Ministerio de Trabajo y Economía Social. III. Otras disposiciones. Comunidad Autónoma de Andalucía. Convenio. (BOE-A-2024-26054)
Resolución de 5 de diciembre de 2024, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre el Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo, O.A., M.P., y la Junta de Andalucía, para la administración y participación en gastos de inmueble de uso compartido.
9 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 13 de diciembre de 2024
Sec. III. Pág. 171574
adicionales de mutuo acuerdo, si bien podrá ser denunciado en cualquier momento antes
de su finalización por cualquiera de las Entidades que lo suscriben.
Decimotercera. Acuerdo de liquidación de las actuaciones en curso de ejecución desde
enero de 2022 hasta la fecha de entrada en vigor del presente convenio.
De conformidad con los establecido en el artículo 52.3 de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, las partes acuerdan la liquidación de las actuaciones en curso de ejecución del
convenio suscrito por los firmantes en fecha 29 de septiembre de 1983, a fin de dar
cumplimiento a lo dispuesto en el apartado B) 3.º, del anexo I del Real Decreto 4121/1982,
de 29 de diciembre, sobre traspaso de funciones y servicios de la AGE a la Junta de
Andalucía en materia de Centros provinciales de Seguridad e Higiene en el Trabajo (Orden
de 3 de octubre de 1983, BOJA núm. 85, de 25 de octubre de 1983).
A estos efectos, la Junta de Andalucía deberá satisfacer al INSST las obligaciones
económicas pendientes de pago, de conformidad con los coeficientes para la distribución
de gastos comunes previstos en el anexo II, que ascienden, a fecha 30 de junio de 2024,
al importe de 320.401,03 euros según se detalla en el anexo III, que derivan de dicho
convenio suscrito el 29 de septiembre de 1983 en el plazo de tres meses desde la fecha
en que el presente convenio adquiera eficacia jurídica. A esta cantidad habrá que añadir
el importe de actuaciones en curso de ejecución desde 1 de julio de 2024 hasta la fecha
de entrada en vigor del presente convenio.
Igualmente, se deberá abonar el interés de demora aplicable a los citados reintegros,
que será en todo caso el que resulte de las disposiciones de carácter general
reguladoras del gasto público y de la actividad económico-financiera del sector público.
Asimismo, se considerará como fecha de finalización del cómputo del plazo para el
cálculo de los intereses la correspondiente a la fecha en que el presente convenio
despliegue su plena eficacia de conformidad con lo previsto en el artículo 48.8 de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre.
De surgir alguna discrepancia en este punto, serán resueltas, en su caso, en el seno
de la comisión de seguimiento, vigilancia y control de ejecución del convenio.
En prueba de conformidad, y previa fiscalización favorable de las Intervenciones
Delegadas competentes, firman este convenio en el lugar y fecha indicados en el pie de
firma, tomándose como fecha de formalización del presente documento la fecha del
último firmante.–Por el Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo, la Directora
del INSST, Aitana Clara Garí Pérez.–Por la Comunidad Autónoma de Andalucía, la
Consejera de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo, Rocío Blanco Eguren.
ANEXO I
Superficies del inmueble compartido objeto del convenio: Coeficientes para el
reparto de gastos comunes
La superficie total del edificio situado en la calle Carabela La Niña número 16
(Anteriormente Autopista San Pablo s/n) de Sevilla objeto de este convenio consta de un
total de 15.158,00 m2 construidos según consta en el Catastro con la
referencia 9042001TG3494S0001QY.
De acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 4121/1982, la superficie cedida
para uso exclusivo de la Junta de Andalucía corresponde a 2.481,84 m2 y la superficie de
uso compartido entre ambas entidades 1.256,60 m2.
cve: BOE-A-2024-26054
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 300
Viernes 13 de diciembre de 2024
Sec. III. Pág. 171574
adicionales de mutuo acuerdo, si bien podrá ser denunciado en cualquier momento antes
de su finalización por cualquiera de las Entidades que lo suscriben.
Decimotercera. Acuerdo de liquidación de las actuaciones en curso de ejecución desde
enero de 2022 hasta la fecha de entrada en vigor del presente convenio.
De conformidad con los establecido en el artículo 52.3 de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, las partes acuerdan la liquidación de las actuaciones en curso de ejecución del
convenio suscrito por los firmantes en fecha 29 de septiembre de 1983, a fin de dar
cumplimiento a lo dispuesto en el apartado B) 3.º, del anexo I del Real Decreto 4121/1982,
de 29 de diciembre, sobre traspaso de funciones y servicios de la AGE a la Junta de
Andalucía en materia de Centros provinciales de Seguridad e Higiene en el Trabajo (Orden
de 3 de octubre de 1983, BOJA núm. 85, de 25 de octubre de 1983).
A estos efectos, la Junta de Andalucía deberá satisfacer al INSST las obligaciones
económicas pendientes de pago, de conformidad con los coeficientes para la distribución
de gastos comunes previstos en el anexo II, que ascienden, a fecha 30 de junio de 2024,
al importe de 320.401,03 euros según se detalla en el anexo III, que derivan de dicho
convenio suscrito el 29 de septiembre de 1983 en el plazo de tres meses desde la fecha
en que el presente convenio adquiera eficacia jurídica. A esta cantidad habrá que añadir
el importe de actuaciones en curso de ejecución desde 1 de julio de 2024 hasta la fecha
de entrada en vigor del presente convenio.
Igualmente, se deberá abonar el interés de demora aplicable a los citados reintegros,
que será en todo caso el que resulte de las disposiciones de carácter general
reguladoras del gasto público y de la actividad económico-financiera del sector público.
Asimismo, se considerará como fecha de finalización del cómputo del plazo para el
cálculo de los intereses la correspondiente a la fecha en que el presente convenio
despliegue su plena eficacia de conformidad con lo previsto en el artículo 48.8 de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre.
De surgir alguna discrepancia en este punto, serán resueltas, en su caso, en el seno
de la comisión de seguimiento, vigilancia y control de ejecución del convenio.
En prueba de conformidad, y previa fiscalización favorable de las Intervenciones
Delegadas competentes, firman este convenio en el lugar y fecha indicados en el pie de
firma, tomándose como fecha de formalización del presente documento la fecha del
último firmante.–Por el Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo, la Directora
del INSST, Aitana Clara Garí Pérez.–Por la Comunidad Autónoma de Andalucía, la
Consejera de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo, Rocío Blanco Eguren.
ANEXO I
Superficies del inmueble compartido objeto del convenio: Coeficientes para el
reparto de gastos comunes
La superficie total del edificio situado en la calle Carabela La Niña número 16
(Anteriormente Autopista San Pablo s/n) de Sevilla objeto de este convenio consta de un
total de 15.158,00 m2 construidos según consta en el Catastro con la
referencia 9042001TG3494S0001QY.
De acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 4121/1982, la superficie cedida
para uso exclusivo de la Junta de Andalucía corresponde a 2.481,84 m2 y la superficie de
uso compartido entre ambas entidades 1.256,60 m2.
cve: BOE-A-2024-26054
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 300