Ministerio de Cultura. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Cuerpo de Ayudantes de Archivos, Bibliotecas y Museos. (BOE-A-2024-26009)
Resolución de 5 de diciembre de 2024, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, en el Cuerpo de Ayudantes de Archivos, Bibliotecas y Museos, y cambio de régimen jurídico del personal laboral fijo incluido en el anexo II del IV Convenio Único para el personal laboral de la Administración General del Estado.
62 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 300
Viernes 13 de diciembre de 2024
Sec. II.B. Pág. 170318
Durante esta fase la persona aspirante tendrá la condición de personal funcionario en
prácticas.
La Secretaría de Estado de Cultura, designará una Comisión de Valoración, que será
la encargada de calificar el curso de «Apto» o «No Apto», siendo necesario obtener la
calificación de «Apto» para superar el curso selectivo.
Las personas aspirantes que no superen el curso selectivo perderán el derecho a su
nombramiento como funcionarios de carrera, por resolución motivada de la autoridad
convocante, a propuesta del órgano responsable de la evaluación del curso selectivo.
Las personas aspirantes que no pudieran realizar el curso selectivo por causa de
fuerza mayor debidamente justificada y apreciada por el órgano convocante, podrán
efectuarlo incorporándose al inmediatamente posterior que tuviese lugar, siempre que las
pruebas selectivas fueran de igual carácter, intercalándose en el lugar que les
corresponda de acuerdo con la puntuación obtenida. A estos efectos, no se considerará
causa de fuerza mayor, la coincidencia en el tiempo del desarrollo de cursos selectivos o
períodos de prácticas correspondientes a diferentes convocatorias.
4.
Calificación final para las tres Secciones
Para las personas aspirantes que superen el curso selectivo, la calificación final
vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de oposición y
en la de concurso.
En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a la mayor puntuación
obtenida en la fase de oposición. De persistir el empate, el orden se establecerá
atendiendo al siguiente criterio:
1.º Mayor puntuación obtenida en la segunda parte del primer ejercicio de la fase
de oposición.
2.º Mayor puntuación obtenida en la primera parte del primer ejercicio de la fase de
oposición.
3.º Por último, se aplicará el orden de actuación de los aspirantes publicado
mediante Resolución de 25 de julio de 2024, de la Secretaría de Estado de Función
Pública.
No podrá declararse que ha superado el proceso selectivo un número de personas
aspirantes superior al de plazas convocadas.
Las personas aspirantes que tengan la condición de funcionarios de Organismos
Internacionales estarán exentas de la realización de aquellas pruebas o ejercicios que la
Comisión Permanente de Homologación considere que tienen por objeto acreditar
conocimientos ya exigidos para el desempeño de sus puestos de origen en el Organismo
Internacional correspondiente.
Descripción del proceso selectivo por el sistema de acceso por cambio de
régimen jurídico
1.
Fase de oposición
La fase de oposición constará de un único ejercicio que consistirá en un examen tipo
test compuesto por setenta preguntas y tres respuestas alternativas cada una, relativas
al contenido del temario que se establece en el anexo II; podrán preverse 5 preguntas
adicionales de reserva que serán valoradas en el caso de que se anule alguna de
las setenta anteriores, siguiendo el orden de numeración de estas.
El ejercicio se dividirá en dos partes:
– Primera parte: Formado por cincuenta preguntas tipo test que versarán sobre el
temario de legislación general, según se establece en el anexo II.
– Segunda parte: Formado por veinte preguntas tipo test que versarán sobre el
temario específico, según se establece en el anexo II.
cve: BOE-A-2024-26009
Verificable en https://www.boe.es
C.
Núm. 300
Viernes 13 de diciembre de 2024
Sec. II.B. Pág. 170318
Durante esta fase la persona aspirante tendrá la condición de personal funcionario en
prácticas.
La Secretaría de Estado de Cultura, designará una Comisión de Valoración, que será
la encargada de calificar el curso de «Apto» o «No Apto», siendo necesario obtener la
calificación de «Apto» para superar el curso selectivo.
Las personas aspirantes que no superen el curso selectivo perderán el derecho a su
nombramiento como funcionarios de carrera, por resolución motivada de la autoridad
convocante, a propuesta del órgano responsable de la evaluación del curso selectivo.
Las personas aspirantes que no pudieran realizar el curso selectivo por causa de
fuerza mayor debidamente justificada y apreciada por el órgano convocante, podrán
efectuarlo incorporándose al inmediatamente posterior que tuviese lugar, siempre que las
pruebas selectivas fueran de igual carácter, intercalándose en el lugar que les
corresponda de acuerdo con la puntuación obtenida. A estos efectos, no se considerará
causa de fuerza mayor, la coincidencia en el tiempo del desarrollo de cursos selectivos o
períodos de prácticas correspondientes a diferentes convocatorias.
4.
Calificación final para las tres Secciones
Para las personas aspirantes que superen el curso selectivo, la calificación final
vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de oposición y
en la de concurso.
En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a la mayor puntuación
obtenida en la fase de oposición. De persistir el empate, el orden se establecerá
atendiendo al siguiente criterio:
1.º Mayor puntuación obtenida en la segunda parte del primer ejercicio de la fase
de oposición.
2.º Mayor puntuación obtenida en la primera parte del primer ejercicio de la fase de
oposición.
3.º Por último, se aplicará el orden de actuación de los aspirantes publicado
mediante Resolución de 25 de julio de 2024, de la Secretaría de Estado de Función
Pública.
No podrá declararse que ha superado el proceso selectivo un número de personas
aspirantes superior al de plazas convocadas.
Las personas aspirantes que tengan la condición de funcionarios de Organismos
Internacionales estarán exentas de la realización de aquellas pruebas o ejercicios que la
Comisión Permanente de Homologación considere que tienen por objeto acreditar
conocimientos ya exigidos para el desempeño de sus puestos de origen en el Organismo
Internacional correspondiente.
Descripción del proceso selectivo por el sistema de acceso por cambio de
régimen jurídico
1.
Fase de oposición
La fase de oposición constará de un único ejercicio que consistirá en un examen tipo
test compuesto por setenta preguntas y tres respuestas alternativas cada una, relativas
al contenido del temario que se establece en el anexo II; podrán preverse 5 preguntas
adicionales de reserva que serán valoradas en el caso de que se anule alguna de
las setenta anteriores, siguiendo el orden de numeración de estas.
El ejercicio se dividirá en dos partes:
– Primera parte: Formado por cincuenta preguntas tipo test que versarán sobre el
temario de legislación general, según se establece en el anexo II.
– Segunda parte: Formado por veinte preguntas tipo test que versarán sobre el
temario específico, según se establece en el anexo II.
cve: BOE-A-2024-26009
Verificable en https://www.boe.es
C.