Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación. III. Otras disposiciones. Comunitat Valenciana. Convenio. (BOE-A-2024-26056)
Resolución de 10 de diciembre de 2024, de la Dirección General de Producciones y Mercados Agrarios, por la que se publica el Convenio de encomienda de gestión al Instituto Valenciano de Investigaciones Agrarias, para la realización de los trabajos relacionados con los exámenes técnicos de identificación varietal de cítricos y frutales de diversas especies necesarios para el registro de variedades vegetales.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 13 de diciembre de 2024
Sec. III. Pág. 171592
descripciones generadas, será empleada por la OEVV en el control de la identidad
varietal del material de reproducción comercializado en el mercado español.
11. Examen de la variedad: las observaciones de la variedad, toma de datos de los
caracteres, niveles de expresión y metodología se realizarán de acuerdo con el protocolo
técnico aprobado por la OCVV, en ausencia de éste por las recomendaciones técnicas
(«TG») de la Unión Internacional para la Protección de las Obtenciones Vegetales
(UPOV), o en su defecto, por el protocolo aprobado por la OEVV.
Cualquier incidencia que afecte o impida la toma de datos o la realización del
examen técnico se comunicará de inmediato a la OEVV.
12. Remisión del Informe de ejercicio: el centro de ensayos remitirá a la OEVV un
«Informe de ejercicio», que comprenderá la siguiente información:
12.1 Informe de la situación de los trabajos realizados. Se denominará «Informe de
situación» y contendrá, al menos, los siguientes datos:
– Centro de ensayos.
– Especie.
– Informe de situación del ejercicio.
● Variedad.
● N.º de referencia de la solicitud.
● Solicitante.
● Fecha plantación en parcela examen.
● Incidencias y Observaciones en la parcela de examen.
● Ejercicios en los que se han realizado observaciones morfológicas, con
enumeración de los caracteres del protocolo observados.
● Fecha prevista de finalización del examen.
12.2 Informe provisional de todas las variedades estudiadas y a las que no
corresponda el «Informe final DHE». Este «Informe provisional» se ajustará al modelo
oficial fijado por la OEVV, bilingüe, en inglés y español. Además, contendrá la siguiente
información: desarrollo del ensayo, incidencias acaecidas y posibles retrasos en la
entrega del informe final.
12.3 Informe final del examen técnico de distinción, homogeneidad y estabilidad,
que se denominará «Informe final DHE», de las variedades que han finalizado su período
de observaciones, de acuerdo con el modelo oficial fijado por la OEVV, bilingüe, en
inglés y español.
En caso de que el examen técnico concluya con resultado positivo, el centro de
ensayos emitirá un informe final que constará de tres elementos:
– Informe DHE: en el que el responsable del ensayo certificará que la variedad es
distinta, homogénea y estable. Se realizará de acuerdo con el modelo que corresponda:
OCVV, UPOV u OEVV.
– Descripción de la variedad: el responsable del ensayo utilizará la lista de
caracteres del protocolo técnico empleado en la realización del ensayo, describiendo con
una sola «nota» cada uno de los caracteres del protocolo.
El listado de caracteres vendrá acompañado de fotografías representativas de la
variedad, al menos de: fruto entero en tres posiciones, fruto seccionado, hueso y semilla
y hojas. Las fotografías tendrán formato y fondo homogéneos, y serán seleccionados de
acuerdo con la OEVV. En cada fotografía del fruto figurará una escala de medida y el
nombre de la variedad.
– Informe de variedades similares: se reflejarán en un cuadro las diferencias más
importantes entre los caracteres de la variedad candidata y la más próxima o las más
próximas.
En caso de que el examen técnico concluya con resultado negativo, el responsable
de los ensayos describirá en el INFORME DHE qué requisitos no se han cumplido.
cve: BOE-A-2024-26056
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 300
Viernes 13 de diciembre de 2024
Sec. III. Pág. 171592
descripciones generadas, será empleada por la OEVV en el control de la identidad
varietal del material de reproducción comercializado en el mercado español.
11. Examen de la variedad: las observaciones de la variedad, toma de datos de los
caracteres, niveles de expresión y metodología se realizarán de acuerdo con el protocolo
técnico aprobado por la OCVV, en ausencia de éste por las recomendaciones técnicas
(«TG») de la Unión Internacional para la Protección de las Obtenciones Vegetales
(UPOV), o en su defecto, por el protocolo aprobado por la OEVV.
Cualquier incidencia que afecte o impida la toma de datos o la realización del
examen técnico se comunicará de inmediato a la OEVV.
12. Remisión del Informe de ejercicio: el centro de ensayos remitirá a la OEVV un
«Informe de ejercicio», que comprenderá la siguiente información:
12.1 Informe de la situación de los trabajos realizados. Se denominará «Informe de
situación» y contendrá, al menos, los siguientes datos:
– Centro de ensayos.
– Especie.
– Informe de situación del ejercicio.
● Variedad.
● N.º de referencia de la solicitud.
● Solicitante.
● Fecha plantación en parcela examen.
● Incidencias y Observaciones en la parcela de examen.
● Ejercicios en los que se han realizado observaciones morfológicas, con
enumeración de los caracteres del protocolo observados.
● Fecha prevista de finalización del examen.
12.2 Informe provisional de todas las variedades estudiadas y a las que no
corresponda el «Informe final DHE». Este «Informe provisional» se ajustará al modelo
oficial fijado por la OEVV, bilingüe, en inglés y español. Además, contendrá la siguiente
información: desarrollo del ensayo, incidencias acaecidas y posibles retrasos en la
entrega del informe final.
12.3 Informe final del examen técnico de distinción, homogeneidad y estabilidad,
que se denominará «Informe final DHE», de las variedades que han finalizado su período
de observaciones, de acuerdo con el modelo oficial fijado por la OEVV, bilingüe, en
inglés y español.
En caso de que el examen técnico concluya con resultado positivo, el centro de
ensayos emitirá un informe final que constará de tres elementos:
– Informe DHE: en el que el responsable del ensayo certificará que la variedad es
distinta, homogénea y estable. Se realizará de acuerdo con el modelo que corresponda:
OCVV, UPOV u OEVV.
– Descripción de la variedad: el responsable del ensayo utilizará la lista de
caracteres del protocolo técnico empleado en la realización del ensayo, describiendo con
una sola «nota» cada uno de los caracteres del protocolo.
El listado de caracteres vendrá acompañado de fotografías representativas de la
variedad, al menos de: fruto entero en tres posiciones, fruto seccionado, hueso y semilla
y hojas. Las fotografías tendrán formato y fondo homogéneos, y serán seleccionados de
acuerdo con la OEVV. En cada fotografía del fruto figurará una escala de medida y el
nombre de la variedad.
– Informe de variedades similares: se reflejarán en un cuadro las diferencias más
importantes entre los caracteres de la variedad candidata y la más próxima o las más
próximas.
En caso de que el examen técnico concluya con resultado negativo, el responsable
de los ensayos describirá en el INFORME DHE qué requisitos no se han cumplido.
cve: BOE-A-2024-26056
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Núm. 300