Ministerio de Cultura. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Cuerpo Facultativo de Conservadores de Museos. (BOE-A-2024-26011)
Resolución de 5 de diciembre de 2024, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, en el Cuerpo Facultativo de Conservadores de Museos, y para el cambio de régimen jurídico del personal laboral fijo incluido en el anexo II del IV Convenio Único para el personal laboral de la Administración General del Estado.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 300
Viernes 13 de diciembre de 2024
Sec. II.B. Pág. 170421
Con el fin de respetar los principios de publicidad, transparencia, objetividad y
seguridad jurídica que deben regir el acceso al empleo público, el Tribunal publicará con
anterioridad a la realización de este ejercicio, los criterios de corrección, valoración y
superación del mismo, que no estén expresamente establecidos en las bases de esta
convocatoria.
1.2
Segundo ejercicio.
Consistirá en una prueba de conocimiento de idiomas. Las personas aspirantes
podrán elegir como idioma de la prueba inglés, francés, italiano, alemán y portugués.
Para la acreditación de estos conocimientos se establecen dos modalidades
excluyentes de evaluación, una presencial y, otra, sustitutiva de la anterior, mediante la
cual las personas candidatas podrán acreditar mediante titulación su conocimiento del
idioma equivalente al nivel B2 o superior, de acuerdo con el Marco Común Europeo de
Referencia de las Lenguas (MCER).
Independientemente de la modalidad a la que se acojan las personas aspirantes, la
calificación de este ejercicio solamente podrá ser «Apto/a» o «No Apto/a», siendo
necesaria la calificación de «Apto/a» para superarlo.
Esta calificación vendrá determinada por la capacidad de la persona aspirante para
entender el idioma elegido y para expresarse en él con suficiente fluidez, ya sea
demostrada mediante la realización de las correspondientes pruebas o acreditada
mediante alguno de los títulos recogidos en el anexo IV; así como la capacidad de
síntesis y la calidad de la versión en castellano.
A.
Modalidad de acreditación mediante titulación:
Dicha titulación deberá de haber sido obtenida en los cinco años anteriores al plazo
de finalización de solicitudes de esta convocatoria y acreditar alguno de los niveles o
calificaciones totales especificados en el anexo IV.
Aquellas personas aspirantes que se acojan a esta modalidad deberán indicarlo en el
modelo 790 de solicitud de participación de este proceso selectivo. El Tribunal Calificador
publicará una nota informativa indicando el modo y el medio por el que se deberá
presentar esta titulación para su validación. Una vez finalice el plazo de subsanación de
solicitudes la modalidad escogida no podrá ser posteriormente modificada.
El Tribunal Calificador cotejará la autenticidad de la documentación aportada. Si las
personas interesadas no presentasen dicha documentación o ante la existencia de
dudas derivadas de la calidad de la copia, el Tribunal Calificador podrá requerir la
documentación original acreditativa de la titulación en cualquier momento del proceso
selectivo. Si no se presentara dicha documentación, el título presentado no hubiera sido
obtenido dentro del plazo indicado en esta convocatoria, no estuviera recogido en el
anexo IV, o de la documentación presentada se dedujera que no se está en posesión de
una titulación acreditativa del nivel requerido, se perderá el derecho de acceso al
siguiente ejercicio. No se permitirá en estos casos optar por la realización del ejercicio en
la modalidad presencial.
En la modalidad presencial, el ejercicio se dividirá en dos partes:
a) En la primera parte, las personas aspirantes deberán realizar la traducción
directa, por escrito, en castellano, de un texto de carácter profesional que propondrá el
Tribunal, para lo cual dispondrá de una hora. Para la realización de esta parte del
ejercicio las personas aspirantes podrán ayudarse de diccionario.
b) En la segunda parte, se realizará por escrito el resumen en castellano de un
texto profesional, propuesto por el Tribunal, en el idioma escogido por la persona
aspirante, para lo cual dispondrá de una hora y media. En esta segunda parte del
ejercicio no se permitirá la utilización de diccionario.
cve: BOE-A-2024-26011
Verificable en https://www.boe.es
B.
