Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2024-26047)
Resolución de 27 de noviembre de 2024, del Instituto Geográfico Nacional, por la que se publica el Convenio con la Diputación Provincial de Badajoz, para la realización de la exposición «Los mapas y la primera vuelta al mundo. La expedición de Magallanes y Elcano», en el Centro de Estudios Extremeños.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 300
Viernes 13 de diciembre de 2024
Cuarta.
Sec. III. Pág. 170523
Régimen económico.
Las actuaciones previstas en este convenio no constituyen prestaciones recíprocas,
por lo que no darán lugar a contraprestación económica alguna entre las partes
firmantes. Cada parte afrontará sus respectivos gastos relativos a las actividades cuyo
compromiso asumen, otorgándoles el carácter de aportaciones para el buen logro de la
finalidad que comparten, esto es, la celebración óptima de la exposición.
Por parte de la Diputación Provincial de Badajoz/CEEx, los gastos estimados
suponen un total de 670 euros, correspondientes a los gastos alojamiento con cargo a la
aplicación presupuestaria 171/22799/93300 del Servicio de Gestión Contractual de la
Diputación Provincial de Badajoz.
Por parte de IGN, los gastos estimados suponen un total de 900 euros, que se
asumen con los recursos propios del Instituto, correspondientes a los gastos de su
personal dedicado a las actuaciones recogidas en este convenio que se abonan con
cargo al capítulo I de gastos del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible
incluyendo charlas de ponentes expertos, y el uso de los medios empleados para la
reproducción de las obras cartográficas a exponer, cuyo coste se asumirá con el material
de impresión que el IGN adquiere para sus trabajos con cargo a la aplicación
presupuestaria 1718495A221.
Quinta.
Publicidad y difusión.
El diseño del material de divulgación correrá a cargo del IGN y sus contenidos
corresponderán a los publicados anteriormente para la exposición matriz, con las
adaptaciones necesarias a la nueva sede en cuanto a la dirección, horarios de apertura e
información de contacto local, en su caso.
Los logotipos oficiales de las dos instituciones aparecerán en todos los materiales,
así como los de otros organismos e instituciones que participen en la adición de
contenidos, tanto impresos como digitales, que se elaboren para la promoción y
divulgación de la exposición, siendo necesaria la conformidad de las instituciones
respecto a la presentación de su imagen institucional (invitaciones, carteles, programas
de mano, folletos, web, etc.).
El uso no autorizado o para un fin distinto al convenido de cualquier signo distintivo
protegido por los derechos de propiedad intelectual o industrial de las partes facultará a
la otra para instar la resolución del presente convenio, sin perjuicio de la correspondiente
indemnización por daños y perjuicios a que hubiere lugar.
Tanto en el folleto como en los soportes gráficos, notas de prensa y en las páginas
web del IGN, de la Diputación de Badajoz y de cualquier otra entidad en la que figure
divulgada la exposición, aparecerá el texto: Exposición organizada por el Instituto
Geográfico Nacional y la Diputación Provincial de Badajoz/CEEx.
Sexta. Transparencia.
El presente convenio podrá ser puesto a disposición de los ciudadanos en el Portal
de Transparencia, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 8.1.b) de la Ley 19/2013,
de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno.
Se creará una Comisión Mixta de Seguimiento de carácter paritario formada por dos
representantes designados por el IGN y dos representantes designados por la
Diputación de Badajoz. Sus integrantes serán:
Por parte del IGN:
– La persona que ocupe la Secretaría General del IGN.
cve: BOE-A-2024-26047
Verificable en https://www.boe.es
Séptima. Comisión de Seguimiento.
Núm. 300
Viernes 13 de diciembre de 2024
Cuarta.
Sec. III. Pág. 170523
Régimen económico.
Las actuaciones previstas en este convenio no constituyen prestaciones recíprocas,
por lo que no darán lugar a contraprestación económica alguna entre las partes
firmantes. Cada parte afrontará sus respectivos gastos relativos a las actividades cuyo
compromiso asumen, otorgándoles el carácter de aportaciones para el buen logro de la
finalidad que comparten, esto es, la celebración óptima de la exposición.
Por parte de la Diputación Provincial de Badajoz/CEEx, los gastos estimados
suponen un total de 670 euros, correspondientes a los gastos alojamiento con cargo a la
aplicación presupuestaria 171/22799/93300 del Servicio de Gestión Contractual de la
Diputación Provincial de Badajoz.
Por parte de IGN, los gastos estimados suponen un total de 900 euros, que se
asumen con los recursos propios del Instituto, correspondientes a los gastos de su
personal dedicado a las actuaciones recogidas en este convenio que se abonan con
cargo al capítulo I de gastos del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible
incluyendo charlas de ponentes expertos, y el uso de los medios empleados para la
reproducción de las obras cartográficas a exponer, cuyo coste se asumirá con el material
de impresión que el IGN adquiere para sus trabajos con cargo a la aplicación
presupuestaria 1718495A221.
Quinta.
Publicidad y difusión.
El diseño del material de divulgación correrá a cargo del IGN y sus contenidos
corresponderán a los publicados anteriormente para la exposición matriz, con las
adaptaciones necesarias a la nueva sede en cuanto a la dirección, horarios de apertura e
información de contacto local, en su caso.
Los logotipos oficiales de las dos instituciones aparecerán en todos los materiales,
así como los de otros organismos e instituciones que participen en la adición de
contenidos, tanto impresos como digitales, que se elaboren para la promoción y
divulgación de la exposición, siendo necesaria la conformidad de las instituciones
respecto a la presentación de su imagen institucional (invitaciones, carteles, programas
de mano, folletos, web, etc.).
El uso no autorizado o para un fin distinto al convenido de cualquier signo distintivo
protegido por los derechos de propiedad intelectual o industrial de las partes facultará a
la otra para instar la resolución del presente convenio, sin perjuicio de la correspondiente
indemnización por daños y perjuicios a que hubiere lugar.
Tanto en el folleto como en los soportes gráficos, notas de prensa y en las páginas
web del IGN, de la Diputación de Badajoz y de cualquier otra entidad en la que figure
divulgada la exposición, aparecerá el texto: Exposición organizada por el Instituto
Geográfico Nacional y la Diputación Provincial de Badajoz/CEEx.
Sexta. Transparencia.
El presente convenio podrá ser puesto a disposición de los ciudadanos en el Portal
de Transparencia, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 8.1.b) de la Ley 19/2013,
de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno.
Se creará una Comisión Mixta de Seguimiento de carácter paritario formada por dos
representantes designados por el IGN y dos representantes designados por la
Diputación de Badajoz. Sus integrantes serán:
Por parte del IGN:
– La persona que ocupe la Secretaría General del IGN.
cve: BOE-A-2024-26047
Verificable en https://www.boe.es
Séptima. Comisión de Seguimiento.