Ministerio de Cultura. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Cuerpo Facultativo de Conservadores de Museos. (BOE-A-2024-26011)
Resolución de 5 de diciembre de 2024, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, en el Cuerpo Facultativo de Conservadores de Museos, y para el cambio de régimen jurídico del personal laboral fijo incluido en el anexo II del IV Convenio Único para el personal laboral de la Administración General del Estado.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 13 de diciembre de 2024

Sec. II.B. Pág. 170423

La segunda parte consistirá en la catalogación de tres piezas elegidas por cada
persona opositora entre cinco seleccionadas por el Tribunal entre las materias incluidas
en apartado B «Temas específicos» del programa del anexo II de esta convocatoria (una
de «Patrimonio artístico y científico-técnico», una de «Patrimonio arqueológico e
histórico-militar» y una de «Patrimonio antropológico y artes decorativas»).
Cada persona opositora trabajará sobre la documentación facilitada por el Tribunal.
El tiempo máximo para la realización de esta parte del ejercicio será de una hora y
media.
Ambas partes del ejercicio deberán ser leídas posteriormente ante el Tribunal en
sesión pública. El Tribunal podrá dialogar con cada persona opositora sobre cuestiones
relacionadas con el ejercicio durante un periodo máximo de quince minutos.
El ejercicio deberá escribirse evitando la utilización de abreviaturas o signos no
usuales en el lenguaje escrito. El Tribunal valorará la capacidad analítica y resolutiva, la
claridad y orden de ideas, la aplicación práctica de los conocimientos y la calidad de la
expresión escrita y oral de la persona aspirante.
Calificación: La puntuación máxima del ejercicio será de 40 puntos, debiéndose
obtener una puntuación mínima de 20 puntos para superarlo, según el siguiente
desglose:
La primera parte se calificará de 0 a 25 puntos, siendo necesario obtener una
puntuación mínima de 12,5 puntos para superarla.
En la segunda parte, la catalogación de cada pieza se puntuará con un máximo de 5
puntos, debiéndose obtener un mínimo de 2,5 puntos en cada una de ellas. Esta parte se
calificará de 0 a 15, siendo necesario obtener 7,5 puntos para superarla.
Será necesario superar tanto la primera parte como la segunda para aprobar el
ejercicio.
No podrá declararse que ha superado este ejercicio un número de personas
aspirantes superior al de plazas convocadas.
La puntuación de la fase de oposición vendrá determinada por la suma total de las
calificaciones obtenidas en cada uno de los ejercicios.
2.

Curso Selectivo

El curso selectivo será organizado por la Secretaría de Estado de Cultura y tendrá
como finalidad primordial la adquisición de conocimientos y habilidades en orden a la
preparación específica de las personas aspirantes para el ejercicio de las funciones
propias del Cuerpo convocado. El carácter selectivo del curso exigirá la superación por
las personas aspirantes de pruebas teóricas, prácticas o de ambos tipos en relación con
las áreas básicas de formación que se impartan. El curso selectivo será de hasta tres
meses de duración. Una parte de este podrá realizarse en régimen de estancia en
unidades designadas por la Secretaría de Estado de Cultura, como período de prácticas.
Dicha estancia podrá realizarse en Unidades de la Secretaría de Estado de Cultura, en
organismos adscritos al Ministerio u otros departamentos ministeriales.
Durante esta fase la persona aspirante tendrá la condición de personal funcionario en
prácticas.
La Secretaría de Estado de Cultura, designará una Comisión de Valoración, que será
la encargada de calificar el curso de «Apto/a» o «No Apto/a», siendo necesario obtener
la calificación de «Apto» para superar el curso selectivo.
Las personas aspirantes que no superen el curso selectivo perderán el derecho a su
nombramiento como funcionarios de carrera, por resolución motivada de la autoridad
convocante, a propuesta del órgano responsable de la evaluación del curso selectivo.
Las personas aspirantes que no pudieran realizar el curso selectivo por causa de
fuerza mayor debidamente justificada y apreciada por el órgano convocante, podrán
efectuarlo incorporándose al inmediatamente posterior que tuviese lugar, siempre que las

cve: BOE-A-2024-26011
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Núm. 300