Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Escala de Titulados de Escuelas Técnicas de Grado Medio de Organismos del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana. (BOE-A-2024-26005)
Resolución de 5 de diciembre de 2024, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en la Escala de Titulados de Escuelas Técnicas de Grado Medio de Organismos del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, especialidad Seguridad e Interoperabilidad Ferroviaria.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 300

Viernes 13 de diciembre de 2024

Sec. II.B. Pág. 170183

De las 14 plazas convocadas, 6 corresponden a las comprendidas en el Real
Decreto 625/2023, de 11 de julio (BOE 12 de julio) y 8 al Real Decreto 656/2024, de 2 de
julio, por el que se aprueba la oferta de empleo público correspondiente al ejercicio 2024.
2.2 La distribución por áreas temáticas de las plazas convocadas es la siguiente:
a)
b)

Material rodante ferroviario: 7 plazas.
Instalaciones fijas ferroviarias: 7 plazas.

Si en alguna de las áreas temáticas quedaran plazas sin cubrir, estas se podrán
acumular a las de la otra área temática. Las plazas vacantes en el área temática de
Material rodante ferroviario se acumularán en las del área temática de Instalaciones fijas
ferroviarias y viceversa.
2.3 Las personas aspirantes deberán optar por una sola de las áreas temáticas.
2.4 Del total de plazas a cubrir se reservan para quienes tengan la condición legal
de persona con discapacidad con un grado de discapacidad igual o superior al 33 %, un
total de 1 plaza del sistema general de acceso libre de las previstas en el Real
Decreto 656/2024, de 2 de julio (BOE del 3).
2.5 En el supuesto de que alguna de las personas aspirantes con discapacidad que
se hubiera presentado por el cupo de reserva superase los ejercicios y no obtuviese
plaza en el citado cupo, siendo su puntuación superior a la obtenida por otros, las
personas aspirantes del sistema de acceso general, esta será incluido por su orden de
puntuación en el sistema de acceso general.
2.6 Las plazas reservadas para las personas con discapacidad que queden sin
cubrir en el turno de acceso libre no se podrán acumular al turno general.
2.7 De acuerdo con lo establecido en lo establecido en artículo 108.2. del Real
Decreto-ley 6/2023, de 19 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para
la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia en materia de
servicio público de justicia, función pública, régimen local y mecenazgo, las plazas no
cubiertas tras la ejecución de esta convocatoria podrán convocarse nuevamente siempre
que no hayan transcurrido más de tres años desde la publicación de la oferta. La nueva
convocatoria identificará las plazas que proceden de convocatorias anteriores y la oferta
a la que corresponden.
2.8 De acuerdo con el artículo 26 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por
el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la
Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción
Profesional de los funcionarios civiles de la Administración General de Estado, la
adjudicación de puestos de trabajo a los funcionarios de nuevo ingreso se efectuará de
acuerdo con las peticiones de las personas interesadas entre los puestos ofertados a los
mismos, según el orden obtenido en el proceso selectivo, siempre que reúnan los
requisitos objetivos determinados para cada puesto en las Relaciones de Puestos de
Trabajo. Se exceptúa de lo anterior el supuesto recogido en el artículo 9 del Real
Decreto 2271/2004, de 3 de diciembre, por el que se regula el acceso al empleo público
y la provisión de puestos de trabajo de personas con discapacidad.
2.9 La elección de destinos se hará por medios electrónicos.
Proceso selectivo

3.1 El proceso selectivo se realizará mediante el sistema de oposición, con las
valoraciones, ejercicios y puntuaciones que se especifican en el anexo I.
3.2 En aplicación del artículo 3.12 del Real Decreto 656/2024, de 2 de julio, se
establece la conservación de la nota de los ejercicios, siempre que dicha nota supere
el 50 % de la calificación directa máxima prevista para el correspondiente ejercicio, a las
personas aspirantes que participen por el turno de reserva para personas con
discapacidad.

cve: BOE-A-2024-26005
Verificable en https://www.boe.es

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