Ministerio de Cultura. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Cuerpo Facultativo de Archiveros, Bibliotecarios y Arqueólogos. (BOE-A-2024-26010)
Resolución de 5 de diciembre de 2024, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, en el Cuerpo Facultativo de Archiveros, Bibliotecarios y Arqueólogos, y para el cambio de régimen jurídico del personal laboral fijo incluido en el anexo II del IV Convenio Único para el personal laboral de la Administración General del Estado.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 300
Viernes 13 de diciembre de 2024
6.
Sec. II.B. Pág. 170353
Requisitos específicos
6.1 Además de los requisitos enumerados en la base décima de la Orden
HFP/688/2017, de 20 de julio, las personas aspirantes deberán estar en posesión o en
condición de obtener el título de Licenciado/a, Ingeniero/a, Arquitecto/a o Graduado/a en
la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, según lo previsto en el
Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto
refundido del Estatuto Básico del Empleado Público.
Las personas aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán estar en
posesión de la correspondiente credencial de homologación o en su caso del
correspondiente certificado de equivalencia. Este requisito no será de aplicación a las
personas aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación
profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones de
derecho de la Unión Europea.
6.2 Las personas candidatas deberán poseer en el día de finalización del plazo de
presentación de solicitudes y mantener hasta el momento de la toma de posesión como
funcionario de carrera los requisitos exigidos.
6.3 Requisitos específicos para las personas aspirantes por promoción interna:
Las personas aspirantes que concurran a la presente convocatoria de acceso por
promoción interna, además del requisito de titulación y de los requisitos recogidos en las
bases comunes, deberán cumplir también, a la fecha de finalización del plazo de
presentación de solicitudes, los siguientes:
6.3.1
Personal funcionario.
– Pertenecer como funcionario de carrera a alguno de los Cuerpos Escalas de la
Administración General del Estado del Subgrupo A2; o a Cuerpos o Escalas Postales y
Telegráficos adscritos al Subgrupo A2; o a Cuerpos o Escalas del Subgrupo A2 del resto
de los ámbitos incluidos en el artículo 2.1 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de
octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del
Empleado Público y que hayan obtenido con destino definitivo, estos últimos, en la
Administración General del Estado.
– Haber prestado servicios efectivos, durante al menos dos años, como funcionario
de carrera en Cuerpos o Escalas de la Administración General del Estado del Subgrupo
A2, o en Cuerpos o Escalas Postales y Telegráficos adscritos al Subgrupo A2 o en
Cuerpos o Escalas del Subgrupo A2 del resto de los ámbitos incluidos en el artículo 2.1
del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto
refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
Personal laboral.
– Personal laboral fijo (excluido el personal laboral indefinido no fijo): pertenecer como
personal laboral fijo al grupo G1-Archivos, Bibliotecas y Museos, del anexo II del IV
Convenio colectivo único para el personal laboral de la Administración General del Estado.
– También podrá participar el personal laboral fijo (excluido el personal laboral
indefinido no fijo) que pertenezca a una categoría y grupo profesional equivalentes de
otros convenios de Organismos Públicos, Agencias y demás Entidades de derecho
público con personalidad jurídica propia, vinculadas o dependientes de la Administración
General del Estado y que desarrolle funciones de dirección y coordinación de procesos
de catalogación, investigación, conservación, gestión y difusión de bienes culturales y
museos o instituciones análogas.
– Haber prestado servicios efectivos durante al menos dos años, como personal
laboral fijo (excluido el tiempo como personal laboral indefinido no fijo) en puestos que
hayan sido encuadrados en el grupo y especialidad G1-Archivos, Bibliotecas y Museos,
del anexo II del IV Convenio colectivo único para el personal laboral de la Administración
General del Estado vigente.
cve: BOE-A-2024-26010
Verificable en https://www.boe.es
6.3.2
Núm. 300
Viernes 13 de diciembre de 2024
6.
Sec. II.B. Pág. 170353
Requisitos específicos
6.1 Además de los requisitos enumerados en la base décima de la Orden
HFP/688/2017, de 20 de julio, las personas aspirantes deberán estar en posesión o en
condición de obtener el título de Licenciado/a, Ingeniero/a, Arquitecto/a o Graduado/a en
la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, según lo previsto en el
Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto
refundido del Estatuto Básico del Empleado Público.
Las personas aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán estar en
posesión de la correspondiente credencial de homologación o en su caso del
correspondiente certificado de equivalencia. Este requisito no será de aplicación a las
personas aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación
profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones de
derecho de la Unión Europea.
6.2 Las personas candidatas deberán poseer en el día de finalización del plazo de
presentación de solicitudes y mantener hasta el momento de la toma de posesión como
funcionario de carrera los requisitos exigidos.
6.3 Requisitos específicos para las personas aspirantes por promoción interna:
Las personas aspirantes que concurran a la presente convocatoria de acceso por
promoción interna, además del requisito de titulación y de los requisitos recogidos en las
bases comunes, deberán cumplir también, a la fecha de finalización del plazo de
presentación de solicitudes, los siguientes:
6.3.1
Personal funcionario.
– Pertenecer como funcionario de carrera a alguno de los Cuerpos Escalas de la
Administración General del Estado del Subgrupo A2; o a Cuerpos o Escalas Postales y
Telegráficos adscritos al Subgrupo A2; o a Cuerpos o Escalas del Subgrupo A2 del resto
de los ámbitos incluidos en el artículo 2.1 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de
octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del
Empleado Público y que hayan obtenido con destino definitivo, estos últimos, en la
Administración General del Estado.
– Haber prestado servicios efectivos, durante al menos dos años, como funcionario
de carrera en Cuerpos o Escalas de la Administración General del Estado del Subgrupo
A2, o en Cuerpos o Escalas Postales y Telegráficos adscritos al Subgrupo A2 o en
Cuerpos o Escalas del Subgrupo A2 del resto de los ámbitos incluidos en el artículo 2.1
del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto
refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
Personal laboral.
– Personal laboral fijo (excluido el personal laboral indefinido no fijo): pertenecer como
personal laboral fijo al grupo G1-Archivos, Bibliotecas y Museos, del anexo II del IV
Convenio colectivo único para el personal laboral de la Administración General del Estado.
– También podrá participar el personal laboral fijo (excluido el personal laboral
indefinido no fijo) que pertenezca a una categoría y grupo profesional equivalentes de
otros convenios de Organismos Públicos, Agencias y demás Entidades de derecho
público con personalidad jurídica propia, vinculadas o dependientes de la Administración
General del Estado y que desarrolle funciones de dirección y coordinación de procesos
de catalogación, investigación, conservación, gestión y difusión de bienes culturales y
museos o instituciones análogas.
– Haber prestado servicios efectivos durante al menos dos años, como personal
laboral fijo (excluido el tiempo como personal laboral indefinido no fijo) en puestos que
hayan sido encuadrados en el grupo y especialidad G1-Archivos, Bibliotecas y Museos,
del anexo II del IV Convenio colectivo único para el personal laboral de la Administración
General del Estado vigente.
cve: BOE-A-2024-26010
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6.3.2