Núm. 300
Viernes 13 de diciembre de 2024
Sec. II.B. Pág. 170421
Con el fin de respetar los principios de publicidad, transparencia, objetividad y
seguridad jurídica que deben regir el acceso al empleo público, el Tribunal publicará con
anterioridad a la realización de este ejercicio, los criterios de corrección, valoración y
superación del mismo, que no estén expresamente establecidos en las bases de esta
convocatoria.
1.2
Segundo ejercicio.
Consistirá en una prueba de conocimiento de idiomas. Las personas aspirantes
podrán elegir como idioma de la prueba inglés, francés, italiano, alemán y portugués.
Para la acreditación de estos conocimientos se establecen dos modalidades
excluyentes de evaluación, una presencial y, otra, sustitutiva de la anterior, mediante la
cual las personas candidatas podrán acreditar mediante titulación su conocimiento del
idioma equivalente al nivel B2 o superior, de acuerdo con el Marco Común Europeo de
Referencia de las Lenguas (MCER).
Independientemente de la modalidad a la que se acojan las personas aspirantes, la
calificación de este ejercicio solamente podrá ser «Apto/a» o «No Apto/a», siendo
necesaria la calificación de «Apto/a» para superarlo.
Esta calificación vendrá determinada por la capacidad de la persona aspirante para
entender el idioma elegido y para expresarse en él con suficiente fluidez, ya sea
demostrada mediante la realización de las correspondientes pruebas o acreditada
mediante alguno de los títulos recogidos en el anexo IV; así como la capacidad de
síntesis y la calidad de la versión en castellano.
A.
Modalidad de acreditación mediante titulación:
Dicha titulación deberá de haber sido obtenida en los cinco años anteriores al plazo
de finalización de solicitudes de esta convocatoria y acreditar alguno de los niveles o
calificaciones totales especificados en el anexo IV.
Aquellas personas aspirantes que se acojan a esta modalidad deberán indicarlo en el
modelo 790 de solicitud de participación de este proceso selectivo. El Tribunal Calificador
publicará una nota informativa indicando el modo y el medio por el que se deberá
presentar esta titulación para su validación. Una vez finalice el plazo de subsanación de
solicitudes la modalidad escogida no podrá ser posteriormente modificada.
El Tribunal Calificador cotejará la autenticidad de la documentación aportada. Si las
personas interesadas no presentasen dicha documentación o ante la existencia de
dudas derivadas de la calidad de la copia, el Tribunal Calificador podrá requerir la
documentación original acreditativa de la titulación en cualquier momento del proceso
selectivo. Si no se presentara dicha documentación, el título presentado no hubiera sido
obtenido dentro del plazo indicado en esta convocatoria, no estuviera recogido en el
anexo IV, o de la documentación presentada se dedujera que no se está en posesión de
una titulación acreditativa del nivel requerido, se perderá el derecho de acceso al
siguiente ejercicio. No se permitirá en estos casos optar por la realización del ejercicio en
la modalidad presencial.
En la modalidad presencial, el ejercicio se dividirá en dos partes:
a) En la primera parte, las personas aspirantes deberán realizar la traducción
directa, por escrito, en castellano, de un texto de carácter profesional que propondrá el
Tribunal, para lo cual dispondrá de una hora. Para la realización de esta parte del
ejercicio las personas aspirantes podrán ayudarse de diccionario.
b) En la segunda parte, se realizará por escrito el resumen en castellano de un
texto profesional, propuesto por el Tribunal, en el idioma escogido por la persona
aspirante, para lo cual dispondrá de una hora y media. En esta segunda parte del
ejercicio no se permitirá la utilización de diccionario.
cve: BOE-A-2024-26011
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B.