 31 de enero de 2026.
Núm. 301
Sábado 14 de diciembre de 2024
Segunda.
Sec. III. Pág. 171722
Actuaciones.
Las actuaciones objeto de colaboración del presente convenio se encuadran en los
siguientes epígrafes:
– Actuaciones de restauración del botamen y mobiliario.
– Actuaciones relacionadas con la instalación el belén napolitano del Palacio Real de
Madrid para la edición de la Navidad 2025/2026.
– Actuaciones de difusión de la Real Farmacia.
El detalle de las actuaciones y su coste se relaciona en el anexo 1, que forma parte
integral del presente documento legal.
Tercera. Obligaciones y compromisos económicos.
El presente convenio no implica compromiso económico para Patrimonio Nacional.
1)
Serán obligaciones de Patrimonio Nacional:
1. Realizar los proyectos de las actuaciones descritas en la cláusula segunda,
conforme se detallan en el anexo I.
2. Organizar, gestionar y ejecutar los proyectos descritos en la cláusula segunda
conforme se detallan en el anexo I. Seleccionar y contratar a las empresas
especializadas en la ejecución de las diferentes partidas y coordinar y supervisar la
ejecución en tiempo y forma.
3. Hacer beneficiario al CGCOF de los beneficios establecidos en el anexo II. El
CGCOF podrá disfrutar de las mismas durante el periodo de vigor del presente convenio.
4. Autorizar al CGCOF a elaborar una réplica del edificio de la farmacia para su
propio uso y entregar a CGCOF réplicas del finimenti elaborado en los talleres de PN. El
CGCOF se hará cargo del coste de los materiales de aproximadamente 1.000 euros.
5. Someter a la aprobación del CGCOF los materiales de comunicación y
promoción y difusión realizados al amparo de este convenio.
2)
Serán obligaciones del CGCOF:
1. Aportar al Consejo de Administración de Patrimonio Nacional la cantidad máxima
de 52.074 euros + IVA (63.010 euros, sesenta y tres mil diez euros) a repartir en dos
años para la atención de los gastos de descritos en la cláusula segunda, con la siguiente
distribución anual:
– 2025: 33.000 euros + IVA (39.930 euros, treinta y nueve mil novecientos treinta
euros).
● El pago se efectuará antes del 31 de enero de 2025.
– 2026: 19.074 euros + IVA (23.080 euros, veintitrés mil ochenta euros).
El ingreso se realizará en la siguiente cuenta corriente abierta a nombre de
Patrimonio Nacional:
IBAN: 0049-4695-82-2116015155.
Por la cantidad abonada por el CGCOF, Patrimonio Nacional enviará al CGCOF
certificación acreditativa de la aportación realizada.
2. Prestar asesoramiento científico sobre las materias de su competencia al
personal científico de Patrimonio Nacional para la proyección y ejecución de los trabajos
cve: BOE-A-2024-26084
Verificable en https://www.boe.es
● El pago se efectuará antes del 31 de enero de 2026.