Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades. III. Otras disposiciones. Ayudas. (BOE-A-2024-26101)
Orden CNU/1418/2024, de 9 de diciembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas a participantes directos y asociados en el Proyecto Importante de Interés Común Europeo de Salud (Med4Cure) y se procede a la convocatoria de las ayudas, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 14 de diciembre de 2024

Sec. III. Pág. 171852

f) Intensidad de ayuda: importe bruto de ayuda expresado en porcentaje de los
costes subvencionables, antes de cualquier deducción fiscal u otras.
g) Investigación industrial: la investigación planificada o los estudios críticos
encaminados a adquirir nuevos conocimientos y aptitudes para desarrollar nuevos
productos, procesos o servicios, o encaminados a lograr una mejora significativa de los
productos, procesos o servicios existentes, incluidos los productos, procesos o servicios
digitales, en cualquier ámbito, tecnología, industria o sector (incluidas, aunque no
exclusivamente, las industrias y tecnologías digitales, como la supercomputación, las
tecnologías cuánticas, las tecnologías de cadena de bloques, la inteligencia artificial, la
ciberseguridad, los macrodatos y las tecnologías en la nube); la investigación industrial
incluye la creación de componentes de sistemas complejos y puede incluir la
construcción de prototipos en entorno de laboratorio o en un entorno con interfaces
simuladas con los sistemas existentes, así como líneas piloto, cuando sea necesario
para la investigación industrial y, en particular, para la validación de tecnología genérica.
h) Pequeñas y medianas empresas (PYME): las definidas como tales en el anexo I
del Reglamento (UE) n.º 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014.
i) Primer despliegue industrial (first industrial deployement, FID) se entenderá por
primer despliegue industrial el paso a una fase superior de las instalaciones piloto,
plantas de demostración o de los equipos e instalaciones primeros de su tipo que cubren
los pasos siguientes a la línea piloto, incluida la fase de prueba, y la producción por lotes
a escala, pero no la producción a gran escala ni las actividades comerciales.
j) Proyecto de I+D: toda operación que incluye actividades que abarcan una o
varias categorías de investigación y desarrollo definidas en esta orden, y que pretende
realizar una tarea indivisible de carácter económico, científico o técnico preciso con unos
objetivos claramente definidos de antemano; un proyecto de I+D puede constar de varias
tareas, actividades o servicios, e incluye objetivos claros, actividades que hay que
realizar para lograr esos objetivos (incluidos sus costes previstos), y resultados concretos
para identificar los logros de esas actividades y compararlos con los objetivos relevantes;
cuando dos o más proyectos de I+D no sean claramente separables uno de otro y, en
particular, cuando no tengan probabilidades independientes de éxito tecnológico, se
considerarán un proyecto único.
ANEXO II
Memoria ejecutiva del proyecto del participante directo en el IPCEI
La memoria deberá respetar las siguientes condiciones de formato:
– Número máximo de páginas excluyendo la portada y el índice: 35. Las páginas que
excedan el límite máximo indicado en cada apartado no se tendrán en cuenta para la
evaluación de la propuesta.
– Formato exigido: Fuente Arial, tamaño de letra 11 puntos, interlineado simple.
– Los enlaces a otros documentos o fuentes externas solo se admitirán a efectos de
fuentes bibliográficas de la información contenida en la memoria, pero no como
información adicional a la propia memoria, por lo que no sería tenida en cuenta a los
efectos de la información que debe contener este documento.
La memoria deberá contener los siguientes epígrafes, con el número de páginas
máximo que se indica:
1. Resumen ejecutivo del solicitante. Máximo 2 páginas.
2. Breve descripción y cronograma de las actividades y tareas previstas. Máximo 10
páginas.
3. Descripción de las tareas de difusión previstas en el proyecto. Máximo 5 páginas.
4. Justificación y desglose de todas las partidas definidas en el presupuesto.
Máximo 10 páginas.
5. Entregables previstos. Máximo 8 páginas.

cve: BOE-A-2024-26101
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Núm. 301