Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades. III. Otras disposiciones. Ayudas. (BOE-A-2024-26101)
Orden CNU/1418/2024, de 9 de diciembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas a participantes directos y asociados en el Proyecto Importante de Interés Común Europeo de Salud (Med4Cure) y se procede a la convocatoria de las ayudas, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 301
Sábado 14 de diciembre de 2024
Sec. III. Pág. 171854
5. Capacidad de la empresa española en relación con el proyecto. Límite
máximo 10 páginas.
5.1 Adecuación del proyecto a las actividades y estrategia de la empresa española.
Descripción del general de la empresa española. Definir en qué medida el proyecto
propuesto responde al desarrollo estratégico del solicitante, indicando los antecedentes
de la misma.
5.2 Descripción de las capacidades tecnológicas, comerciales y productivas para
asegurar el desarrollo del proyecto.
5.3 Adecuación del presupuesto al tamaño y capacidad de la empresa.
6.
Impacto socioeconómico e igualdad de género. Límite máximo 7 páginas.
6.1 Describir la contribución en la mejora de la calidad de vida de los ciudadanos en
todos aquellos aspectos relevantes resultado del proyecto.
6.2 Describir la creación de empleo para el desarrollo del proyecto y la derivada del
mismo detallando hombres y mujeres.
6.3 Describir las medidas orientadas a disminuir la brecha de género y a fomentar
la igualdad en el proyecto y en la empresa, detallando la participación de mujeres en el
proyecto, si existe liderazgo científico-técnico de mujeres, la existencia de un plan de
igualdad o la posesión del Distintivo de Igualdad en la Empresa.
ANEXO IV
Memoria justificativa de cumplimiento del principio de DNSH
La memoria deberá respetar las siguientes condiciones de formato:
– Número máximo de páginas excluyendo la portada y el índice: 30.
– Tamaño de letra: 11 puntos.
– Espacio entre líneas: 1,15 puntos o superior.
En la memoria no se tendrán en cuenta los contenidos externos enlazados en esta
(hiperenlaces a documentación adicional, etc.).
La memoria deberá contener los siguientes epígrafes:
1.
Resumen del proyecto
Se detallarán y especificarán las actividades, los métodos y los procedimientos a
seguir con la indicación de la responsabilidad y la participación de cada una de las
entidades en las actividades. Descripción de los objetivos técnicos, especificando las
implicaciones medioambientales que conlleva su realización (utilización de recursos,
generación de residuos, emisiones de GEI, tratamientos de aguas, etc.) Descripción de
los resultados esperados en el proyecto y por cada socio especificando el posible
beneficio medioambiental que se aporta en su realización.
Consideración de los efectos medioambientales directos o indirectos en la ejecución
del proyecto y en su posible vida útil
Se considera un efecto indirecto aquellos que se producen con posterioridad a la
ejecución del proyecto y que sean efecto de la utilización/explotación del producto
desarrollado.
Se detallarán los efectos al medioambiente tanto directos como indirectos
provocados en el proceso del desarrollo del proyecto y su posterior utilización.
Si en el desarrollo del proyecto y su vida útil se identifica un efecto perjudicial para el
medioambiente en base a los objetivos medioambientales, se debe proponer una
cve: BOE-A-2024-26101
Verificable en https://www.boe.es
2.
Núm. 301
Sábado 14 de diciembre de 2024
Sec. III. Pág. 171854
5. Capacidad de la empresa española en relación con el proyecto. Límite
máximo 10 páginas.
5.1 Adecuación del proyecto a las actividades y estrategia de la empresa española.
Descripción del general de la empresa española. Definir en qué medida el proyecto
propuesto responde al desarrollo estratégico del solicitante, indicando los antecedentes
de la misma.
5.2 Descripción de las capacidades tecnológicas, comerciales y productivas para
asegurar el desarrollo del proyecto.
5.3 Adecuación del presupuesto al tamaño y capacidad de la empresa.
6.
Impacto socioeconómico e igualdad de género. Límite máximo 7 páginas.
6.1 Describir la contribución en la mejora de la calidad de vida de los ciudadanos en
todos aquellos aspectos relevantes resultado del proyecto.
6.2 Describir la creación de empleo para el desarrollo del proyecto y la derivada del
mismo detallando hombres y mujeres.
6.3 Describir las medidas orientadas a disminuir la brecha de género y a fomentar
la igualdad en el proyecto y en la empresa, detallando la participación de mujeres en el
proyecto, si existe liderazgo científico-técnico de mujeres, la existencia de un plan de
igualdad o la posesión del Distintivo de Igualdad en la Empresa.
ANEXO IV
Memoria justificativa de cumplimiento del principio de DNSH
La memoria deberá respetar las siguientes condiciones de formato:
– Número máximo de páginas excluyendo la portada y el índice: 30.
– Tamaño de letra: 11 puntos.
– Espacio entre líneas: 1,15 puntos o superior.
En la memoria no se tendrán en cuenta los contenidos externos enlazados en esta
(hiperenlaces a documentación adicional, etc.).
La memoria deberá contener los siguientes epígrafes:
1.
Resumen del proyecto
Se detallarán y especificarán las actividades, los métodos y los procedimientos a
seguir con la indicación de la responsabilidad y la participación de cada una de las
entidades en las actividades. Descripción de los objetivos técnicos, especificando las
implicaciones medioambientales que conlleva su realización (utilización de recursos,
generación de residuos, emisiones de GEI, tratamientos de aguas, etc.) Descripción de
los resultados esperados en el proyecto y por cada socio especificando el posible
beneficio medioambiental que se aporta en su realización.
Consideración de los efectos medioambientales directos o indirectos en la ejecución
del proyecto y en su posible vida útil
Se considera un efecto indirecto aquellos que se producen con posterioridad a la
ejecución del proyecto y que sean efecto de la utilización/explotación del producto
desarrollado.
Se detallarán los efectos al medioambiente tanto directos como indirectos
provocados en el proceso del desarrollo del proyecto y su posterior utilización.
Si en el desarrollo del proyecto y su vida útil se identifica un efecto perjudicial para el
medioambiente en base a los objetivos medioambientales, se debe proponer una
cve: BOE-A-2024-26101
Verificable en https://www.boe.es
2.